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RESOLUCIÓN 452 DE 2014

(marzo 10)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

<NOTA DE VIGENCIA : Resolución derogada por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018>

"Por la cual se adopta la Política de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz "Vive el SENA” del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.”

Resumen de Notas de Vigencia
Doctrina Concordante

LA DIRECTORA GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA,

En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el artículo 4o - numeral 10 del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el artículo 67 de la Constitución Política, la educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura. En concordancia con los artículos 45 y 52 de la Carta Constitucional, la formación profesional integral debe comprender, además, la práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre para el mejoramiento cultural, científico y tecnológico así como para la protección del medio ambiente, garantizando la participación activa de los jóvenes.

Que el artículo 2 de la Ley 119 de 1994 establece que el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA tiene la misión de ofrecer y ejecutar la formación profesional integral para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas, que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país.

Que el Decreto 249 de 2004 en el artículo 4, le atribuyó al Despacho de la Dirección General, la facultad de “4. Dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes (...) 10. Adoptar el Plan Nacional de Bienestar de los Alumnos del SENA".

Que el artículo 27 del Decreto 249 de 2004 establece las funciones de las subdirecciones de los Centros de Formación Profesional Integral, señalando entre otras “19. Dirigir la implementación del programa integral de bienestar de los alumnos del centro”.

Que la Ley 1622 de 2013 “Por medio de la cual se expide el estatuto de ciudadanía juvenil y se dictan otras disposiciones", establece el marco normativo para formular la Política de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz "Vive el SENA” en términos de política para juventud que propicie la promoción y ejecución de acciones tendientes a la creación de ambientes educativos que faciliten el desarrollo del potencial individual y colectivo de los aprendices generando bienestar en su entorno.

Que el estatuto de Formación Profesional del SENA, adoptado por el Consejo Directivo Nacional del SENA mediante Acuerdo No. 008 de 1997, define la formación profesional integral como un proceso educativo teórico-práctico de carácter integral, orientado al desarrollo de conocimientos técnicos, tecnológicos, de actitudes y valores para la convivencia social, que le permitan a la persona actuar crítica y creativamente en el mundo del trabajo y de la vida.

Que el numeral 3.4.2. del mismo estatuto determina que "El ambiente educativo es el resultado de las interacciones que se dan dentro del proceso de formación, vincula lo tecnológico con lo pedagógico, en donde son componentes fundamentales: la información, los procesos comunicativos, el espacio físico, el equipamiento y la dinámica sociocultural,[...] debe contribuir al desarrollo de las potencialidades individuales necesarias para construir proyectos de vida personales y sociales // las interacciones sociales que configuran el ambiente educativo, generan procesos formativos, conjugan comportamientos, actitudes y valores entre la comunidad educativa. // El ambiente educativo considera el bienestar institucional, como condición determinante para el desarrollo eficiente y la calidad de la formación profesional…”

Que la Formación Profesional Integral debe contar con una estructura normativa y una Política de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz que propicien la promoción y ejecución de acciones tendientes a la creación de ambientes educativos que faciliten el desarrollo del potencial individual y colectivo de los aprendices generando bienestar en su entorno.

Que a través de la Resolución No 1282 de 2013 se modificó el nombre del grupo Interno de trabajo denominado "Bienestar e integralidad de la formación y servicios pastorales" por "Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz” en la Dirección de Formación Profesional.

Que a través de la Resolución No. 2406 del 30 de diciembre de 2013, se reorganizan y se establecen las funciones de los Grupos de trabajo de la Dirección de Formación Profesional del SENA, entre ellos el denominado “Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz".

Que se hace necesario adoptar una Política de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz, con el fin de que los Subdirectores de los Centros de Formación continúen dirigiendo adecuadamente la implementación anual del programa de Bienestar a los Aprendices, dando cumplimiento a lo ordenado en el artículo 27 numeral 19 del Decreto 249 de 2004 y así derogar la Resolución 655 de 2005.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018> Adoptar la Política de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz “Vive el SENA" de conformidad con lo señalado en esta resolución.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 2o. DEL BIENESTAR DEL APRENDIZ. <Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018> Conjunto de condiciones y posibilidades que permiten potenciar y maximizar los conocimientos y las competencias que se desarrollan en el proceso de formación y en la participación como miembro de la comunidad educativa del SENA. Así mismo, es el marco referencial en el que se fundamenta el fortalecimiento de las dimensiones psicológicas, físicas y sociales del aprendiz, además de actitudes y aptitudes que apuntan al desarrollo humano y a la formación integral de los aprendices. El Bienestar del Aprendiz es fundamental en los programas de formación profesional integral ofrecidos por el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, que compromete a la institución y a los Subdirectores de Centro como responsables de la implementación y ejecución de la Política de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz.

Notas de Vigencia
Concordancias

ARTÍCULO 3o. FOMENTO DEL BIENESTAR Y LIDERAZGO DEL APRENDIZ.<Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018> Fomentar el bienestar y el liderazgo del aprendiz es una prioridad para el SENA que propende por su desarrollo integral en las dimensiones psicológicas, físicas y sociales, enfocadas al crecimiento personal.

Notas de Vigencia
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ARTÍCULO 4o. DE LA POLÍTICA. <Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018. Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 1921 de 2015. El nuevo texto es el siguiente:> La Política de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz "Vive el SENA" del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA la constituyen un grupo de contenidos que fortalecen el perfil de aprendices de manera integral, son las directrices generales que se implementarán anualmente por medio del Plan de Acción de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz en cada Centro de Formación Profesional. Se adopta mediante el documento anexo, que forma parte integral de esta Resolución. Aplica a todas las personas matriculadas en los programas de formación titulada del SENA, en sus diferentes modalidades y también a las personas matriculadas en programas de formación complementaria, en el marco del Decreto 1770 de 2015.

Notas de Vigencia
Legislación Anterior
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ARTÍCULO 5o. PRINCIPIOS. <Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018> Los principios que orientan la Política de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz "Vive el SENA” del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, son:

- Integralidad: Conjugar acciones diversas para el desarrollo humano con el proceso de formación de competencias específicas con el fin de lograr un equilibrio en la formación del aprendiz.

- Enfoque Diferencial: Corresponder a las necesidades particulares de los diferentes tipos de población, regiones y perfiles de aprendices.

- Equidad: Garantizar la equidad de género e igualdad en el acceso a cualquier tipo de población a las distintas oportunidades que los Centros de Formación ofrecen, con el fin de promover la inclusión.

- Intervención basada en resultados: Monitorear a través de indicadores que den cuenta de los impactos que generan sobre el bienestar y capacidad de liderazgo del aprendiz.

- Igualdad de oportunidades: Promover de manera focalizada la igualdad de condiciones socioeconómicas de los aprendices para que estos puedan permanecer y cumplir con los procesos de formación.

Notas de Vigencia
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ARTÍCULO 6o. OBJETIVO GENERAL DE LA POLÍTICA. <Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018> Fortalecer el perfil de aprendices de manera integral promoviendo el desarrollo humano, la apropiación de competencias socioemocionales que favorezcan el crecimiento personal y el desempeño laboral, la disminución de la deserción de los aprendices y el aumento del nivel de logro educativo de los mismos.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 7o. OBJETIVOS ESPECÍFICOS. <Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018> La Política de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz “Vive el SENA” tiene los siguientes objetivos específicos:

1. Estimular el crecimiento personal del aprendiz por medio del conocimiento de sí mismo y de los demás miembros de la comunidad, propendiendo el reconocimiento de sus fortalezas y debilidades, el desarrollo de habilidades socioemocionales y la definición de metas para la vida.

2. Disminuir la deserción de los programas de formación por medio de la identificación y prevención de factores que aumentan la probabilidad de los aprendices de desertar por causas de rezago escolar, falta de los recursos mínimos para garantizar su proceso de formación y/o desmotivación.

3. Aumentar el nivel de logro educativo de los aprendices promoviendo la valoración de la excelencia académica.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 8o. COMPONENTES ESTRATÉGICOS. <Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018> La Política de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz “Vive el SENA” atiende distintas dimensiones del desarrollo humano de los aprendices a través de los siguientes componentes estratégicos:

1. Salud.

2. Equidad e Igualdad de oportunidades.

3. Competencias Básicas.

4. Habilidades Socioemocionales y/o para la Vida.

5. Cultura.

6. Deporte.

7. Liderazgo.

8. Responsabilidad Social.

9. Convivencia.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 9o. COMPONENTE ESTRATÉGICO DE SALUD. <Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018> Fomenta espacios de promoción de la salud física y mental para el fortalecimiento de hábitos de vida saludables.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 10. COMPONENTE ESTRATÉGICO DE EQUIDAD E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES. <Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018> Promueve estrategias que garanticen la equidad, la no discriminación y el acceso en igualdad de oportunidades.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 11. COMPONENTE ESTRATÉGICO DE COMPETENCIAS BÁSICAS.<Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018> Procura la construcción de estrategias de autogestión del aprendizaje para el incremento del logro educativo.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 12. COMPONENTE ESTRATÉGICO DE HABILIDADES SOCIOEMOCIONALES Y/O PARA FA VIDA. <Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018> Fortalece competencias ciudadanas y habilidades sociales de trabajo en equipo con base en valores de solidaridad, servicio, respeto y autonomía, entre otros.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 13. COMPONENTE ESTRATÉGICO DE CULTURA. <Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018> Fortalece habilidades artísticas para el crecimiento personal, la resolución pacífica de conflictos, el trabajo en equipo y los espacios de sano esparcimiento, desarrollando la creatividad e innovación, valorando la originalidad y fortaleciendo el sentido de pertenencia y pertinencia en la institución.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 14. COMPONENTE ESTRATÉGICO DE DEPORTE. <Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018> Fomenta la práctica del deporte y la actividad física para el desarrollo de hábitos de vida saludables, el adecuado uso del tiempo libre y el desarrollo de habilidades socioemocionales, apoyando al proceso de formación integral.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 15. COMPONENTE ESTRATÉGICO DE LIDERAZGO. <Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018> Fomenta la formación de líderes integrales con sentido de pertenencia hacia la institución que fortalezcan los espacios de representación y participación, como elementos para la construcción de ciudadanos socialmente responsables.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 16. COMPONENTE ESTRATÉGICO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL. <Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018> Fomenta habilidades de liderazgo social que permitan desarrollar el crecimiento personal, la apropiación institucional de la entidad y la solidaridad con las comunidades.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 17. COMPONENTE ESTRATÉGICO DE CONVIVENCIA. <Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018> Fomenta ambientes de convivencia y participación social a través de espacios de reflexión como actores activos en la construcción de una paz duradera y estable, enfocada en la formación profesional integral.

Notas de Vigencia
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ARTÍCULO 18. <Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018> El apoyo a la formación profesional integral relacionado con el bienestar del aprendiz, estará a cargo de un líder y un equipo interdisciplinario para el desarrollo de las diferentes dimensiones. El cual debe estar conformado como mínimo por:

- Líder de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz: Debe velar por la implementación de la Política y el cumplimiento anual del Plan de Acción. No podrá ejercer ningún otro tipo de actividad, su dedicación debe ser exclusiva para este rol.

- Experto en Psicología.

- Experto en Enfermería y/o Administración de Servicios de Salud.

- Experto en el Área Administrativa.

- Experto en Arte, Cultura o afines y/o Licenciatura en ciencias de la Educación.

- Experto en Educación Física.

- Experto en Trabajo Social, Sociología, Antropología o afines.

PARÁGRAFO 1o. Los Centros de Formación que tienen internado o servicios de hospedaje al interior de sus instalaciones, deben garantizar la permanencia de un experto en Enfermería y/o Administración de Servicios de Salud durante las 24 horas.

PARÁGRAFO 2o. La contratación de servicios personales que hagan parte del equipo de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz del Centro de Formación, no podrá exceder el 50% del presupuesto asignado a Bienestar y debe ser realizada previendo la necesidad total de la vigencia a contratar.

Notas de Vigencia
Doctrina Concordante

ARTÍCULO 19. DE LA GESTIÓN Y PROMOCIÓN SOCIOECONÓMICA.<Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018. Artículo modificado por el artículo 2 de la Resolución 1921 de 2015. El nuevo texto es el siguiente:> Propende por el desarrollo de acciones encaminadas a mejorar las condiciones socioeconómicas de los aprendices de formación titulada presencial que presentan condiciones de vulnerabilidad, y de personas en formación complementaria, matriculados en el marco del Decreto 1770 de 2015, con el fin de procurar su permanencia en la entidad durante su proceso formativo y promover la igualdad de oportunidades. De acuerdo con las condiciones de cada Centro de Formación Profesional, sus prioridades, disponibilidad presupuestal y la normatividad vigente, se establecen las siguientes acciones:

a. Apoyos de sostenimiento: Brinda apoyo económico a aprendices de formación titulada con condiciones particulares. Este proceso se desarrolla de acuerdo a la normatividad vigente. El grupo de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz del Centro de Formación es responsable de la convocatoria y selección de los beneficiarios con criterios de equidad y transparencia.

b. FIC Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción: Brinda apoyo para los aprendices de formación titulada y de personas en formación complementaria, matriculados en el marco del Decreto 1770 de 2015, en programas de formación de construcción permitiendo continuar su proceso formativo, con base en la normatividad vigente.

c. Apoyo de Transporte: <Literal modificado por el artículo 1 de la Resolución 1791 de 2014. El nuevo texto es el siguiente:> Brinda apoyo en la movilidad de aprendices de formación titulada presencial en etapa lectiva con condiciones particulares que pueden ser personales o institucionales, las cuales deben ser determinadas y justificadas por el Subdirector del Centro. Igualmente aplica para personas en formación complementaria, matriculados en el marco del Decreto 1770 de 2015.

De igual manera, se ofrecerá la movilidad de aprendices de formación titulada presencial en etapa lectiva y a personas en formación complementaria, matriculados en el marco del Decreto 1770 de 2015, cuando el Centro de Formación se encuentre ubicado fuera del perímetro urbano y para los cuales no existe servicio público de transporte; este apoyo se prestará entre el Centro de Formación y el casco urbano donde se facilite la movilidad del aprendiz a su vivienda.

El Apoyo de transporte se puede prestar con el parque automotor de propiedad del SENA, si el Centro dispone de él, o mediante contrato con terceros. Los Centros de Formación podrán establecer otros medios para atender la necesidad de desplazamiento de los aprendices de acuerdo a la disponibilidad presupuestal lo permite.

Doctrina Concordante

d. Servicio de Alimentación: Este servicio podrá ser prestado a través de contratación externa o en el marco de la política SENA proveedor SENA, debe tener un comité veedor de la calidad del servicio, los precios y el cumplimiento de las normas de calidad para la manipulación de los alimentos, el balance nutricional, y la pertinencia de los horarios de atención. Para ello, la Subdirección del Centro de Formación garantizará la creación y funcionamiento del comité de cafetería en concordancia con la normatividad vigente sobre la materia, el cual deberá estar integrado como mínimo por el Subdirector de Centro o su delegado, un representante de la coordinación administrativa, un representante de equipo de bienestar y los representantes de los aprendices o dos voceros delegados, quienes se reunirán mensualmente. Se brindarán apoyos de alimentación a aprendices de formación titulada en etapa lectiva con condiciones particulares cuando se identifique que requieren este apoyo nutricional, realizando la convocatoria y selección de los aprendices que cumplan con los requisitos del estudio socioeconómico. Igualmente aplica para personas en formación complementaria, matriculados en el marco del Decreto 1770 de 2015.

Doctrina Concordante

e. Servicio de hospedaje o internado: Es una alternativa que contribuye a la culminación exitosa del proceso de formación a través del servicio de alojamiento y/o residencia, propio o por contratación, que incluye la alimentación y la estadía por un tiempo determinado, para aprendices de formación titulada en etapa lectiva que viven en regiones apartadas al Centro de Formación que requieren alojamiento y no cuentan con recursos para su sostenimiento. Debe ser fortalecido y mejorado constantemente por la Subdirección del Centro quien gestionarán su mantenimiento y establecerá alianzas y/o convenios con el sector público o privado para la consecución de recursos dirigidos a atender las necesidades básicas del este servicio. En cada uno de los internados el personal que sea designado para ejercer las labores de Bienestar y Liderazgo del Aprendiz del Centro de Formación gestionará las acciones necesarias y pertinentes para fortalecer la convivencia, la formación integral y todas las acciones que redunden en el desarrollo de habilidades para la vida, para lo cual desarrollarán un reglamento acorde a los lineamientos dados en la normatividad vigente. La convocatoria y selección de beneficiarios de estos servicios se realizará teniendo en cuenta el estudio socioeconómico, el lugar de residencia y la disponibilidad de cupos del mismo. El servicio también podrá prestarse a personas en formación complementaria, matriculados en el marco del Decreto 1770 de 2015.

PARÁGRAFO 1o. Los apoyos de transporte, alimentación y hospedaje que se otorguen a los aprendices por discreción del Centro de Formación no podrán ser bajo ninguna circunstancia en efectivo.

PARÁGRAFO 2o. Los servicios y apoyos se prestarán de acuerdo con las condiciones de cada Centro de Formación, sus prioridades, disponibilidad presupuestal y la normatividad vigente.

PARÁGRAFO 3o. Los internados del SENA deben cumplir los requisitos de funcionamiento definidos por la Dirección de Formación Profesional. Su administración y funcionamiento son responsabilidad de los Subdirectores de Centro.

PARÁGRAFO 4o. El transporte para las giras técnicas no se deberá considerar desde el recurso de Bienestar, ya que corresponde a un apoyo de Formación y no de la gestión y promoción socioeconómica.

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ARTÍCULO 20. DE LOS ESTÍMULOS E INCENTIVOS. <Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018> Corresponden a las distinciones y estímulos previstos en el Reglamento del Aprendiz y dadas las condiciones socioeconómicas de la mayoría de los aprendices del SENA matriculados en programas de formación titulada presencial, es importante gestionar a través de alianzas y convenios, incentivos o estímulos como reconocimiento y exaltación al desempeño académico con resultados de excelencia, cuya asignación esté mediada por un proceso abierto que ofrezca transparencia y seriedad en la selección del beneficiado. Según la normatividad vigente.

PARÁGRAFO 1o. Las monitorias académicas pretenden que los aprendices más aventajados en su desempeño académico puedan servir de apoyo a la formación profesional integral, la cual se regirá por la normatividad vigente.

PARÁGRAFO 2o. Los aprendices podrán ser beneficiarios de un solo estímulo o incentivo durante la vigencia de su proceso de formación.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 21. CARACTERIZACIÓN DE LA POBLACIÓN DE APRENDICES. <Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018> Con el fin de efectuar una planeación acertada de las acciones de bienestar es de carácter obligatorio determinar objetivamente la población de aprendices atendidos por el Centro de Formación con base en las variables de edad, género, nivel y grado de escolaridad, estado civil, información familiar, estrato socioeconómico, poblaciones con prioridad de ingreso, descripción de la vivienda, situación socioeconómica, experiencia laboral, afiliación a régimen contributivo o subsidiado de salud, patrocinio y expectativas de los aprendices. Se orienta desde la Dirección de Formación Profesional y la Coordinación Nacional del Grupo de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 22. PLAN DE ACCIÓN DE FOMENTO DEL BIENESTAR Y LIDERAZGO DEL APRENDIZ. <Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018> Plan anual que desarrolla los componentes de la Política de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz "Vive el SENA” y establece las actividades para la identificación y formulación de acciones que permitan atender las necesidades psicológicas, físicas y sociales de los aprendices. Se desarrolla en base a los lineamientos de la Dirección de Formación Profesional y la Coordinación Nacional del Grupo de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz. La implementación, ejecución y evaluación es responsabilidad de las Direcciones Regionales y los Centros de Formación en cabeza de la Subdirección, con acompañamiento de los equipos de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz de los Centros de Formación.

PARÁGRAFO 1o. Los Centros de Formación deberán gestionar, coordinar y articular alianzas público-privadas, convenios, acuerdos y/o memorandos de entendimiento, con el fin de apoyar y/o conseguir recursos para el desarrollo de proyectos y acciones.

PARÁGRAFO 2o. El Plan de Acción se formulará de acuerdo al presupuesto asignado en cada Centro de Formación y a las características particulares de los mismos.

PARÁGRAFO 3o. La Subdirección de Centro deberá garantizar la conservación, mantenimiento y buen uso de los elementos y recursos destinados a la ejecución del Plan de Acción de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz.

PARÁGRAFO 4o. Durante el resto de la vigencia 2014, los Subdirectores de Centro ajustarán los Planes de Acción teniendo en cuenta la capacidad presupuestal real y la Política de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz “Vive el SENA". El Plan de Acción de la vigencia 2015 y futuras, deberá ser elaborado aplicando lo establecido en la presente Resolución.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 23. RESPONSABLE DE LA GESTIÓN Y RESULTADOS DEL PLAN DE ACCIÓN. <Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018> La gestión anual del Plan de Acción de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz es responsabilidad del Subdirector de Centro, comprende la planeación, ejecución y el seguimiento a las acciones. La gestión implica evaluar trimestralmente la cobertura, la pertinencia y la eficiencia de las acciones de bienestar, así como estudiar el impacto en los aprendices, con el fin de determinar los planes de mejoramiento. El desarrollo de las acciones en cada uno de los componentes estratégicos de la Política debe estar debidamente sistematizado (bases de datos, actividades e indicadores) como base para el seguimiento, evaluación y control de los mismos. Esta información deberá estar disponible para el momento en el que sea requerida por la Dirección de Formación Profesional y/o la Coordinación Nacional del Grupo de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 24. EVALUACIÓN Y CONTROL DEL PLAN DE ACCIÓN. <Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018> Las Direcciones Regionales de conformidad con las funciones previstas en el artículo 24 del Decreto 249 de 2004, deben asegurar, apoyar, controlar y evaluar el cumplimiento de la Política de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz “Vive el SENA” en la implementación y ejecución anual del Plan de Acción en los Centros de Formación de su jurisdicción. Las Direcciones Regionales enviarán los informes trimestrales de evaluación de la gestión y ejecución de los Planes a la Coordinación Nacional de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz, y antes de finalizar cada vigencia presentarán un informe de evaluación por cada Centro de Formación Profesional.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 25. FINANCIACIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN. <Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018> El Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, destinará anualmente como mínimo el dos por ciento (2%) de su presupuesto para atender adecuadamente las acciones anuales del Plan de Acción de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz en los Centros de Formación Profesional. Cada Subdirector de Centro de Formación Profesional y los Directores Regionales deberán gestionar la consecución de recursos adicionales por medio de alianzas, convenios y relaciones interinstitucionales con el sector público, y de cooperación con el sector privado a nivel local, regional, nacional e internacional, para atender los requerimientos de la implementación y ejecución anual del Plan de Acción.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 26. RELACIONES DE COORDINACIÓN Y ARTICULACIÓN DE LAS ACCIONES DE FOMENTO DEL BIENESTAR Y LIDERAZGO DEL APRENDIZ EN LOS CENTROS DE FORMACIÓN PROFESIONAL. <Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018> El Subdirector de Centro de Formación Profesional deberá asegurar una adecuada coordinación y articulación con la Dirección General, las Direcciones de Área, la Dirección Regional y otros Centros de Formación Profesional, para la implementación y ejecución anual del Plan de Acción de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz en procura del mejor aprovechamiento de recursos.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 27. <Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018> Adóptese la política de fomento del bienestar y liderazgo del aprendiz documento anexo a esta resolución.

Notas de Vigencia
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ARTÍCULO 28. <Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018> Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Secretaria General, a los Directores de Área, los Jefes de Oficina, Directores Regionales, Subdirectores de Centro.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 29. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. <Artículo derogado por el artículo 14 de la Resolución 1228 de 2018> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución 0655 de 2005, así como las demás disposiciones que le sean contrarias. Para los efectos del artículo 8o de la Ley 1437 de 2011 publíquese en la página web del SENA.

Notas de Vigencia

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 10 MAR 2014

GINA PARODY D'ECHEONA

Directora General

ANEXO: POLÍTICA DE FOMENTO DEL BIENESTAR  Y LIDERAZGO DEL APRENDIZ 452

La Política Integral de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz la constituyen un grupo de contenidos que permiten fortalecer el perfil de aprendices de manera integral promoviendo el desarrollo humano, la apropiación de competencias socioemocionales que favorezcan el crecimiento personal y el desempeño laboral, la disminución de la deserción de los aprendices y el aumento del nivel de logro educativo de los mismos.

MARCO LEGAL.

La política interna de fomento del bienestar y liderazgo del aprendiz en concordancia con el artículo 67 de la Constitución Política, la educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura y los artículos 45 y 52 de la Carta Constitucional, la formación profesional integral debe comprender además, la práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre para el mejoramiento cultural, científico y tecnológico así como para la protección del medio ambiente, garantizando la participación activa de los jóvenes.

Que el artículo 2 de la ley 119 de 1994 establece, que el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA tiene la misión de ofrecer y ejecutar la formación profesional integral para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas, que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país.

Así como el decreto 249 de 2004, en el artículo 4 le atribuyo al Despacho de la Dirección General, la facultad de "Dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes (...) 10. Adoptar el Plan Nacional de Bienestar de los Alumnos del SENA".

Que el artículo 27 de Decreto 249 de 2004 establece las funciones de las subdirecciones de los Centros de Formación Profesional Integral, señalando entre otras “19. Dirigir la implementación del programa integral de bienestar de los alumnos del centro”.

Que los artículos 2, 4 y 11 de la ley 1622 de 2013 (Por medio de la cual se expide el estatuto de ciudadanía juvenil y se dictan otras disposiciones) que establece el marco normativo para la definición del Plan Nacional de Bienestar e Integralidad del Aprendiz en el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA en términos de políticas para juventud.

Que el estatuto de Formación Profesional del SENA, adoptado por el Consejo Directivo Nacional del SENA mediante Acuerdo No. 008 de 1997, define la formación profesional integral como un proceso educativo teórico-práctico de carácter integral, orientado al desarrollo de conocimientos técnicos, tecnológicos, de actitudes y valores para la convivencia social, que le permitan a la persona actuar crítica y creativamente en el mundo del trabajo y de la vida.

Y el numeral 3.4.2. del mismo estatuto determina que “El ambiente educativo es el resultado de las interacciones que se dan dentro del proceso de formación, vincula lo tecnológico con lo pedagógico, en donde son componentes fundamentales: la información, los procesos comunicativos, el espacio físico, el equipamiento y la dinámica sociocultural,[...] debe contribuir al desarrollo de las potencialidades individuales necesarias para construir proyectos de vida personales y sociales // las interacciones sociales que configuran el ambiente educativo, generan procesos formativos, conjugan comportamientos, actitudes y valores entre la comunidad educativa.// El ambiente educativo considera el bienestar institucional, como condición determinante para el desarrollo eficiente y la calidad de la formación profesional...”

De igual manera, son componentes para la formación integral el fomento al deporte, la salud física y mental, el arte, la cultura y la formación de competencias ciudadanas conforme a las leyes colombianas.

Que de acuerdo y conforme a la ley 181 de 1995 por la cual se dictan disposiciones para el fomento del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación física es un derecho social y "son elementos fundamentales de la educación y factor básico en la formación integral de la persona. Su fomento, desarrollo y práctica son parte integrante del servicio público educativo”. En ese sentido, el deporte entendido como un deporte formativo "tiene como finalidad contribuir al desarrollo integral del individuo. Comprende los procesos de iniciación, fundamentación y perfeccionamiento deportivos", es responsabilidad de la entidad.

Que de acuerdo y conforme a la Ley 1616 de 2013 se determina que “La Salud Mental es de interés y prioridad nacional para la República de Colombia, es un derecho fundamental, es tema prioritario de salud pública, es un bien de interés público y es componente esencial del bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de colombianos y colombianas.” por lo cual se define para efectos de aplicación de la ley la promoción de la Salud pública como una estrategia a nivel intersectorial de índole pedagógico" se diseñarán acciones intersectoriales para que a través de los proyectos pedagógicos, fomenten en los estudiantes competencias ara su desempeño como ciudadanos respetuosos de sí mismos, de los demás y de lo público, que ejerzan los derechos humanos y fomenten la convivencia escolar“.

Que de acuerdo al artículo 70 de la Constitución Política "El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional."

Que de acuerdo y conforme al artículo 41 de la Constitución Política Colombiana es de competencia de las instituciones educativas privadas y públicas “fomentar prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana.” Y “formar al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente." Por lo cual la formación en competencias ciudadanas es un componente de pertinencia nacional.

Los programas de bienestar de las instituciones de educación según el Ministerio de Educación Nacional en Colombia deben de estar dirigidos a “brindar espacios para el aprovechamiento del tiempo libre, que atiendan las áreas de la salud, la cultura, el desarrollo humano y el deporte. Promoverán la formación integral del estudiante, la inclusión educativa y su capacidad de asociar sus programas de formación con su proyecto de vida."

En esa dirección, la política de Fomento al Bienestar y Liderazgo del Aprendiz tiene como marco referente los lineamientos nacionales e internacionales en materia de deporte, salud física y mental, arte, cultura y competencias ciudadanas, como principios rectores para la formulación de las estrategias de Bienestar de los aprendices del SENA.

DIAGNOSTICO.

CARACTERIZACIÓN DE LA POBLACIÓN:

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La población objetivo del Grupo de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz son los aprendices en formación titulada, quienes para 2013 representan un total de 1.056.998. Este total se divide en las diferentes modalidades que integran la formación titulada. La gran parte de este total pertenecen a la formación en técnicos siendo el 64%, seguido por los tecnólogos con un 34% lo que equivale al 98% del total de aprendices en formación titulada. El 2% restante está compuesto por formación en especialización técnica, especialización tecnológica, técnico profesional, operario, profundización técnica, ocupación y auxiliar.

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El SENA como institución pública recibe en sus procesos de formación una gran diversidad de personas con unas condiciones particulares que lleva a trabajar un enfoque diferencial para dar respuesta a las diferentes necesidades. En formación titulada se pueden encontrar aproximadamente diez tipos de poblaciones; el 60% de los aprendices no pertenece a ninguna población especifica; el 40% restante se compone en un 1% por indígenas, 2% de Afrocolombianos, raizales, negritudes y palenques, 0,22% por discapacitados, 0,08% tercera edad, 6% desplazados, 17% jóvenes vulnerables, 3% mujer cabeza de familia, 0,12% personas en proceso de reintegración y un 10% de otros en el cual se encuentran víctimas de minas antipersonas, emprendedores, adolescente trabajador, víctima del conflicto, artesanos, INPEC, entre otros.

De acuerdo a la anterior caracterización se puede decir que para el 2013 los aprendices en formación titulada en su mayoría pertenecen a formación en técnico y tecnólogos, en términos de genero se mantiene una poca diferencia entre el femenino y el masculino, no obstante, el femenino esta levemente sobre el masculino. El rango de edad de esta población se concentra entre los 15 y 25 años, y frente a la estratificación socio económico el grande de los aprendices se ubica en el estrato 1 y 2.

Demanda de Técnicos y Tecnólogos según tipo de contrato

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De acuerdo a la encuesta a empresarios para caracterizar brechas entre la demanda y la oferta de trabajadores realizada por ECON ESTUDIO el 46% de los técnicos y tecnólogos son contratados a término indefinido, siguiendo con un 29% con un contrato temporal de al menos un año y un 25% de contrato de menos de un año. Esto evidencia la acogida que tienen los técnicos y tecnólogos en el mercado laboral en la contratación.

La demanda de trabajadores según funciones a cargo, según las empresas encuestadas revela que en primer lugar se encuentran las labores administrativas, en segundo lugar labores de siembre, manejo de cultivos y recolección, tercero servicios generales, cuarto manejo de producto final y labores de construcción, entre otras como lo demuestra la gráfica.

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De igual manera este estudio demuestra que los empresarios encuestados demandan además de que sus empleados estén en capacidad de cumplir con sus funciones a cargo, unas habilidades personales específicas. Estas habilidades como la responsabilidad, la proactividad, agilidad, concentración, el manejo de las relaciones interpersonales y el trabajo bajo presión, entre otras como se evidencia en la siguiente gráfica son valoradas de manera positiva.

PERMANENCIA EN LOS PROCESOS DE FORMACIÓN EN EL SENA:

Los porcentajes de la deserción total evidencian que las regionales que presentan mayores niveles de deserción de aprendices son Guainía con un 62%, San Andrés con un 58%, Quindío 45%, Tolima 39% y Bolívar con un 38%.

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Según el Resumen de indicadores de deserción realizada por el SENA, la modalidad que presenta mayor deserción es la virtual con un 66%, seguida de la formación a distancia con un 12,3%, la combinada en un 11,9%, la presencial con un 11,7% y la que menos presenta en la desescolarizada con un 9,5%.

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EJES ESTRATEGICOS DE LA POLITICA.

CRECIMIENTO PERSONAL DEL APRENDIZ:

Facilitar en cada uno de los aprendices el conocimiento de sí mismo y de los demás miembros de la institución, el desarrollo de fortalezas, y la definición de metas para su vida.

En ese sentido, deberá procurar por la promoción de espacios y de encuentros dirigidos al fortalecimiento de la expresión de la identidad de los aprendices por medio de ambientes de formación artística y cultural que profundicen en el autoconocimiento de los y las aprendices y el sentido de pertenencia a una comunidad, entiéndase familia, SENA, barrio y país.

Así mismo promoverá la formación de líderes SENA bajo competencias socioemocionales y ciudadanas las cuales incentiven procesos de participación ciudadana fomentando la práctica cotidiana de valores como la responsabilidad, la solidaridad, la participación, la autonomía, el respeto, entre otros, necesarios para la construcción de una mejor sociedad.

Se espera para el 2014 que los empresarios reconozcan que el 50% de los aprendices cuentan con las competencias socioemocionales que ellos requieren para desarrollarse en el trabajo, en el 2015 el 60% y en el 2018 el 80%.

DISMINUCIÓN DE LA DESERCIÓN DE LOS PROGRAMAS DE FORMACIÓN:

Promover e implementar mecanismos que fortalezcan la permanencia de los aprendices en sus procesos de formación profesional. Se enmarca de manera transversal a todos los componentes, estrategias, actividades y espacios que desarrollen los equipos de Bienestar a nivel regional y nacional.

De igual forma, debe procurar el mejoramiento permanente de las condiciones ambientales, físicas y psicológicas de los aprendices de manera individual y colectiva con enfoque diferencial, elevando de esta manera la motivación de permanecer en la institución al encontrar interés afines entre lo que esperan y reciben en los procesos de formación, lo cual desarrolla la capacidad crítica y la construcción del pensamiento entorno a su realidad y proyecto de vida, generando lazos constructivos con su institución, instructores, administrativos y la comunidad.

Desde esta perspectiva, el bienestar de los aprendices debe preocuparse por propiciar un ambiente sano, saludable y pacífico, con la capacidad de adaptarse a las necesidades de los aprendices y las particularidades de cada región basado en principios de convivencia y respeto, así como, la promoción de la salud y el deporte como un estilo de vida saludable y sana. Estableciendo soluciones a problemáticas específicas que interfieran directamente con el buen desempeño en los procesos de formación profesional.

Se buscar disminuir la presencia de factores que aumentan la probabilidad de los aprendices de desertar de los procesos de formación profesional por causas de rezago escolar, falta de los recursos mínimos para garantizar su proceso de formación o desmotivación. Para el 2014 se espera que la deserción disminuya un 2% y que para el 2018 que disminuya un 50%.

Se debe promocionar y gestionar las actividades socioeconómicas, entre las cuales se encuentran los Apoyos de sostenimiento, FIC Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción, Apoyo de Transporte, servicio de alimentación, Servicio de Hospedaje o Internado.

AUMENTO DEL NIVEL DE LOGRO EDUCATIVO DE LOS APRENDICES:

La promoción de la excelencia académica corresponde a las distinciones y estímulos previstos en el Reglamento del Aprendiz y dadas las condiciones socioeconómicas de la mayoría de los aprendices del SENA matriculados en programas de formación titulada, es importante gestionar a través de alianzas y convenios, incentivos o estímulos como reconocimiento y exaltación del desempeño académico con resultados de excelencia, cuya asignación este mediada por un concurso abierto que ofrezca transparencia y seriedad en el proceso de selección.

Esto se logrará a través de incentivos o estímulos que pueden ser cursos de transferencias tecnológicas; apoyo para asistir a eventos nacionales en representación de la entidad; monitorias académicas y otros beneficios si existe disponibilidad presupuestal; u otras alternativas que pueden concebirse para estimular la excelencia en la formación y aumentar el nivel de logro educativo de los aprendices con calidad y equidad.

Se espera que para el 2014 la media de los resultados en las Pruebas SABER PRO en las competencias de comunicación escrita, lectura crítica y competencias ciudadanas sea un cuartil mayor al promedio.

DESARROLLO DE POLÍTICA DE BIENESTAR.

QUÉ ES BIEN-ESTAR Y BIEN-SER?:

Estar: Conjunto de condiciones y posibilidades que permiten potenciar y maximizar los conocimientos y las competencias que se desarrollan en el proceso de formación y en la participación como miembro de la comunidad educativa del SENA.

Ser: Es el marco referencial en el que se fundamenta el fortalecimiento de las dimensiones psicológica, física, y social del aprendiz, además de actitudes y aptitudes que apuntan al desarrollo humano y a la formación integral de los aprendices.

COMPONENTES ESTRATÉGICOS.

SALUD:

"La salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades” definición tomada de la Organización Mundial de la Salud (OMS). Para su promoción son necesarias medidas multisectoriales, que involucren a diversos sectores del gobierno, organizaciones privadas y públicas que en conjunto participen en estrategias de promoción y prevención, siendo responsables de los procesos que garanticen el bienestar integral. Se enfocará en la promoción de hábitos de vida saludables, como acción fundamental en el camino a mejorar las malas prácticas y hábitos de los aprendices en materia de salud, las acciones en salud desde la entidad se enfocan principalmente en el desarrollo de actividades como foros, seminarios, talleres, jornadas de salud visual, sexual y reproductiva, contra el tabaquismo, contra el consumo de sustancias psicoactivas, lucha contra el sida y caminatas ambientales, entre otras actividades que promocionen la salud física y mental.

EQUIDAD E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES:

Promover estrategias que garanticen la equidad, la no discriminación y el acceso en igualdad de oportunidades a los aprendices, mediante acciones que fomenten la permanencia y acceso a población vulnerable, población con discapacidad y la equidad de género.

COMPETENCIAS BÁSICAS:

Desarrollo de actividades con los aprendices para el fomento de competencias de autogestión del aprendizaje (aprender a aprender) para que le permitan un mejor desempeño académico y posteriormente laboral. Adicionalmente, se busca generar incentivos a la excelencia académica y de desempeño, incrementando del logro educativo de los aprendices.

HABILIDADES SOCIOEMOCIONALES Y/O PARA LA VIDA:

Desarrollar competencias ciudadanas, habilidades sociales, trabajo en equipo, el desarrollo humano con base en valores de solidaridad, respeto y autonomía y el desarrollo de capacidades para el manejo de emociones.

CULTURA:

Procurará generar en los aprendices habilidades artísticas para el crecimiento personal y abordaje de mecanismos y estrategias para la resolución pacífica de conflictos y trabajo en equipo, propiciando espacios de sano esparcimiento, seguros e incluyentes, espacios de respeto, tolerancia, y solidaridad en los que prime el desarrollo de la capacidad de servicio creadora e innovadora valorando la originalidad y fortaleciendo el sentido de pertenencia y pertinencia en la institución. Por medio de este componente, se busca el desarrollo de habilidades artísticas, de elementos para el disfrute y creación del pensamiento crítico hacia la cultura y el fomento al cuidado y recuperación del patrimonio.

DEPORTE:

Se busca promover la formación integral y mejorar la calidad de vida de los aprendices, fomentar a través del deporte y la actividad física procesos de formación integral, valores, hábitos y estilos de vida saludables, contribuyendo al uso adecuado del tiempo libre y al proceso de formación integral de los aprendices, para lo cual las actividades deportivas, recreativas y sociales, deben hacer parte de su formación. Este componente busca el fomento al deporte como herramienta de prevención de enfermedades y creación personal, el desarrollo de habilidades deportivas y la búsqueda de la excelencia deportiva.

LIDERAZGO:

Formación integral del aprendiz generando los espacios, acciones y herramientas necesarias que propendan por la construcción de líderes con un alto sentido de servicio para una sociedad más humana. Se procurará orientar la formación de aprendices líderes integrales con sentido de pertenencia hacia la institución que fortalezcan los espacios de representación y participación, como elementos para la construcción de ciudadanos socialmente responsables con miras a un país incluyente y en paz se desarrollara por medio del Sistema Nacional de Liderazgo

RESPONSABILIDAD SOCIAL:

Generar competencias y aptitudes de liderazgo social, está destinado a población en situación de vulnerabilidad y desarrollado a través de proyectos de liderazgo positivo, su metodología está basada en una intervención voluntaria de los aprendices en las comunidades de influencia de los centros de formación y regionales, fomentando actividades cuyo fin sea impactar positivamente su entorno. Se debe promover el trabajo en procesos de consolidación social y la apropiación de habilidades y valoración de la responsabilidad social.

CONVIVENCIA:

Aportar a la reconstrucción del tejido social y la conciencia ciudadana desde espacios de reflexión. Este componente debe fomentar ambientes de convivencia pacífica, el desarrollo de capacidades para la resolución de conflictos y acciones de voluntariado para la participación en espacios de convivencia pacífica

LA POLITICA EN EL MARCO DE LA ESTRATEGIA DE ALTA CALIDAD SENA.

Con el fin de avanzar en el desarrollo de la estrategia de alta calidad para la formación en el SENA y de acuerdo con los factores establecidos por el Consejo Nacional de Acreditación, el Bienestar de los Aprendices se ha definido una herramienta para la evaluación, planeación, ejecución y seguimiento de los procesos y de la gestión de los Centros de Formación y los Despachos Regionales.

La aplicación del conjunto de indicadores tanto de la Política de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz como de la estrategia de Alta Calidad, deben ser el fundamento para los planes de mejoramiento que se deban proponer en el desarrollo de la política.

A continuación se presenta la hoja de vida de los indicadores que deben ser aplicados por Centros de Formación en el marco de la estrategia de alta calidad y que deberán acompañar el desarrollo de la Política de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz. En cada uno de ellos se expone el nombre del indicador, la fuente de la información, el factor de alta calidad en el que se clasifica el indicador y la formula a aplicar.

1. Deserción:

Objetivo: Reducir la deserción de los grupos de formación titulada.

Factor de Acreditación Relacionado: Bienestar.

Fórmula: No. de aprendices que desertan de fichas de formación titulada en el período evaluado comparado con los aprendices activos exactamente hace un año (o de matriculados si la ficha tiene fecha de inicio posterior a la ventana de un año) / La suma de los aprendices activos hace un año o matriculados si la ficha tiene menos de un año de iniciada.

Fuente: Sofía Plus.

2. Clima Organizacional y Bienestar:

Objetivo: Medir la satisfacción de los funcionarios y aprendices con el clima organizacional y la política de bienestar.

Factor de Acreditación Relacionado: Organización y gestión de la formación.

Fórmula: Encuesta clima organizacional a directivos, funcionario e instructores (de planta y contrato). Encuesta a los aprendices.

Fuente: Dirección de Planeación.

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Última actualización: 31 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.604 - 9 de diciembre de 2023)
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