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2009
Corte Constitucional, S. C- 855 de 2009 - ¿Vulnera el derecho de igualdad de las cooperativas de trabajo asociado, brindar tratamiento tributario igualitario a empresas de naturaleza diferenciada, al imponer el mismo régimen de contribución parafiscal propio de las empresas comerciales? y ¿si dado que las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado tienen el carácter de organizaciones solidarias, la imposición de esa contribución por el legislador, desconoce la obligación del Estado de fortalecer ese tipo de organizaciones?. El proceso de creciente dignificación al que apuntan las normas demandadas, en favor de los trabajadores asociados a las Cooperativas de Trabajo Asociado y sus familias, es en sí mismo una medida legislativa tendiente al fortalecimiento del sector solidario, como lo manda la Constitución. Y la posibilidad que se les brinda a estos trabajadores asociados de disfrutar de los beneficios y programas que se financian con las contribuciones especiales creadas en la ley, de los cuales estaban injustificadamente marginados, propende por un sector cooperativo más consolidado, formal y solidario. Ley 1233 de 2008, "por medio de la cual se precisan los elementos estructurales de las contribuciones a la seguridad social, se crean las contribuciones especiales a cargo de las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado, con destino al Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, y a las Cajas de Compensación Familiar, se fortalece el control concurrente y se dictan otras disposiciones"; Arts. 1, 2 y 5 (parcial).
Corte Constitucional, S. C- 307 de 2009 - ¿Las normas impugnadas, mediante las cuales se impone al SENA celebrar convenios con COLCIENCIAS para promover y fomentar la investigación aplicada, la innovación, el desarrollo tecnológico, la apropiación pública de la ciencia, la tecnología y en general, la construcción de capacidades regionales de ciencia, tecnología e innovación, destinando para ello parte de los recursos correspondientes a los aportes sobre las nóminas que recibe el SENA, son acordes con lo establecido en la Constitución Política respecto de los principios de singularidad y especificidad de las contribuciones parafiscales? Naturaleza parafiscal de los aportes al SENA. El nexo que debe existir entre el objeto al que se destinan los aportes parafiscales y el sector socio económico aportante, en virtud de los principios de singularidad y especificidad, no se pierde cuando el SENA ejecuta una parte de los recursos a través de COLCIENCIAS, siempre y cuando el SENA mantenga la capacidad de establecer el objeto específico al cual se deben destinar los recursos, objeto que debe coincidir con lo señalado en las normas acusadas, así como, la destinación específica para la cual fue creada la contribución. Ley 812 de 2003, "por la cual se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2003-2006, hacia un Estado comunitario"; Art. 75 : Exequible. Ley 1169 de 2007, "por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2008"; Art. 51 : Exequible
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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 1 de abril de 2022 - (Diario Oficial No. 51978 - 16 de marzo de 2022)
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