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ACUERDO 24 DE 1996

(septiembre 26)

 <Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Por el cual se precisan las Seccionales del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA

EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE, SENA,

en uso de las facultades que le confiere el literal b, numeral 9, artículo 10, de la Ley 119 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que en el Acuerdo 6 de 1996, aprobado por Decreto 1120 de 1996, no quedó

establecido cuáles son las Seccionales del SENA.

Que es conveniente oficializar la existencia de las Seccionales del SENA.

ACUERDA:

ARTICULO 1o. <Artículo modificado por el artículo 1 del Acuerdo 7 de 1997. El nuevo texto es el siguiente:> Las Seccionales del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, son las siguientes:

1. Seccional Caquetá

2. Seccional Chocó

3. Seccional san Andrés y providencia y

4. Seccional Sucre.

5. Seccional Casanare

ARTICULO 2o.<Artículo modificado por el artículo 2 del Acuerdo 7 de 1997. El nuevo texto es el siguiente:> La sede y jurisdicción de las Seccionales del SENA, será la siguiente:

Seccional       Sede                       Jurisdicción

Caquetá        Florencia     Departamentos de Amazonas, Caquetá y Putumayo.

Chocó          Quibdó        Departamento del Chocó

San Andrés y

Providencia    San Andrés    Departamento de San Andrés y providencia.

Sucre          Sincelejo     Departamento de Sucre.

Casanare    Yopal          Departamento de Casanare

ARTICULO 3o. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Santafé de Bogotá, D.C. a los 26 días de septiembre de 1996

El presidente del Consejo

El secretario del Consejo

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Compilación Jurídica del SENA
ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
Última actualización: 
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