CIRCULAR 117 DE 2016
(julio 26)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
| PARA: | DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES, COORDINADORES MISIONALES, COORDINADORES ACADÉMICOS. |
| ASUNTO: | Orientaciones sobre la Articulación del SENA con la Educación Media en el marco de la calidad y la pertinencia. |
La Dirección de Formación Profesional en procura del mejoramiento continuo de la calidad y la pertinencia de la articulación del SENA con la educación media, establece las siguientes orientaciones para su alistamiento en segundo semestre del año 2016, y para optimizar los resultados de su ejecución en el 2017.
Actividades a desarrollar en el segundo semestre de 2016.
1. La dirección Regional debe verificar que todos los procesos de articulación estén soportados en los convenios suscritos y vigentes con las secretarias de educación - entidades territoriales certificadas en educación o con las instituciones educativas privadas, y que se estén aplicando los procedimientos establecidos para el desarrollo del programa, incluido el plan de acción.
2. Los programas objeto de Articulación con la Educación Media son los programas de nivel técnico del SENA que se encuentren en estado de ejecución en el aplicativo SOFIA PLUS, no a la medida, y programas que la totalidad de las competencias establecidas en el diseño curricular puedan ser desarrolladas en los grados 10 y 11; observando que los aprendices cumplan los requisitos de ingreso definidos en el diseño del programa. No se ejecutarán programas de formación de la red de Salud a través de articulación con la media.
3. Si algunas de las instituciones educativas que vienen en articulación con el SENA, se vinculan al proyecto de jornada única establecida por el MEN, deben garantizar la disponibilidad de tiempo requerido para el desarrollo del programa de formación articulado, de lo contrario el SENA no continuará con el programa de articulación para nuevos grupos. Se debe garantizar la culminación de la formación para los grupos que ya vienen en proceso de formación.
4. Todos los aspectos logísticos, tales como transporte o alimentación, requerida para el desarrollo de los programas articulados con el SENA, son responsabilidad de las secretarias de educación y las instituciones educativas.
Las direcciones regionales, los centros de formación junto con las secretarias de educación- entidades territoriales certificadas en educación, deben realizar el análisis sobre la pertinencia de los programas de formación a ejecutar en 2017 en Articulación con la Educación Media, teniendo en cuenta:
a) Relación del programa con las apuestas productivas de la región.
b) Duplicidad de programas en I E de la misma localidad y/o región.
c) Programas que han sido ofertados repetidamente por más de tres años consecutivos, analizando circunstancias como aspectos geográficos o económicos, que justifican continuar con la oferta de dichos programas.
d) Oportunidades de movilidad educativa de los egresados.
6. El Centro de Formación debe efectuar verificación técnica de las condiciones mínimas requeridas tanto en ambientes de aprendizaje como el perfil de los docentes para la ejecución del programa, el cumplimiento del plan de acción anual y el compromiso de los directivos de la institución educativa.
7. Con los insumos de análisis de pertinencia, verificación técnica y del compromiso de las directivas de las instituciones educativas para continuar en la ejecución de la articulación con el SENA, la dirección regional con los centros de formación y las secretarias de educación definirán:
a) La continuidad en el 2017 de las instituciones educativas en articulación con el SENA o su exclusión, cumpliendo el debido proceso.
b) Definición de los programas de formación a articular en 2017.
8. La dirección regional junto con el centro de formación en coordinación con las secretarias de educación podrán incluir nuevas instituciones a articular en año 2017, para reemplazar aquellas que sean excluidas de acuerdo al procedimiento establecido.
9. Para la incorporación de nuevas instituciones al programa de Articulación con la Educación Media se deben tener las siguiente prioridades
a) I.E ubicadas en zonas priorizadas para el posconflicto.
b) I.E. interesadas en desarrollar programas del Sector Agropecuario.
c) I.E. con orientación agroindustrial.
d) I.E. con infraestructura industrial.
10. Los centros de formación deberán hacer seguimiento y tomar las medidas que sean necesarias para garantizar la certificación de todos los aprendices que terminan grado 11 en 2016, previa verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos para ello. Se reitera la obligación de oportuno registro de las novedades de los aprendices en el aplicativo.
11. Para garantizar la certificación de los aprendices, los Instructores vinculados al programa de articulación deben estar programados hasta finalizar el año académico en las Instituciones educativas.
12. Para 2017 las metas de articulación del SENA con la educación media serán ¡guales a las metas establecidas para el 2016.
13. Las direcciones regionales del SENA tomaran las medidas a que haya lugar y verificaran que los Centros de formación articulen programas acordes con su tecnología medular.
14. La dirección regional es responsable de verificar que el programa de articulación se ejecute únicamente en municipios de su jurisdicción. En caso que se presente dificultad para atender un municipio y sea factible la atención a través de un Centro de Formación de otra Regional, deberá
existir delegación al Director Regional, por parte del Director General, para suscribir convenios con instituciones educativas y Secretarias de Educación fuera de su jurisdicción, Decreto 249 de 2004.
15. Es responsabilidad de la dirección regional la verificación de la suscripción del plan de acción anual entre los centros de formación y cada una de las instituciones educativas articuladas, para garantizar el compromiso y cumplimiento de la programación de instructores y la correcta ejecución de la formación.
16. Los centros de formación deben verificar en las instituciones educativas el cumplimiento de las condiciones locativas que posibiliten la formación técnica a estudiantes en condición de discapacidad; según Ley Estatutaria 1618 y la Resolución 1726 a través de la cual el SENA adoptó su política institucional que tiene por objetivo garantizar de manera progresiva el acceso de la población con discapacidad a toda la oferta de servicios, sin generar una atención paralela.
17. Se recomienda que la dirección regional en concertación con la secretaria de educación, en aquellos municipios donde hay varias Instituciones educativas articuladas con el SENA, se propicie el proceso de articulación con la media a través de la estrategia de nodos, (especialización de Instituciones educativas en una red de actividad económica y movilidad de estudiantes entre diferentes instituciones educativas) que permite a los aprendices seleccionar el programa de formación de su interés en el nodo que este se oferte, independientemente que esté en una LE diferente a la suya. Esto mejorará igualmente la pertinencia y diversidad de la oferta de formación.
18. En los casos donde se haya adoptado estrategia de nodos, las autoridades municipales, las entidades territoriales y la comunidad educativa de cada institución educativa, deberán garantizar que los estudiantes puedan asistir a las instituciones educativas donde se imparte la formación seleccionada.
REGISTRO-INGRESO-MATRICULA.
19. El proceso de Sensibilización a los estudiantes de grado 9o se debe iniciar en el mes de septiembre 2016 en las IE para garantizar el oportuno proceso de Registro y Matricula.
20. Los centros de formación deben garantizar el correcto diligenciamiento de las fichas y verificar que se realicen como oferta especial social, teniendo especial cuidado en que el nombre de la Institución educativa y el número de identificación DAÑE correspondan con los registros de las bases de datos del MEN y registrados en el aplicativo de gestión académica del SENA. Solamente puede crearse una ficha para cada grupo de formación de la institución educativa articulada, excepto cuando se trabaje por nodos, caso que se pueden vincular a una misma ficha estudiantes de diferentes instituciones educativas.
21. No pueden existir fichas asociadas a articulación del SENA con la educación media que no correspondan a programas de nivel técnico, de acuerdo con lo establecido en este lineamiento. Actividades tales como inducción, eventos o formación complementaria, no pueden ser reportados como programas articulados con la educación media.
22. Las actividades de registro, inscripción y matricula de aprendices debe empezarse entre noviembre y diciembre de 2016, hasta del último día hábil de febrero de 2017.
23. Las fechas de inicio y finalización de las actividades de formación, deben coincidir con las de inicio y finalización del calendario académico de las instituciones educativas. Para esto el centro de formación debe garantizar la oportuna contratación de los instructores.
24. Después del último día hábil del mes de febrero de cada año, no se podrán crear nuevas fichas (para calendario A), y después del último día hábil del mes de septiembre no se podrá crear nuevas fichas (para calendario B).
25. La fecha máxima para matricula de aprendices será 30 de marzo de 2017 para calendario A; y 31 de octubre de 2017 para calendario B.
26. Para garantizar que las actividades de registro, inscripción y matricula de aprendices en programas articulados, sean desarrollados en forma organizada se recomienda al centro de formación elaborar un cronograma planeando estas actividades con la participación de la coordinación académica, líder del programa de articulación y los responsables de administración educativa.
EJECUCIÓN DE LA FORMACIÓN DE PROGRAMAS ARTICULADOS
27. Los Aprendices de Articulación con la Educación Media, están cobijados por el reglamento del aprendiz SENA (acuerdo 07 de 2012) por tanto debe cumplirse lo ordenado en el artículo 22 de éste reglamento (proceso de formación, incumplimiento, deserción). Es importante tener en cuenta que en la articulación con la educación media se debe realizar la inducción a la formación.
Para garantizar la calidad de la Formación, la contratación de Instructores debe responder al perfil establecido en los diseños curriculares y a los tiempos previstos para el acompañamiento técnico pedagógico y la orientación de la formación en las Instituciones educativas articuladas de acuerdo con lo establecido en la circular No. 3-2011-000424 de 2011
| VARIABLE (HORAS) | INSTITUCIONES EDUCACIÓN MEDIA TÉCNICA PÚBLICAS | INSTITUCIONES EDUCACIÓN MEDIA ACADÉMICA PÚBLICAS | INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN MEDIA PRIVADAS |
| Ejecución anual del programa articulado | 880 | 880 | 880 |
| Ejecución anual etapa lectiva del programa articulado | 440 | 440 | 440 |
| Ejecución anual etapa productiva del Programa articulado | 440 | 440 | 440 |
| Horas anuales con docentes financiados por la Institución Educativa (IEM) para ejecutar formación en etapa lectiva | 240 | 0 | 440 |
| Horas anuales con instructor financiado por el SENA para ejecutar formación en etapa lectiva | 200 | 440 | 0 |
| Horas anuales con instructor financiado por el SENA para seguimiento etapa productiva | 44 | 44 | 44 |
| Horas anuales con instructor financiado por el SENA para acompañamiento técnico y pedagógico a docentes de Instituciones educativas | 24 | 44 | 41 |
29. Los Instructores vinculados a la articulación del SENA con la educación media pueden contemplar dentro de su contrato la orientación de formación titulada o complementaria del centro de formación siempre y cuando se garantice que el tiempo financiado con el presupuesto de articulación con la media se destine para tal fin. Se recomienda que los instructores a contratar estén localizados en los sitios donde prestará sus servicios.
El tiempo destinado por las Instituciones educativas para la articulación con la educación media con el SENA dentro de la jornada académica, debe ser prioritariamente para el desarrollo de la etapa lectiva, en caso que sea necesario se podrá concertar el desarrollo de las competencias de la etapa lectiva en jornadas adicionales o periodos de vacaciones o receso.
La etapa productiva puede ser efectuada en jornadas adicionales, previamente concertada con la institución educativa e incluida en el plan de acción.
30. La etapa productiva de los programas articulados con la educación media se ejecutan con base en los lineamientos y opciones establecidas en el capítulo V del reglamento de aprendices y lo establecido en la circular No 3-2011-000424 de 2011. El centro de formación en concertación con la Institución educativa debe garantizar el seguimiento a la etapa práctica.
31. Para los procedimientos de ingreso, ejecución de la formación y certificación, los requisitos y formatos a utilizar son los aprobados dentro del sistema integrado de gestión (compromiso).
32. Para actividades como encuentros o ferias que se planean en la ejecución de la formación en articulación con la educación media, el presupuesto requerido debe ser contemplado dentro del presupuesto del Centro de Formación.
CADENA DE FORMACIÓN
33. Los egresados de programas articulados con la educación media pueden acceder, por una sola vez, a otro programa de nivel técnico.
34. Los centros de formación previa concertación con las secretarias de educación o con las I.E, en el marco de la pertinencia, deberán destinar parte de su oferta educativa de tecnólogos para propiciar la cadena de formación, en programas de la misma área de desempeño o red de conocimiento, para egresados de articulación con la educación media.
35. Las direcciones regionales y los centros de formación, podrán concertar la orientación de programas de nivel tecnólogo en las instalaciones de las instituciones educativas, para propiciar la movilidad educativa de los egresados de programadle articulación con la educación media, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos para el registro calificado correspondiente.
36. El centro de formación deberá realizar actividades de divulgación en las Instituciones Educativas, sobre la oferta y las fechas de inicio de los programas de Frenólogos a los cuales podrán vincularse en el futuro.
Cordial Saludo
MAURICIO ALVARADO HIDALGO
Director de Formación Profesional