Buscar search
Índice developer_guide

CIRCULAR 136 DE 2025

(junio 10)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Bogotá D.C.

Para:Directores de Área y Jefes de Oficina de la Dirección General, Directores Regionales y Subdirectores de Centro.
Asunto:Control sobre el uso y préstamo de instalaciones físicas, vehículos, bienes muebles de propiedad o se encuentren bajo la administración del SENA y la invitación de aprendices a eventos.

Mediante la presente circular la Asesora G05 del Despacho del Director General del SENA procede a dictar lineamientos sobre el ejercicio de control, vigilancia frente al uso y préstamo de bienes inmuebles de propiedad del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA.

El Decreto 249 de 2004, "Por el cual se modifica la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA", en el numeral 2o, atribuyo al Despacho del Director General, la facultad de "2. Ejercer la representación legal de la entidad". Competencia que otorga la vigilancia y control de la función administrativa de la entidad.

En concordancia, en los numerales 2 y 17 del artículo 15 del mismo Decreto se encuentra dentro de las facultades dadas a la Dirección Administrativa y Financiera el "2. Dirigir, coordinar, controlar y ejecutar los procesos y actividades requeridas en la Entidad para la administración de los recursos físicos, financieros, y prestación de servicios generales, con criterios de eficiencia y eficacia." Y en el numeral "17. Dirigir y controlar los procesos de contratación para el mantenimiento, conservación y seguros de bienes muebles e inmuebles y, autorizar previamente para efectos de la contratación que realicen los Centros de Formación, la celebración de los contratos de servicios personales, suministro, mantenimiento y reposición o mantenimiento del parque automotor"

Con el objetivo de que la institucionalidad del SENA se conserve y proteja, ante cualquier solicitud de alguna entidad de orden nacional distinta o de un particular para el uso y/o préstamo de las instalaciones físicas, vehículos, bienes muebles de propiedad o se encuentren bajo la administración del SENA, así mismo frente a la invitación de participación de aprendices a eventos que no se encuentren programados o no hagan parte de su formación se requiere a partir de la emisión de la presente circular contar con la solitud y autorización previa ante el despacho del Director General, cumpliendo las siguientes formalidades:

1. Solicitud

El interesado debe presentar o radicar su solicitud de maneja anticipada ante el despacho del Director General a través del correo electrónico: jorge.londono@sena.edu.co

2. Contenido de la Solicitud

La solitud frente al préstamo de las instalaciones físicas, vehículos, bienes muebles de propiedad o se encuentren bajo la administración del SENA y la invitación de aprendices a eventos, debe ser clara señalando fecha, hora, objetivo, datos del solicitante (nombre y identificación), programación y datos a donde se allegue la respuesta por parte del Director General.

3. Respuesta

La respuesta a la solicitud presentada se dará de manera oportuna teniendo en cuenta la fecha señalada y/o evento por el solicitante a través del mismo medio.

SILVIA JIMENA CAVANZO

Asesora G05 Despacho SENA

Dirección General

Logo de Avance Jurídico
Compilación Jurídica del SENA
ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
Última actualización: 
Servicio Nacional de Aprendizaje SENA - DRA © 2018 a 2024
×
Volver arriba