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CIRCULAR 132 DE 2025

(junio 6)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Bogotá, D.C.

Para:Directores, Regionales, Jefes de Oficina, Subdirectores de Centros de Formacion, Profesionales Contables, Tesoreros y Dependencias de la Direccion General
Asunto:Implementación del Decreto 0572 de 2025 - Ajuste en las tasas de retención en la fuente.

La presente circular tiene como fin informar sobre la expedición del Decreto 0572 del 28 de mayo de 2025, emitido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual establece ajustes en las bases de retención en la fuente, así como el incremento de tarifas de autorretención. Medida que busca ajustar el anticipo del impuesto sobre la renta en relación con la vigencia 2026.

Esta circular es dirigida a las personas responsables del registro y pago en la cadena presupuestal, con el objetivo de asegurar que las deducciones se realicen conforme a la normativa vigente. De este modo, se busca cumplir con las obligaciones formales y sustanciales que corresponden al SENA como agente de retención.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 0572 del 28 de mayo de 2025, a continuación, se presentan los principales cambios que deben ser tenidos en cuenta al momento de elaborar las obligaciones presupuestales, en cada una de las Regionales o Centros de Formación:

- Reducción de las bases mínimas de retención en UVT:

 La base mínima para aplicar retención en la fuente por concepto de compras fue reducida de 27 UVT (equivalentes a $1.344.573) a 10 UVT (equivalentes a $497.990).

- La base mínima para aplicar retención por prestación de servicios se redujo de 4 UVT (equivalentes a $199.196) a 2 UVT(equivalentes a $99.598).

- La base mínima para aplicar retención por productos agrícolas y pecuarios, bajó de 92 UVT (equivalentes a $4.581.508) a 70 UVT (equivalentes a $3.485.930) manteniendo una tarifa del 1.5%.

- La base mínima para aplicar retención en la compra de café pergamino o cereza bajó de 160 UVT (equivalentes a $7.967.840) a70 UVT(equivalentes a $3.485.930), con una tarifa del 0.5%.

- Ámbito de aplicación:

Todas las personas naturales o jurídicas, consorcios y/o uniones temporales, que suscriban contratos con el SENA.

- Fecha de entrada en vigor:

Las tarifas descritas con antelación entran en vigor a partir del 01 de junio del 2025.

Cordial saludo,

ADRIANA MILENA GASCA CARDOSO

Directora Administrativa Y Financiera (E)

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Compilación Jurídica del SENA
ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
Última actualización: 
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