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DESARROLLO EMPRESARIAL, PROGRAMAS PARA JÓVENES
CORTE CONSTITUCIONAL
CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD
2017
Corte Constitucional, S. C- 115 de 2017 - Consideran las actoras que limitar las medidas de fomento destinadas a la creación de empresa por parte de jóvenes técnicos por competencias laborales, técnicos profesionales, tecnólogos o profesionales, a la población menor de 28 años que reúna dichas condiciones, contraría disposiciones constitucionales y del bloque de constitucionalidad que propenden por la prosperidad general. Indican igualmente que resulta violatorio de los derechos a la igualdad y al trabajo y al principio de progresividad. Concluye la Corte que la focalización de los programas de desarrollo empresarial para jóvenes menores de 28 años constituye una medida razonable que tiene finalidades constitucionalmente legítimas y un instrumento idóneo y adecuado para su consecución. EXEQUIBLE. Formalización y generación de empleo. Diseño y promoción de programas de microcrédito y crédito orientados a empresas del sector rural y urbano creadas por jóvenes menores de 28 años. (artículo 3, literal a (parcial) de la ley 1429 de 2010)
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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 3 de noviembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.550 - 16 de octubre de 2023)
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