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CIRCULAR 39 DE 2024

(febrero 9)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE


Bogotá D.C.

1-6060

PARA: DIRECTORES REGIONALES Y SUBDIRECTORES DE CENTRO
ASUNTO:Planeación, Oferta e Ingreso, II Convocatoria Abierta 2024 en las modalidades Presencial y a Distancia de programas de formación laboral y tecnológica del SENA.

En consideración a lo establecido en la Resolución 1-02455 de 2023 "Por la cual se establece el calendario académico y de labores de los Centros de Formación Profesional del SENA para el año 2024 y se deroga la resolución 2623 de 2022", la Dirección de Formación Profesional presenta los siguientes lineamientos:

Realizar la segunda II Convocatoria Abierta 2024 en las modalidades Presencial y a Distancia de programas de formación laboral y tecnológica del SENA.

Los Centros de Formación Profesional tendrán la capacidad de iniciar procesos de formación en el mes de abril de 2024, para lo cual deberán de planear la oferta de esta convocatoria de formación correspondiente a los programas Laborales y Tecnológica en las Modalidades Presencial y a Distancia de 2024, teniendo en cuenta los lineamientos y pautas que a continuación se establecen para el estudio, presentación y aprobación de dicha oferta.

La Circular No. 3-2023-000048 del 16 de marzo de 2023, establece los "Lineamientos técnicos, pedagógicos y operativos de la Dirección de Formación Profesional, la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo y la Dirección de Empleo y Trabajo para la implementación de las estrategias alineadas con las bases del Plan Nacional de Desarrollo 2023-2026", la cual define la estrategia CampeSENA, economías populares, transición energética y fortalecimiento en programas TICS, por consiguiente para esta convocatoria No se deben caracterizar y ofertar los programas de formación para las estrategias CampeSENA, y economías populares, las cuales tendrán lineamientos específicos.

El Acuerdo 006 del 2023, por el cual se adopta el reingreso especial en los programas de la formación laboral y tecnológica del SENA, para las personas que se desvincularon de la entidad por retiro voluntario o cancelación de matrícula de los programas de formación laboral y tecnológica del SENA. Bajo este acuerdo quedan cobijadas las personas que iniciaron su programa de formación laboral y tecnológica del SENA a partir del año 2018.

Así mismo, se emitió la Circular 3-2023-000145 del 09 de agosto de 2023 "De la articulación con la media a la formación Tecnológica SENA", a través de la cual se comparten los estudios de homologación de 14 programas de formación del nivel técnico con programas del nivel tecnológico, para promover la cadena de formación.

La Dirección de Formación Profesional solicita, que los Centros de formación se encarguen de divulgar e implementar el Acuerdo 006 de 2023, con fin de promover el trámite de reingreso especial para las personas que se desvincularon de la entidad por retiro voluntario o cancelación de matrícula, de los programas de formación laboral y tecnológica del SENA.

Para la aprobación de la oferta se debe tener en cuenta lo establecido en la Resolución 201 de 2024 por la cual se deroga la resolución 790 de 2009 y se efectúa una delegación en el (la) Director (a) de Formación Profesional y en los (las) Directores (as) Regionales".

1. Planeación de la Oferta de Formación

Los directores regionales como garantes de la pertinencia y cumplimiento de las condiciones que determinan el o los programas a ofertar, en coordinación con los subdirectores de Centro, son los principales responsables de la definición de la oferta y por ende del cumplimiento de las metas. Por tanto, la responsabilidad institucional de liderar el estudio, presentación y aprobación de la oferta de Formación Laboral y Tecnológica, teniendo en cuenta los criterios de calidad tales como: diseño curricular vigente, que las fechas de inicio y finalización de cada sugerencia coincidan con la duración establecida en el diseño curricular de cada programa, que para el nivel de formación tecnólogo se cuente con la resolución de registro calificado vigente, asegurar los recursos de infraestructura, económicos, humanos, materiales de formación aseguren su cumplimiento. De igual manera la caracterización de las fichas para la formación presencial o a distancia, debe tener asignado el CUPO real del grupo, y cumplir lo establecido en el Plan de Acción 2024.

La Planeación de la Oferta de Formación se orientará para dar respuesta a las necesidades regionales, y para cumplir con las metas de las propuestas estratégicas institucionales y del país.

Esta labor se debe realizar teniendo en cuenta las siguientes pautas:

a. Para la Planeación de la Oferta de Formación Laboral y Tecnológica de demanda social o abierta con inicio en el mes de abril de 2024, se debe tener en cuenta el Procedimiento "Planeación y Publicación de la Oferta Educativa" Código: GFPI-P-003 que se encuentra publicado en CompromISO.

b. Los Centros de Formación Profesional tienen la responsabilidad de formular el Plan de Oferta de Formación 2024, para ello se recomienda se apoyen en los profesionales de diseño y producción curricular y profesionales de calidad para la construcción de una propuesta que incorpore la visión del sector externo sectorial y regional. Lo anterior por ser quienes conocen los detalles del diseño curricular y cumplimiento del registro calificado conforme el Decreto 1330 de 2019.

c. Los Centros de Formación Profesional y Regionales analizarán la pertinencia de la oferta incluyendo los programas de formación que le apunten al desarrollo de la transición energética y los Programas de fortalecimiento en TICs mencionados en el Plan Nacional de Desarrollo 2022- 2026 Colombia, potencia mundial de la vida, los planes y apuestas estratégicas regionales, departamentales y municipales; estudios de diferentes sectores y ramas, en particular los aportados por las mesas sectoriales; análisis ocupacionales, en especial, los productos suministrados por el Observatorio Laboral, según las condiciones particulares del territorio y el sector productivo.

d. En el análisis se deben tener en cuenta los resultados de la autoevaluación de programas de formación, su comportamiento respecto a los niveles de deserción, permanencia, y certificación para el Centro de Formación y la región; la capacidad instalada del Centro Formación en sus ambientes de formación, así como la disponibilidad de recursos (Instructores, materiales de formación, entre otros) que se requieren en la ejecución de los programas que se planean ofertar.

e. Es necesario tener en cuenta el comportamiento de las inscripciones de vigencias anteriores buscando el cumplimiento de las metas de formación para este año y en particular, los nuevos cupos proyectados por los Centros de Formación que iniciaran en el mes de abril del 2024, teniendo en cuenta los siguientes parámetros: los porcentajes de trimestralización, compromisos de atención a población vulnerable, programas especiales y convenios de inclusión social, establecidos en el plan de acción Sena- 2024.

f. Los programas que se deben ofertar serán los que corresponden a las versiones vigentes que se encuentren en SOFIA Plus.

g. Para los programas a ofertar, la Dirección de Formación pone a disposición los paneles del Sistema de Vigilancia de programas - SAVA, en donde podrá consultar la información actual e histórica desde el año 2019, de los programas de formación titulada, relacionada con inscritos, matriculados, ejecución de la formación y certificados por cada centro de Formación.

h. Con el objetivo de fortalecer la oferta en programas de formación que le apuntan a las estrategias de Gobierno Nacional, en el segundo trimestre 2024 no estará disponible para esta convocatoria de formación abierta los siguientes programas; Código 134101 nombre programa TECNICO EN ASISTENCIA ADMINISTRATIVA y Código 133100 nombre programa TECNICO EN CONTABILIZACIÓN DE OPERACIONES COMERCIALES Y FINANCIERAS, por lo cual los programas a ofertar deberán buscar tener un enfoque de acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo. (No aplica para articulación con la educación media)

2. Registros calificados

a. Para los programas del nivel tecnológico que se proyecten ofertar, indispensable dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto 1330 del 2019, artículo 2.5.3.2.2.1. "El registro calificado es un requisito obligatorio y habilitante para que una institución de Educación Superior, legalmente reconocida por el Ministerio de Educación Nacional, y aquellas habilitadas por la ley, pueda ofrecer y desarrollar programas académicos de educación superior en el territorio Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 1, de la Ley 1188 de 2008". Así mismo, si el registro calificado del programa se encuentra en proceso de renovación y no existe concepto final del Ministerio de Educación Nacional -MEN se concluye que el programa está vigente y se puede ofertar, siempre y cuando se tenga el código SNIES vigente.

b. Los registros calificados son otorgados por el Ministerio de Educación Nacional para los programas de nivel de educación superior que cumplen las condiciones de calidad en los lugares de desarrollo donde serán ofertados. El SENA es notificado mediante Resolución y sólo los podrán ofertar con el código de SNIES que asigna el MEN, no es suficiente la Resolución. Sí el Centro de Formación tiene dos sedes y el registro calificado fue otorgado solo a una de ellas, por ningún motivo podrá ejecutar el programa en la sede que no tiene el registro.

c. De conformidad con el Decreto 1174 del 12 de julio de 2023, "El cual sustituye la sección 12 del capítulo

2 del título 3 de la parte 5 del libro 2 del Decreto 1075 del 2015-Único Reglamentario del Sector Educación-, a efectos de establecer medidas transitorias en materia de registro calificado", los Centros de Formación Profesional deberán verificar los programas de del nivel tecnológico del SENA que se encuentran vigentes para la presente oferta de formación Presencial y a Distancia de acuerdo con las medidas establecidas en el ARTÍCULO TRANSITORIO 2.5.3.2.12.1. Vigencia de los registros calificados, del mencionado decreto, el cual se puede consultar en el siguiente enlace: https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=213950

3. Validación y aprobación de la oferta

a. Los Centros de Formación Profesional, emitirán el Acta con la oferta de formación la cual deberá incluir lo siguiente: nivel del programa de formación, nombre del programa, municipio, cupo de la ficha, código y versión del programa en estado "En ejecución" en SOFIA Plus el cual debe coincidir con la información registrada en la planeación indicativa anual (en caso de modificación, debe señalarse que el programa o los cupos fue(ron) ajustado(s), adicionado o lo que corresponda y justificar dicho ajuste), número asignado al registro al momento de diligenciar la planeación indicativa anual (ID Indicativa); para los programas de nivel tecnológico, fecha de resolución de registro calificado y número de código SNIES que avala el lugar autorizado para impartir la formación. En la siguiente tabla se indica la información requerida por cada programa de formación que debe ser registrada en el Acta:

CÓDIGO DEL CENTRO(espacio para diligenciar)
NOMBRE DEL CENTRO DE FORMACIÓN(espacio para diligenciar)
1. Denominación De La Formación(espacio para diligenciar)
2. Código(espacio para diligenciar)
3. Versión(espacio para diligenciar)
4. Número, Fecha De Resolución Y Código SNIES (Para Programas Con Registro Calificado Aprobado)(espacio para diligenciar)
5. Justificación de La Oferta Educativa(espacio para diligenciar)
6. Grupos(espacio para diligenciar)
7. Cupos(espacio para diligenciar)
8. Duración Del Programa(espacio para diligenciar)
9. Municipio(espacio para diligenciar)
10. Sede(espacio para diligenciar)
11. Código Indicativa(espacio para diligenciar)

Ver anexo 2: Ayuda diligenciamiento de acta regional.

La regional y los centros de formación son los responsables del cumplimiento de la planeación indicativa anual.

b. El Centro de Formación envía el acta con la oferta de formación para aprobación del Director Regional a excepción de los casos en que el Subdirector de Centro ejerza funciones de Director Regional (Regionales

Amazonas, Arauca, Guainía, Guaviare, Putumayo, Vaupés y Vichada) que debe ser enviada a la Dirección de Formación Profesional al correo dir formacionpro@sena.edu.co, para ser aprobada.

c. El director regional aprobará la oferta académica con criterios de calidad y pertinencia una vez concertada con los subdirectores de Centro de Formación y la consignará en un Acta regional como evidencia de la aprobación de esta.

d. Una vez aprobada el Acta de la oferta de programas de formación por el director regional o por la Dirección de Formación Profesional (oferta de programas de formación correspondientes a las regionales Amazonas, Arauca, Guainía, Guaviare, Putumayo, Vaupés y Vichada), el centro de formación creará en SOFIA Plus la "sugerencia del programa'", de acuerdo con el cronograma establecido en la Resolución 2455 de 2023.

e. Para la aprobación de las "sugerencias del programa registradas por los centros en SOFIA Plus, el coordinador misional de la regional validará contra el acta de aprobación de la oferta emitida por el Director Regional, a excepción de los casos en que el Subdirector de Centro ejerza funciones de Director Regional labor que será realizada por la Dirección de Formación Profesional.

f. La fecha de terminación de una ficha debe ser un día antes que se cumplan el número de meses establecido en el diseño curricular con respecto a la fecha de inicio (ej. Programa de 15 meses: inicio 03/08/2022, fecha correcta fin: 02/11/2023).

g. Una vez aprobadas las "sugerencia del programa el centro de formación procederá con la creación y caracterización de las fichas.

h. En la caracterización de las fichas de formación la fecha fin debe ser programada en el marco del calendario académico, se debe tener en cuenta el periodo de vacaciones, contratación y semana de confraternidad al inicio de la vigencia.

i. Las semanas de alistamiento de cada trimestre definido en el Resolución de Calendario Académico, no hacen parte delas horas dedicadas a la formación.

4. Programación, Alistamiento de la Oferta de Formación, Inscripción, Selección y Matricula.

Los directores regionales como conocedores y garantes de la pertinencia y las necesidades regionales deben liderar la programación correspondiente a la oferta que iniciará en el mes de abril de 2024, teniendo en cuenta el marco general mencionado en el anterior numeral y los siguientes lineamientos:

No.ActividadActor(es)ObservacionesFechas
Año 2024
1Planeación de la oferta educativa de la convocatoria
teniendo en cuenta la planeación indicativa anual
Coordinadores
académicos de Formación Profesional y Subdirector de centro.
Validación de la oferta de acuerdo con la planeación indicativa, necesidades del sector y/o centro de formación.
Generación del acta de comité del centro de formación.
17 de enero al 8 de febrero
2Aprobación de la Oferta de formaciónDirectores Regionales o Dirección de Formación
Profesional
Acta de aprobación de la oferta educativa por parte de la regional o de la Dirección de Formación Profesional para las regionales Amazonas, Arauca, Guainía, Guaviare, Putumayo, Vaupés y Vichada.Del 08 al 14 de
febrero
3Creación de sugerencias por parte de los centros de formación en SOFIA Plus (Estas se encuentran en el marco de las necesidades
regionales contempladas en el acta de aprobación de la oferta)
Coordinadores
académicos de cada Centro de Formación
Profesional
Tener presente la fecha de inicio de la formación el 15 de abril de 2024.15 al 19 de
febrero
4Verificación y aprobación de los programas de formación
sugeridos a ofertar en SOFIA PLUS
Coordinador
misional de la regional o Dirección de Formación
Profesional.
Validar y aprobar que los programas a ofertar correspondan al Acta de aprobación de la oferta educativa por parte de la regional.

La Dirección de Formación Profesional solo verificará y aprobará en los casos en que el subdirector de Centro ejerza funciones de Director Regional, para las regionales Amazonas, Arauca, Guainía, Guaviare, Putumayo, Vaupés y Vichada.
20 al 22 de
febrero
No.ActividadActor(es)ObservacionesFechas
Año 2024
5Crear y caracterizar las fichas las cuales deberán quedar en estado personalizadas en el aplicativo SOFIA PlusCentros de Formación ProfesionalLas fichas creadas y personalizadas después del plazo definido en el calendario académico y de labores no se verificarán ni se publicarán.
La caracterización de las fichas de programas FIC se debe hacer de manera adecuada indicando el convenio FIC de tal forma que al cumplir requisitos los aprendices puedan ser beneficiaros del apoyo de sostenimiento, teniendo en cuenta lo establecido en la Circular 32022- 000198 del año 2022: Actualización Catálogo programas de formación titulada del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción del SENA FIC.
23 al 27 de
febrero
6Diligenciar formulario charlas informativasCentros de
Formación
Profesional
Enlace:
https://forms.office.com/r/c51KDGAzQA

Corresponde al formato GFPI- PL-002 Planilla Calendario Charlas informativas, donde se relacionarán la programación de las charlas informativas, de acuerdo con la estrategia que el Centro tenga implementada.
28 de febrero
No.ActividadActor(es)ObservacionesFechas
Año 2024
7Verificar y publicar las fichas en estado personalizadasCoordinador
misional de la regional o Grupo Interno de gestión de la Oferta, la ejecución y Certificación de la formación.
Después de publicada la oferta institucional en la página web no se modificará; cabe mencionar que el subdirector del Centro de Formación Profesional es el responsable de la calidad final de la información publicada.
El Grupo Interno de gestión de la Oferta, la ejecución y Certificación de la formación solo verificara y publicará en SOFIA Plus las ofertas en los casos en que el Subdirector de Centro ejerza funciones de Director Regional. (Amazonas, Arauca, Guainía, Guaviare, Putumayo, Vaupés y Vichada).
Del 28 al 29 de
febrero
8Solicitar autorización de pruebas offlineSe autoriza prioritariamente a los Centros que tienen dificultad de conectividad o cuya tecnología medular es del sector agropecuario.17 de enero
al 29 de
febrero
9Inscripción alta demandaAspirantesA través del portal de SOFIA Plus http://oferta.senasofiaplus.edu.co/sofia-oferta/1 al 7 de
marzo
10Inscripción baja demandaAspirantesQuedarán activas las fichas de baja demanda, es decir, aquellas que no superan tres (3) veces el cupo, permitiendo que se realicen más inscripciones8 al 10 de marzo
No.ActividadActor(es)ObservacionesFechas
Año 2024
11Inscribir y aplicar las pruebas offline de selecciónCentros que el Grupo Interno de Gestión de la oferta, la
ejecución, y certificación de la
formación de la Dirección de Formación
Profesional apruebe la aplicación de pruebas offline
A los centros autorizados por el Grupo Interno de Gestión de la oferta, la ejecución, y certificación de la formación, quienes enviarán los instructivos e instaladores requeridos para poder realizar las pruebas.Del 11 al 14
de marzo
12Aplicar la prueba webAspirantes Centros de Formación ProfesionalDocumentos que terminan en 0, 1, 2, 3, 4.
A partir de 00:01 horas hasta las 23:59 horas
11 de marzo
13Aplicar la prueba webAspirantes Centros de formación ProfesionalDocumentos que terminan en 5, 6, 7, 8, 9.
A partir de 00:01 horas hasta las 23:59 horas
12 de marzo
14Reprogramar la prueba webAspirantes Centros de Formación ProfesionalDocumentos que terminan en 0, 1, 2, 3, 4.
A partir de 00:01 horas hasta las 17:00 horas.
13 de marzo
15Reprogramar la prueba webAspirantes Centros de Formación ProfesionalDocumentos que terminan en 5, 6, 7, 8, 9.
A partir de 00:01 horas hasta las 17:00 horas.
14 de marzo
16Atender y responder quejas y reclamos
relacionados con la aplicación de prueba
Grupo Interno de Gestión de la oferta, la
ejecución, y certificación de la formación
Atender y responder quejas y reclamos de los aspirantes que realizaron la inscripción en la oferta académica. Antes de las 5 p.m. (17:00 p.m.)13 y 14 de
marzo
No.ActividadActor(es)ObservacionesFechas
Año 2024
17Cargar en SOFIA
Plus, las pruebas
Offline
aplicadas.
Centros de
formación
Profesional
Verificar los mensajes que arroja la aplicación durante el respectivo cargue, y para mayor seguridad descargar el reporte de resultados
de pruebas.
15 de marzo
18Selección prueba Fase II(Prueba web controlada /o taller)Centros de formación Profesional que deciden adelantar la FASE IIDefinir opción de prueba, caracterizar las fichas, planear y programar recursos.15al 18 de
marzo
19Citar aspirantes
Fase II
Centros de Formación que deciden
adelantar la FASE II
El Centro debe definir estrategias de comunicación para que los aspirantes conozcan el estado de su proceso de selección.
Citación a la prueba a través del sistema académico y administrativo SOFIAPLUS.
19al 20 de
marzo
20Aplicar PruebasFase IICentros de Formación que deciden
adelantar la FASE II
El registro de los resultados del taller y/o prueba, se realice dentro del plazo definido para su desarrollo.
Se debe verificar la asistencia y registrar oportuna y correctamente los resultados de todos los participantes. Si el Centro de Formación Profesional realiza Fase II empleando como instrumento el Taller Actitudinal, debe planear y ejecutar la actividad según lo establecido en el documento GFPI-G- 017 Guía Creación Talleres para pruebas, que se encuentra en CompromISO.
21al 22 de
marzo
21Garantizar que se carguen, gestionen y publiquen los
resultados de la fase II en SOFIA
Responsable en el centro de formación profesional que decidenAntes de las 6:00 p.m. (18:00)Del 21 al T7
de marzo
No.ActividadActor(es)ObservacionesFechas
Año 2024
Plusadelantar la
FASE II
 
22Consultar
resultados
AspirantesPortal www.senasofiaplus.edu.co en la opción "Consultar Resultados de prueba".01 de abril
23Convocar y
asentar
matrícula
Centros de
Formación
Profesional
Realizar la verificación de
requisitos. El sistema permitirá convocar los suplentes a matrícula hasta un (1) mes después de inicio de la formación, pero cambiándole el estado al aspirante.
El no asentar la matrícula en las fechas establecidas genera la cancelación de la ficha aún con los aspirantes convocados, esto ocurre cuando el sistema realiza el cambio de estado
de las fichas de "matrícula" a
"ejecución".
Del 2 al 12 de abril
24Crear cuentas de
correo
electrónico.
Oficina de sistemasAl finalizarla matricula
25Expedir carné institucional
correspondiente
Centros de Formación ProfesionalAl finalizar la matricula
26Inicio de la formaciónCentros de Formación ProfesionalInicio de formación para la II oferta académica presencial 15 de abril del
2024
15 de abril de
2024
27Finalizar el proceso de Matricula de suplentes en el aplicativo SOFIA Plus.Encargado de Ingreso Centro de formaciónMáximo Un (1) mes después de inicio de la
formación

Observaciones Generales

- Para garantizar que se realice un óptimo proceso de ingreso a los programas de formación laboral y tecnológica que se publicarán para la oferta abierta del mes de abril de 2024, se establecen los lineamientos registrados en la GUÍA PROCEDIMIENTO INGRESO GFPI-G-025, publicada en el aplicativo CompromISO.

- Los programas que se ofertarán en esta convocatoria serán únicamente en modalidad Presencial y a Distancia.

- Los aspirantes a programas de formación deberán registrar previamente su documento de identidad vigente en el repositorio de información académica de SOFIA Plus como requisito para el proceso de registro e inscripción. El archivo debe cargarse escaneado del documento original por ambos lados y en una misma hoja, contener ambas caras ampliadas del documento y encontrarse en óptimas condiciones de legibilidad.

- Para la proyección de los cupos nuevos de la presente oferta, los Centros de Formación Profesional deben tener en cuenta que al sumar los cupos que pasan de 2023 a 2024, incluyendo aquellos de nivelación y las oferta que inició en el mes de enero de 2024, no pueden superar el 70% de la meta 2024 por cada nivel de formación; toda vez que, de presentarse una mayor oferta de cupos, traerá como consecuencia la desfinanciación del Centro de Formación Profesional, en el rubro de contratación de instructores y materiales de formación.

- Tamaños de grupo: El parámetro general para la formación titulada presencial no debe ser inferior a 30ni mayor a 45 aprendices por grupo. El parámetro general para la formación titulada a distancia no debe ser inferior a 50 aprendices por grupo. En la modalidad presencial, los Centros pertenecientes a las Regionales denominados territorios nacionales (Amazonas,Arauca,Caquetá, Guaviare, Putumayo, Casanare, Chocó, Guainía, Sucre, Vaupés, Vichada y San Andrés) el parámetro no debe ser inferior a 25 aprendices. Para el caso de los Centros Agropecuarios el parámetro no debe ser inferior a 25 aprendices. (tomado de parámetros para la planeación y costeo de metas de formación vigencia 2024).

- Selección: Las fechas de aplicación y reprogramación están definidas en la Resolución Sena 02455 de 2023 Calendario académico y de labores vigente.

- Los Centros de Formación Profesional deberán atender las inquietudes, solicitudes, peticiones que los aspirantes presenten durante todo el proceso de ingreso.

- Teniendo en cuenta la normatividad vigente sobre protección y tratamiento de datos, no se deben compartir los datos de los funcionarios de la Dirección General sin previo consentimiento, ni publicarlos en los diferentes medios de comunicación o difusión manejados.

Atentamente,

CLAUDIA PATRICIA FORERO LONDOÑO

Directora de Formación Profesional

Dirección General

ANEXO 1.

ANEXO 2.

AYUDA DILIGENCIAMIENTO DE ACTA REGIONAL

DENOMINACIÓN DE LA FORMACIÓN: Nombre del programa tomado del Sistema de Gestión Académico Administrativo que se encuentre en estado en ejecución.

CÓDIGO: Código del programa de formación tomado del Sistema de Gestión Académico Administrativo que debe estar en estado en ejecución.

VERSIÓN: Tomada del Sistema de Gestión Académico Administrativo que debe estar en estado en ejecución.

NÚMEROY FECHA DE RESOLUCIÓN EXPEDIDA POR EL MEN Y CÓDIGOS NIES: Número de resolución vigente emitida por el Ministerio de Educación Nacional al cual ya se le han aplicado y cumplido todos los términos para la expedición de esta, debe contener el código SNIES consultado de la página del Ministerio de Educación, ambos datos deben de ser coherentes y deben de existir obligatoriamente ambos en la página del MEN. Para programas diferentes a los niveles Tecnólogo o Especialización Tecnológica, colocar No aplica.

JUSTIFICACIÓN: Redacción corta y referenciada soportada en los componentes de la GUÍA ANALISISDE ELEMENTOS DE ENTRADA, GFPI-G-037 por red de conocimiento donde se explique el motivo de la oferta del programa de formación

GRUPOS: Número de grupos a ofertar, en el caso de la presencialidad y a distancia debe de ser un renglónporprogramaasíseanvariosgruposdelmismoprogramadeformación.

CUPOS: Número de aprendices que ingresarán al programa de formación, en presencialidad deben ser de 30, salvo aquellas especialidades que por ley o norma requieran un número diferente de aprendices con aprobación previa por parte del área de planeación o de la Dirección Regional. En programas de formación con modalidad a distancia deben ser grupos de 50 multiplicados por el número de grupos. "Guía para la formulación de Metas de Formación Profesional" GFPI-G-030 V.3.

DURACIÓN DEL PROGRAMA: Debe contener la información que aparece en la resolución de aprobación del registro calificado del programa para los niveles Tecnólogo y Especialización Tecnológica, para los niveles Profundización Técnica, Técnico Laboral, Operario o Auxiliar, consultar la resolución de aprobación del programa expedida por la Dirección de Formación Profesional.

MUNICIPIO: Debe diligenciarse la información que se extrae de la resolución de aprobación del programa por parte del Ministerio de Educación Nacional para niveles Tecnólogo o Especialización Tecnológica, para los niveles Profundización Técnica, Técnico Laboral, Operario o auxiliar debe colocarse el nombre del municipio donde va a ser ofertado el programa de formación.

SEDE: Debe registrarse la ubicación exacta del lugar donde se va a ofertar el programa de formación de nivel Tecnólogo o Especialización tecnológica, la cual debe estar dentro del alcance de la resolución de registro calificado expedida por el Ministerio de Educación Nacional y que esté vigente. Para los programas Profundización Técnica, Técnico Laboral, Operario o Auxiliar se escriben los datos completos de la sede donde será ofertado y garantizar que cuenta con la infraestructura requerida para dictar la formación.

CÓDIGO PLANEACIÓN INDICATIVA: Información extraída del reporte de la indicativa en la primera columna donde aparece un código único que permite la ubicación del programa de formación ofertado. Este dato enlaza el acta con el aplicativo de la indicativa que es donde los centros registran la oferta de los programas en cada vigencia.

i “sugerencia de programa”, parametrización del programa en Sofia plus

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ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
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