CIRCULAR 62 DEL 2025
(marzo 13)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Bogotá, marzo 2025
Para: | Directores Regionales, Subdirectores de Centro de Formación Profesional Integral y Coordinadores Misionales Regionales, Dinamizadores Regionales y de Centro. |
Asunto: | Lineamientos sobre cambios de información en la ficha del candidato de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales - Sistema de Información DSNFT. |
Teniendo en cuenta que mensualmente se reportan los avances en las diferentes estrategias que tiene el proceso Gestión de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales -GECCL, como son: Proyectos Regulares, CampeSENA y Full Popular, se identificó la necesidad de inactivar los permisos en los cambios de la ficha de inscripción de los candidatos, ya que se estaban presentando algunos cambios irregulares de un mes a otro y los indicadores reportaban variaciones anormales en la ejecución de estas estrategias.
Una vez realizada esta inactivación, desde los centros de formación se evidenciaron otros problemas al momento de formalizar a los aspirantes, lo cual está creando un cuello de botella para dar continuidad a los proyectos. Por esta razón se activará nuevamente la opción de realizar estos ajustes en la ficha de caracterización de los aspirantes al proceso, sin embargo, se deberá tener en cuenta lo siguiente:
1. Realizar solo cambios que no afecten los reportes de indicadores mensuales enviados a planeación, es decir, no se debe ajustar la caracterización que suma a determinada estrategia, ya sea CampeSENA, Full Popular o Proyecto Regular.
2. De ser necesario el cambio, se debe tener en cuenta lo establecido en el Manual para Evaluar y Certificar Competencias Laborales V05 numeral 8.1.6 Atender Solicitudes de ECCL en donde se indica "(...) // Las solicitudes referentes a cambios en la clasificación de la población en el sistema de Información DSNFT, deberán ser previamente avaladas por medio del comité de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales del centro y soportado a través del formato acta vigente. Estas actas deberán ser remitidas a la Dirección General y serán verificadas en auditorias de Sistema.” El acta se enviará al correo electrónico grupocertificacioncl@sena.edu.co.
3. De identificarse algún cambio sin soporte de acta, se enviará un correo electrónico al subdirector y al dinamizador del centro, con copia al equipo de verificación y auditoría de la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo.
Cualquier inquietud sobre estos lineamientos se podrán contactar directamente con el dinamizador del proceso GECCL de esta Dirección, asignado a su regional.
Atentamente,
LUIS ALEJANDRO JIMÉNEZ CASTELLANOS
Director del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo