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2010 | |
Corte Constitucional, S. C- 182 de 2010 - Cooperativas de trabajo asociado están obligadas al pago de las contribuciones a la seguridad social, Sena, ICBF y cajas de compensación familiar. Ley 1233 de 2008, "Por medio de la cual se precisan los elementos estructurales de las contribuciones a la seguridad social, se crean las contribuciones especiales a cargo de las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado, con destino al Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, y a las Cajas de Compensación Familiar, se fortalece el control concurrente y se dictan otras disposiciones". Debió esta ley ser tramitada como ley estatutaria? ¿Los criterios para establecer la base de cotización vulneran el principio de progresividad de los derechos sociales y la garantía prima facie de no regresividad de los mismos (Art. 6)? ¿Puede considerarse que éstas contribuciones parafiscales no redundan en beneficio para "el gremio de las cooperativas especializadas"y por ende desconocen el artículo 338 superior (Arts. 1, 2 y 5)? Ley exequible por el cargo demandado. Arts. 1, 2, 5 y 6 : Exequibles |