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CIRCULAR 125 DE 2011

(mayo 17)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Bogotá, D.C.,

PARA:SECRETARIO GENERAL, DIRECTORES DE AREA, JEFES DE OFICINA, COORDINADORES DIRECCION GENERAL, DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO Y COORDINADORES DE APOYO ADMINISTRATIVO
Asunto:Alcance circular 3-2011- 000116 del 13 de mayo de 2011.

Si por alguna circunstancia se considera necesario que la contratación y la ejecución de los contratos supere ta vigencia fiscal, lo ideal es que trámite la aprobación de cupos para comprometer presupuesto de vigencias futuras, trámites que se hacen en coordinación con la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.

Ahora bien, si se considera por razones excepcionales la opción de constituir reservas presupuéstales en el texto de la contratación deben quedar expuestas las razones que las justifiquen y en todo caso garantizando obligatoriamente que estas sean por valores mínimos y que por ningún motivo excedan los porcentajes legales establecidos (hasta 2% del presupuesto de funcionamiento y hasta el 15% del presupuesto de inversión).

Cordial saludo,

ORBIDIO VELANDIA NIÑO

Director Administrativo y Financiero

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Compilación Jurídica del SENA
ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
Última actualización: 
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