CIRCULAR 139 DE 2019
(septiembre 6)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Bogotá D.C.
| PARA: | DIRECTORES REGIONALES Y SUBDIRECTORES DE CENTRO DE FORMACIÓN |
| ASUNTO: | Afectación del cumplimiento de metas en el proceso de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales por movimientos de personal. |
Hemos observado con preocupación que algunos centros de formación han cambiado de funciones a las personas incorporadas en la planta de personal al proceso de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales como resultado de la "Convocatoria No. 436 del 2017 - SENA.
Teniendo en cuenta que esta dirección asignó el presupuesto requerido para el cumplimiento de la meta concertada 2019 con directores y subdirectores de centro, y partiendo de la base que el centro de formación cuenta con este personal para el proceso de certificación de competencias, atentamente solicito que en caso de asignación de funciones diferentes a este proceso a las personas incorporadas en nuestra planta de personal, el subdirector debe garantizar que el proceso de certificación no se afectará.
Finalmente, les informamos que esta Dirección no asignará recursos para contratos de prestación de servicios para sustituir a funcionarios de la regional o centro de formación que hayan sido separados del proceso de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales.
Atentamente,
HENRY HERNANDO LUNA SALCEDO
Director del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo
<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/CIRCULAR_SENA_0139_2019.pdf>