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2015 | |
CE SCSC C 2275 de 2015 - Actualización del Registro Público de Carrera Administrativa. Los actos administrativos expedidos por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante los cuales decide o no actualizar el Registro Público de Carrera Administrativa, no son actos de trámite sino actos definitivos, constitutivos de los derechos de carrera de los funcionarios respecto de los empleos sobre los cuales se solicita su actualización. La actualización de la inscripción en el registro público de carrera administrativa se presenta cuando el empleado inscrito en carrera administrativa cambia de empleo por ascenso, traslado, incorporación o reincorporación, y el artículo 2.2.7.4 del Decreto 1083 de 2015, establece el derecho para dicho empleado cuando utiliza la expresión "se le deberá actualizar su inscripción" en el mencionado Registro, aunque es necesario señalar que la solicitud la debe presentar únicamente el Jefe de la Unidad de Personal o quien haga sus veces, con la documentación pertinente |