CIRCULAR 61 DE 2016
(marzo 11)
<fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE -SENA
| PARA: | DIRECTORES REGIONALES, COORDINADORES MISIONALES REGIONALES Y PERSONAS ENCARGADAS DEL PROGRAMA DE AMPLIACIÓN DE COBERTURA |
| ASUNTO: | Pago de ARL para aprendices del programa de ampliación de cobertura. |
En el marco del mejoramiento de las condiciones de calidad del Programa de Ampliación de Cobertura, y en aras de asumir la responsabilidad del SENA para el pago de ARL de sus aprendices, en concordancia con los lineamientos adjuntos de la Dirección Jurídica, atentamente se informa que la Dirección de Formación Profesional asignará el presupuesto requerido para asumir esta obligación, en las Regionales que cuenten con convenios de Ampliación de Cobertura vigentes.
Para lo anterior a partir de la fecha todas las afiliaciones a ARL deben hacerse a través de los Centros de Formación vinculados al programa, para lo cual se deben comunicar con Anemona Soto Ruiz asotor@sena.edu.co quien les brindará la información necesaria para realizar los reportes mensuales.
Cualquier inquietud o consulta adicional con gusto le será atendida por Miller Alarcón Miller.alarcon@sena.edu.co.
Agradezco su colaboración y apoyo,
Cordialmente,
MAURICIO ALVARADO HIDALGO
Director de Formación Profesional