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SERVICIO MILITAR, OBJECIÓN DE CONCIENCIA | ||||
CORTE CONSTITUCIONAL | ||||
SENTENCIAS DE CONSTITUCIONALIDAD | ||||
2020 | ||||
Corte Constitucional, S. C- 84 de 2020 - Los ciudadanos -no bachilleres- incorporados al servicio militar por un período de dieciocho (18) meses, podrán solicitar el cambio a los contingentes incorporados para un término de servicio militar de doce (12) meses\ INEXEQUIBLE la expresión "no" contenida en el Par. 4o. del artículo13 de la Ley 1861 de 2017 "por la cual se reglamenta el servicio de reclutamiento, control de reservas y movilización"\ La regla general de duración del servicio militar de 18 meses y la excepción para los bachilleres de prestarlo por 12 meses son constitucionales. \La posibilidad que tienen los conscriptos bachilleres para solicitar el cambio a contingentes incorporados por un término de 18 meses, también es constitucional. \La limitación para que los conscriptos incorporados por 18 meses cambien a contingentes que prestan el servicio por 12 meses es desproporcionada. Desconoce el derecho a la igualdad en el ejercicio de la libertad para escoger la modalidad de formación educativa o de no educarse formalmente | ||||
REVISIÓN DE TUTELA | ||||
2014 | ||||
Corte Constitucional, S. T- 314 de 2014 - ¿El Ejército Nacional para la prestación del servicio militar obligatorio, pese a su manifestación de objeción de conciencia para participar en actividades relacionadas con la disciplina militar, vulnera sus derechos a la libertad de conciencia previsto en el artículo 18 y a la libertad de cultos y de religión contenidos en el artículo 19 de la Constitución? |