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2019 | |
CE SIV E 24286 de 2019 - Suspensión provisional de la expresión "ni a las cajas de compensación señaladas en el artículo 19-2 del Estatuto Tributario", contenida en el artículo 1.2.1.5.4.9 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, sustituido por el artículo 2 del Decreto Reglamentario 2150 de 20171, expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Norma que impedía que las Cajas de Compensación Familiar fueran exoneradas de realizar aportes a favor del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA). Para la Sala, la disposición demandada, al reglamentar el artículo 114-1 del ET, desatendió que el parágrafo segundo de dicha norma, resulta aplicable, únicamente, para las entidades que pertenecen al RTE, dentro de las cuales no se encuentran las cajas de compensación familiar, así que incluirlas en el artículo demandado excede la potestad reglamentaria del artículo 189.11 Constitucional | |
CE SIV E 23364 de 2019 - Contratistas independientes en aportes parafiscales al SENA. En reiterada Jurisprudencia la Sala ha sostenido que, conforme con lo dispuesto en la Ley 21 de 1982 (artículos 7, 11, 12 y 17), dentro de los sujetos obligados a efectuar aportes al SENA, se hallan los empleadores privados que ocupen por lo menos uno o más trabajadores permanentes, lo cual implica un deber que surge del vínculo laboral entre el empleador y el trabajador. La Sección ha entendido que el artículo 34 del CST establece que los contratistas independientes son verdaderos empleadores, y no representantes ni intermediarios de las personas naturales o jurídicas que contraten la ejecución de una o varias obras, por un precio determinado. Y que, si bien esa disposición establece a cargo del dueño de la obra y - o contratante una responsabilidad solidaria con el contratista, lo es únicamente con relación a los salarios, prestaciones e indemnizaciones a que tengan derecho los trabajadores, pero no está consagrada igual responsabilidad en relación con los aportes parafiscales, como son los que corresponden al SENA |