Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Buscar:

Búsqueda avanzada
RIESGOS LABORALES
CORTE CONSTITUCIONAL
REVISIÓN DE TUTELA
2017
Corte Constitucional, S. T- 417 de 2017 - ¿Una ARL vulnera los derechos fundamentales de un afiliado que padece una enfermedad laboral, cuando niega cubrir los riesgos laborales del peticionario, con fundamento en que el reclamante se encontraba inscrito a otra administradora de riesgos laborales para el momento en que inició el proceso de valoración médica? El servicio asistencial en salud no puede ser interrumpido por confusiones de tipo administrativo o por negligencia de las entidades que desempeñan funciones en este sector. Las administradoras de riesgos profesionales cuentan con un régimen legal que les permite superar las dificultades relacionadas con aspectos de competencia, cobertura, funciones y demás elementos que hacen parte de la ejecución de este servicio. Así, no es posible que dichas compañías obstruyan el acceso a tratamientos y medicamentos que son indispensables para conservar la vida digna de las personas, menos aún, por circunstancias relacionadas con trámites, procedimientos internos o incertidumbre respecto a la competencia. En materia de enfermedades de origen laboral, corresponde a la administradora de riesgos profesionales a la cual estaba afiliado el trabajador en el momento de solicitar atención médica, asumir la obligación de prestar al paciente el tratamiento requerido, de conformidad con lo establecido en la Ley 776 de 2002
logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 1 de abril de 2022 - (Diario Oficial No. 51978 - 16 de marzo de 2022)
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la
compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores
jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones
similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación,
reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por
la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la
competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de
los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono
617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas
de uso de la información aquí contenida.