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PROCESO ORDINARIO LABORAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
2018
Corte Suprema de Justicia, S. CL 4340 de 2018 - La gratuidad contemplada en el artículo 39 del C. P. está referido exclusivamente a los conceptos allí enunciados y no a ningún otro. Esta sala de la Corte ha precisado que a pesar de que los despachos judiciales son los encargados de adelantar el proceso ordinario laboral de manera eficaz y que, en términos generales, en el interior del mismo todas las actuaciones están sometidas al principio de gratuidad, las partes tienen ciertas cargas procesales que redundan en su propio beneficio, como es el caso de la notificación del auto admisorio de la demanda. Si bien es cierto que a la administración de justicia laboral compete adelantar de manera diligente y oportuna el proceso, para de esa forma hacer cierta la finalidad de pronta y cumplida justicia, ejerciendo para ello el poder - deber de dirigirlo, velar por su rápida solución, adoptar las medidas conducentes para impedir su paralización procurando la mayor economía procesal, a través de lo que es dado en llamarse 'oficiosidad procesal'; y que es regla procesal del derecho laboral la de la gratuidad de los actos procedimentales a que se refiere el artículo 39 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, también lo es que a las partes del proceso compete asumir ciertas cargas procesales, cuando quiera que sus resultados sólo obran en su propio beneficio o perjudican únicamente a quien elude asumirlas. La Corte recordó que la gratuidad contemplada en el artículo 39 del C. P. del T. y de la S.S. está referido exclusivamente a los conceptos allí enunciados y no a ningún otro. En consecuencia, no abarca el supuesto de los gastos de notificación, los cuales deben ser sufragados por los interesados, por cuanto ellos no están mencionados en la citada norma legal, ni caben dentro del concepto "derechos de secretaría", pues tal expresión tiene que ver con actividades realizadas directamente por dicho funcionario y la de notificación no encaja allí
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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 15 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.588 - 23 de noviembre de 2023)
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