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CIRCULAR 48 DEL 2025

(febrero 24)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Bogotá DC

Para: Directores Regionales, Subdirectores de Centros de Formación, Coordinadores de Formación Profesional y Coordinadores del Grupo de Apoyo Administrativo en Centros de Formación.
Asunto: Orientaciones para la asignación de monitoria
Bienestar al aprendiz 2025.

En el marco de la Resolución 2212 de 2008, modificada por las Resoluciones 176 de 2013 y 1234 de 2013, por medio de las cuales se establecen parámetros para el ejercicio de las monitorias (criterios de selección, convocatoria, cupos, duración de la monitoria y tipos de monitoria); la Dirección de Formación Profesional, establece las siguientes orientaciones para que los Centros de Formación adelanten en la vigencia 2025 las designaciones de monitorias a los aprendices que cumplan con los requisitos establecidos, como un reconocimiento a su destacado desempeño en la Formación Profesional Integral del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.

Proceso de Inscripción: Los Centros de Formación serán responsables de realizar el proceso de inscripción de los aprendices que deseen aplicar a la asignación del estímulo académico a través de monitorias. Para esto deberán solicitar al postulado, como mínimo, la siguiente información:

1. Nombre.

2. Documento de identidad.

3. Género.

4. Fecha de nacimiento.

5. Programa de formación y número de ficha.

6. Modalidad de formación (virtual, presencial o a distancia).

7. Centro de Formación al que pertenece.

8. Informar si pertenece a un grupo poblacional que requiera atención con Enfoque Pluralista y Diferencial.

9. Clase de Monitoria

10. Las demás que consideré el Centro de Formación para la validación en la convocatoria.

En los casos en los que se postulen aprendices para realizar monitorias como alternativa de etapa productiva, estos deben estar dentro de los tiempos establecidos para presentar las evidencias, de acuerdo con lo señalado en el reglamento del aprendiz.

Si el aprendiz beneficiario culminó la monitoria, puede ser beneficiario de esta, nuevamente, siempre y cuando se presente a la nueva convocatoria y cumpla con los requisitos y condiciones establecidas en ella, sin que haya finalizado su proceso formativo (etapa lectiva y etapa productiva).

Proceso de selección:

Es importante resaltar que los únicos criterios de selección aplicables al proceso son los indicados en la normatividad vigente, por lo que estos deben ser literalmente transcritos en los medios de divulgación y promoción de cada convocatoria.

Lista de elegibles: La lista de elegibles será conformada por el número total de aprendices que se presenten a la convocatoria incluyendo los que no hayan sido seleccionados por razón del límite de cupos disponibles y cumplan con el 100% de los requisitos para acceder al estimulo. Está será utilizada para los eventos en los cuales se presenten novedades que impliquen la liberación de cupos que deban ser reasignados.

- La Lista de eligibles contendrá el nombre y programa de formación al que pertenece el aprendiz que cumpliendo las condiciones de la convocatoria no fueron asignados como beneficiarios por el límite de cupos. Esta lista sólo podrá ser utilizada para la asignación de cupos ofrecidos en el marco de la convocatoria en la que se creó la lista, respetando el orden de asignación o acudiendo a los criterios de desempate establecidos en está circular.

- El aprendiz que es designado mediante el uso de la lista de elegibles como reemplazo, recibirá el recurso por el tiempo excedente que no fue utilizado por el aprendiz beneficiado inicialmente.

- Solo se podrán hacer los reemplazos una vez el aprendiz, inicialmente beneficiario, tenga la pérdida de la monitoria mediante acto administrativo en firme y teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestal.

Desempate: Cuando en la convocatoria surja un conflicto derivado del empate en los puntajes con participación de un menor de edad, prevalecerá el derecho del menor sobre el derecho de los demás participantes. Para el efecto de este primer (1) criterio de desempate debe indicarse en la respectiva convocatoria que emita el Centro de Formación, vale la pena precisar que se tomará como referente la edad que tenía al momento de la inscripción en la convocatoria.

Si el desempate es entre mayores de edad o entre menores de edad, se utilizará como segundo (2) criterio de desempate, seleccionar a quienes hayan obtenido mayor puntuación en los tres (3) primeros ítems de la prioridad de asignación establecidos por el Centro de Formación, si aplica.

Como tercer (3) criterio, se acudirá al sorteo en el cual estarán presentes el Subdirector del Centro, el Coordinador de Formación Profesional o quien haga sus veces y dos (2) representantes de los aprendices, quienes suscribirán el acta respectiva.

La asignación de monitores se debe realizar cumpliendo la normativa vigente. Si una vez consultada la normativa, se presentan dudas e inquietudes en su interpretación o aplicación, se deberá elevar las consultas de carácter jurídico al grupo de conceptos normativo de la Dirección Jurídica.

- Monitorias como alternativa para el desarrollo de la etapa productiva

Los aprendices que se postulen a monitorias como alternativa de etapa productiva, deberán cumplir con los requisitos definidos en la normativa correspondiente, así como con las condiciones establecidas para la realización de la etapa productiva, registrados en el numeral 8.4 de la Guía para el Desarrollo de la Etapa Productiva, registrada en Compromiso con código GFPI-G-040 y/o la vigente.

Seguimiento:

Las Subdirecciones deben monitorear la ejecución presupuestal de los recursos asignados por concepto de monitores, con el fin de garantizar su correcta ejecución durante la vigencia.

Una vez designados los monitores, los Centros de Formación deberán realizar un seguimiento mensualmente a los desembolsos, para verificar que los aprendices reciben oportunamente el reconocimiento del estímulo económico asignado.

Los Centros de Formación también deberán generar los documentos que sustentan la asignación de monitorias, con el fin de evidenciar el adecuado cumplimiento de la normativa vigente. Los registros documentales se organizarán según lo establecido en los lineamientos de la gestión documental del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA.

Cronograma:

En el anexo del presente documento se establecen los cronogramas de las convocatorias del primer y segundo semestre de la vigencia 2025, los cuales deben ser desarrollados acorde al presupuesto asignado para cubrir las dos (2) convocatorias, incluyendo todos los tipos de monitorias señaladas en el artículo 2 de la Resolución 2212 de 2008.

Los Centros de Formación podrán dar apertura a convocatorias adicionales a las dos (2) establecidas en este cronograma, siempre y cuando tengan la disponibilidad de recursos por el concepto interno monitores, para esto se debe informar por correo institucional a la Dirección de Formación Profesional, Grupo de Bienestar al Aprendiz y Relacionamiento con el Egresado, las razones que sustenten la decisión de abrir convocatorias adicionales y el cronograma en el que se van a realizar.

Cordialmente,

CLAUDIA PATRICIA FORERO LONDOÑO

Directora de Formación Profesional

Servicio Nacional de Aprendizaje SENA

ANEXO 1.

CRONOGRAMA DE CONVOCATORIAS DE MONITORIAS 2024 PRIMERA (1) SEMESTRE.

ACTIVIDADRESPONSABLEFECHA INICIOFECHA LIMITE
Publicación de los términos y condiciones de la convocatoria mediante circular emitida por el centro de formaciónCentros de Formación03/03/202505/03/2025
Divulgación de los términos y condiciones de la convocatoria a los aprendicesCentros de Formación03/03/202514/03/2025
Inscripción de los aprendices a través del formulario dispuesto por el Centro de formación.Centros de Formación03/03/202514/03/2025
Selección de monitoresCentros de Formación17/03/202521/03/2025
Trámite de Designación de monitores.Centros de Formación25/03/202531/03/2025
Fecha de inicio de actividades de los monitores.Centros de Formación01/04/2025

ANEXO 2.

CRONOGRAMA DE CONVOCATORIAS DE MONITORIAS 2025 SEGUNDA (2) CONVOCATORIA.

ACTIVIDADRESPONSABLEFECHA INICIOFECHA LIMITE
Publicación de los términos y condiciones de la convocatoria mediante circular emitida por el centro de formaciónCentros de Formación14/07/202517/07/2025
Divulgación de los términos y condiciones de la convocatoria a los aprendicesCentros de Formación14/07/202525/07/2025
Inscripción de los aprendices a través del formulario dispuesto por el Centro de formación.Centros de Formación14/07/202525/07/2025
Selección de monitoresCentros de Formación28/07/202501/08/2025
Trámite de Designación de monitores.Centros de Formación04/08/202508/08/2025
Fecha de inicio de actividades de los monitores.Centros de Formación11/08/2025
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ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
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