CIRCULAR 141 DE 2006
(septiembre 22)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
1-6060
Bogotá, D.C.
| Para: | Directores Regionales, Subdirectores de Centros de Formación, Coordinadores de Formación Profesional y Coordinadores del Grupo de Apoyo Administrativo en Centros de Formación. |
| Asunto: | Orientaciones convocatoria II-2026, Apoyo de Sostenimiento Regular. |
Con el fin de iniciar el cronograma de actividades para la Segunda Convocatoria de Apoyos de Sostenimiento Regular 2026, la Dirección de Formación Profesional brinda las siguientes orientaciones de las respectivas acciones y fases de la convocatoria, dirigida a los aprendices matriculados en programas de formación ocupacional (auxiliar, operario, técnico) y tecnológica en las modalidades presencial, virtual y a distancia, que cumplan los requisitos y condiciones establecidos en la Resolución No. 169 de 2022 y demás lineamientos institucionales vigentes.
En consecuencia, las regionales y centros de formación deberán garantizar el cumplimiento de las actividades, responsabilidades, términos y etapas definidas para el proceso de adjudicación de los apoyos, observando las disposiciones contenidas en la Guía de Apoyos Socioeconómicos GFPI-G-007 y las orientaciones que se presentan a continuación:
1. Cronograma de actividades para la ejecución de la Convocatoria II-2026 de Apoyo Regular:
En el Anexo - Cuadro 1 de la presente circular se establece el cronograma de actividades para el desarrollo de la Convocatoria II-2026 de Apoyo de Sostenimiento Regular. Las fechas allí definidas son de obligatorio cumplimiento por parte de las regionales y centros de formación, en atención a los términos establecidos para la adjudicación de los apoyos y la ejecución de los recursos asignados.
Los subdirectores de centro, en su calidad de ordenadores del gasto para la gestión de los Apoyos de Sostenimiento en los centros de formación, deberán garantizar el seguimiento permanente al cumplimiento de cada una de las actividades y etapas previstas, adoptando las acciones de control y gestión que resulten necesarias para asegurar la asignación oportuna de los cupos, la adecuada ejecución de los recursos y el cumplimiento de las metas institucionales definidas para la vigencia 2026.
De igual manera, se deberá realizar el monitoreo continuo de los avances de la convocatoria, identificando oportunamente posibles riesgos o situaciones que puedan afectar el desarrollo del proceso, con el fin de implementar las medidas preventivas y correctivas que correspondan.
Normatividad, procedimientos y lineamientos institucionales:
Para el desarrollo de la Convocatoria II-2026 de Apoyo de Sostenimiento Regular deberán observarse y aplicarse las disposiciones contenidas en el Acuerdo No. 008 de 2009, "Por el cual se reglamenta el monto de los apoyos de sostenimiento, su distribución y los criterios que permiten la operación de las condiciones para gozar de los mismos", así como en la Resolución No. 169 de 2022, "Por la cual se establecen los lineamientos para la adjudicación, seguimiento y desembolso de los apoyos de sostenimiento regular a los aprendices SENA".
De igual manera, deberán atenderse los procedimientos, guías, manuales y demás documentos formalizados en el Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol y publicados en la plataforma CompromISO, que aplican:
- GFPI-P-007 - Procedimiento Apoyos de Sostenimiento.
- GFPI-G-007 - Guía de Apoyos Socioeconómicos.
- GFPI-M-002 - Manual de Usuario de Apoyos de Sostenimiento Regular.
Así mismo, esta circular constituye un instrumento de orientación para la operación de la Convocatoria II-2026 y deberá ser observada y aplicada por las regionales y centros de formación en todas las actividades asociadas a la adjudicación, seguimiento y gestión de los apoyos de sostenimiento regular. Las orientaciones, instrucciones, lineamientos operativos y demás comunicaciones oficiales que sean emitidas por la Dirección de Formación Profesional durante el desarrollo de la convocatoria deberán ser acogidas e implementadas de manera oportuna por los centros de formación, especialmente cuando se requieran acciones para atender contingencias, incidencias operativas, ajustes funcionales del aplicativo o situaciones que puedan afectar la continuidad, trazabilidad y correcta ejecución del proceso.
Asignación presupuestal y distribución de cupos:
La asignación presupuestal para la Convocatoria II-2026 de Apoyo de Sostenimiento Regular se realizará con base en los cupos definidos para cada centro de formación y será formalizada mediante el acto administrativo presupuestal correspondiente, garantizando la disponibilidad de recursos necesarios para efectuar los desembolsos a los aprendices beneficiarios durante el período definido para la convocatoria.
La distribución de cupos efectuada por la Dirección de Formación Profesional responde a criterios técnicos orientados a favorecer una asignación equitativa de los recursos y atender las necesidades de la población objeto del beneficio. Para tal efecto, se consideraron, entre otros, los siguientes aspectos:
- Metas de formación del centro en programas de nivel técnico y tecnológico.
- Ubicación de los centros de formación en municipios priorizados dentro de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET).
- Indicadores de pobreza multidimensional reportados por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE).
- Comportamiento histórico de inscripción de aprendices en las convocatorias de apoyos de sostenimiento.
De conformidad con el cronograma establecido para la Convocatoria II-2026 y las disposiciones vigentes que regulan la adjudicación de los apoyos de sostenimiento regular, los beneficios serán otorgados para el período comprendido entre agosto y diciembre de 2026, equivalente a cuatro punto cinco (4.5) meses de apoyo. Es importante recordar que los recursos asociados a los apoyos de sostenimiento regular, financiados con cargo a la dependencia presupuestal 44, cuentan con destinación específica y deberán ejecutarse exclusivamente para el otorgamiento de este beneficio, de acuerdo con las disposiciones normativas y presupuestales vigentes.
En consecuencia, los centros de formación deberán adoptar las medidas administrativas, operativas y de seguimiento necesarias para garantizar la adjudicación oportuna de los cupos asignados, la adecuada gestión de las novedades que se presenten durante la ejecución de la convocatoria y el desembolso oportuno de los recursos a los aprendices beneficiarios.
Cuando se presenten novedades de suspensión, cancelación, retiro u otras situaciones que generen disponibilidad de cupos o saldos presupuestales durante la vigencia, los centros de formación podrán solicitar ajustes de cupos en cualquiera de las convocatorias programadas para el año, con el propósito de optimizar la ejecución de los recursos asignados y ampliar la cobertura del beneficio. Para tal fin, la Dirección de Formación Profesional realizará espacios periódicos de seguimiento a la ejecución de las convocatorias, en los cuales se analizarán las solicitudes de ajuste de cupos y la viabilidad de efectuar redistribuciones presupuestales entre centros de formación, conforme al comportamiento de la ejecución y la disponibilidad de recursos. En todo caso, no se tramitarán solicitudes de centralización de recursos por parte de los centros de formación.
Los centros de formación deberán propender por la ejecución del ciento por ciento (100 %) de los recursos asignados para apoyos de sostenimiento durante la vigencia, realizando seguimiento permanente a la ocupación de cupos, comportamiento de las novedades y oportunidades de reasignación, con el fin de maximizar el impacto de los recursos destinados al bienestar y permanencia de los aprendices.
Gestión de incidentes técnicos del aplicativo y aplicación del Formato de Trazabilidad:
Con el fin de garantizar la continuidad operativa de la Convocatoria II-2026 de Apoyo de Sostenimiento Regular, la protección de los derechos de participación de los aprendices y el cumplimiento de la normatividad vigente, los centros de formación deberán adoptar las medidas necesarias para asegurar el desarrollo del proceso cuando se presenten incidencias técnicas, errores funcionales, inconsistencias de información, bloqueos de registros o cualquier limitación operativa del aplicativo que impida la gestión de uno o varios aprendices.
En estos casos, el centro de formación deberá documentar la situación presentada y utilizar el Formato de Trazabilidad de Apoyo Regular (GFPI-F-192), dispuesto en CompromISO, conforme a la Guía de Apoyos Socioeconómicos y demás orientaciones emitidas por la Dirección de Formación Profesional. Este instrumento permitirá documentar y soportar las actuaciones relacionadas con la inscripción, verificación de requisitos, calificación, priorización, adjudicación, desembolsos, seguimiento y gestión de novedades de los aprendices que no puedan ser administrados a través del aplicativo.
La aplicación de este mecanismo deberá estar respaldada por evidencias que permitan verificar la situación presentada, tales como registros de error, capturas de pantalla, reportes a las mesas de servicio, comunicaciones institucionales u otros soportes pertinentes. Los centros de formación serán responsables de custodiar la documentación correspondiente y garantizar la integridad, disponibilidad, trazabilidad y verificabilidad de la información para efectos de seguimiento, control interno, auditoría y demás actuaciones administrativas a que haya lugar.
En ningún caso las incidencias tecnológicas o limitaciones operativas de los sistemas de información podrán constituirse en una barrera para la participación de los aprendices ni generar restricciones injustificadas para el acceso al beneficio. En consecuencia, los centros de formación deberán garantizar la aplicación de medidas que preserven los principios de igualdad, transparencia, publicidad, trazabilidad, debido proceso y selección objetiva, asegurando que todas las actuaciones se encuentren debidamente soportadas y documentadas.
Las orientaciones contenidas en el presente numeral constituyen una medida preventiva de gestión del riesgo operativo del proceso y buscan evitar afectaciones derivadas de la pérdida de información, interrupción de actividades, vencimiento de términos, reprocesos administrativos o cualquier situación que comprometa la adecuada ejecución de la convocatoria.
Las actuaciones adelantadas mediante la aplicación de este mecanismo se entenderán realizadas en el marco de los lineamientos institucionales impartidos por la Dirección de Formación Profesional, siempre que se encuentren debidamente documentadas, soportadas y orientadas al cumplimiento de la normatividad vigente en materia de apoyos de sostenimiento.
Agradecemos dar cumplimiento a las orientaciones establecidas en la presente circular y en particular a los lineamientos normativos y procedimentales del programa.
Atentamente,
CLAUDIA PATRICIA FORERO
Directora de Formación Profesional
Dirección General
Cronograma de actividades para la ejecución de la Convocatoria II-2026 Apoyo Regular.
| ACTIVIDADES | RESPONSABLE | FECHA DE INICIO | FECHA FINALIZACIÓN |
| Notificación Apoyos de Sostenimiento mediante circular | Dirección de Formación Profesional. | 5 de junio de 2026 | 5 de junio de 2026 |
| Resolución de Asignación presupuestal | Dirección de Formación Profesional. | 04 de junio 2026 | 04 junio de 2026 |
| Publicar, divulgar y dar a conocer los términos y condiciones de la convocatoria mediante circular emitida por el Centro de Formación según calendario académico. Nota. Durante este tiempo el Centro debe emitir circular para realizar divulgación incluyendo la fase de inscripción. | Centros de Formación | Desde el 09 de junio | Hasta el 12 de junio |
| Inscripción de los aprendices. Nota: Durante la fase de inscripción se debe reforzar la divulgación de la convocatoria y atender incidentes con bloqueos de inscripción asegurando que todos los aprendices sean inscritos por medio de Sofia Plus y/o manualmente. | Aprendices | Desde el 16 de junio | Hasta el 26 de junio |
| Generación y publicación del reporte de aprendices inscritos en el Centro de Formación | Centro de Formación | Diariamente, al finalizar el día a partir del 16 de junio | Hasta el 26 de junio |
| Publicación listado final de aprendices inscritos | Centro de Formación | 30 de junio de 2026 | |
| Entrega de documentación soporte | Aprendices | Desde el 16 de junio | Hasta el 03 de julio |
| Calificación y Priorización de los aprendices a través de SOFIA PLUS - Constitución Lista de elegibles | Centro de Formación | Desde el 06 de julio | 15 de julio |
| Publicación de lista de elegibles. | Centro de Formación | 16 de julio | |
| Ajustes de puntajes de priorización y calificación según observaciones de aprendices y/o ajustes del Centro de Formación. | Centro de Formación | 17 de julio | 22 de julio |
| Adjudicación de aprendices y generación de Resolución desde SOFIA PLUS | Gestor de Apoyos de Sostenimiento | 23 de julio | 30 de julio |
| Firma y Radicación de la Resolución de adjudicación cupos Convocatoria ll. | Subdirector Centro de Formación - Responsables de Apoyo de Sostenimiento | 23 de julio | 30 de julio |
| Notificación de la Resolución de adjudicación y encuentro con los Aprendices Nota: Durante esta fase se deberá realizar socialización de los deberes y obligaciones de los aprendices como beneficiario del apoyo. | Centro de Formación | A partir de la fecha de la Resolución de Adjudicación | |
| Reporte de novedades y registro de cuentas bancarias en SOFIA PLUS | Encargado Apoyos de Sostenimiento del Centro de Formación | Desde la fecha de adjudicación y hasta el último día del mes | |
| Descarga del reporte para desembolso mensual desde SOFIA PLUS (módulo: reporte para desembolso mensual) y envío de este conforme a los criterios de desembolso al grupo de apoyo administrativo Financiero del Centro de Formación. | Encargado Apoyos de Sostenimiento del Centro de Formación | Los tres (3) primeros días del mes vencido | |
| Desembolso correspondiente al mes (vencido) | Encargado Apoyos de Sostenimiento del Centro de Formación | Máximo al día 15 calendario de cada mes | |
| Reporte del resultado de los desembolsos (Efectivos - Rechazos) al encargado de apoyos de sostenimiento en el Centro de Formación | Encargado Apoyos de Sostenimiento del Centro de Formación | Máximo al día 20 calendario de cada mes | |
| Registro de los resultados de desembolso del mes en SOFIA PLUS (Módulo: Registro de Información de Desembolsos) | Encargado Apoyos de Sostenimiento del Centro de Formación | Del día 15 al 25 de cada mes | |
| Próximos reemplazos de las novedades registradas en la Convocatoria II-2026 | Centro de Formación | Del 1 al 19 de cada mes durante la vigencia 2026 | |
Asignación de cupos y presupuesto por Centro de Formación.
| REGIONAL | COD CEN | CENTRO DE FORMACIÓN | CUPOS | PRESUPUESTO |
| REGIONAL ANTIOQUIA | 9101 | CENTRO DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES - LA SALADA | 103 | $ 405.772.487 |
| REGIONAL ATLÁNTICO | 9103 | CENTRO PARA EL DESARROLLO AGROECOLOGICO Y AGROINDUSTRIAL | 120 | $ 472.744.620 |
| REGIONAL BOLÍVAR | 9104 | CENTRO AGROEMPRESARIAL Y MINERO | 137 | $ 539.716.774 |
| REGIONAL BOLÍVAR | 9105 | CENTRO INTERNACIONAL NÁUTICO, FLUVIAL Y PORTUARIO | 120 | $ 472.744.620 |
| REGIONAL BOYACÁ | 9110 | CENTRO DE DESARROLLO AGROPECUARIO Y AGROINDUSTRIAL | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL BOYACÁ | 9111 | CENTRO MINERO | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL CALDAS | 9112 | CENTRO PARA LA FORMACION CAFETERA | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL CAUCA | 9113 | CENTRO AGROPECUARIO | 137 | $ 539.716.774 |
| REGIONAL CESAR | 9114 | CENTRO BIOTECNOLOGICO DEL CARIBE | 122 | $ 480.623.697 |
| REGIONAL CÓRDOBA | 9115 | CENTRO AGROPECUARIO Y DE BIOTECNOLOGIA EL PORVENIR | 151 | $ 594.870.313 |
| REGIONAL HUILA | 9116 | CENTRO DE FORMACION AGROINDUSTRIAL | 120 | $ 472.744.620 |
| REGIONAL META | 9117 | CENTRO AGROINDUSTRIAL DEL META | 120 | $ 472.744.620 |
| REGIONAL MAGDALENA | 9118 | CENTRO ACUICOLA Y AGROINDUSTRIAL DE GAIRA | 122 | $ 480.623.697 |
| REGIONAL NORTE DE SANTANDER | 9119 | CENTRO DE FORMACION PARA EL DESARROLLO RURAL Y MINERO | 155 | $ 610.628.468 |
| REGIONAL QUINDÍO | 9120 | CENTRO AGROINDUSTRIAL | 86 | $ 338.800.311 |
| REGIONAL RISARALDA | 9121 | CENTRO ATENCION SECTOR AGROPECUARIO | 120 | $ 472.744.620 |
| REGIONAL SANTANDER | 9122 | CENTRO ATENCION SECTOR AGROPECUARIO | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL TOLIMA | 9123 | CENTRO AGROPECUARIO LA GRANJA | 120 | $ 472.744.620 |
| REGIONAL VALLE | 9124 | CENTRO AGROPECUARIO DE BUGA | 103 | $ 405.772.465 |
| REGIONAL VALLE | 9125 | CENTRO LATINOAMERICANO DE ESPECIES MENORES | 103 | $ 405.772.465 |
| REGIONAL VALLE | 9126 | CENTRO NAUTICO PESQUERO DE BUENAVENTURA | 103 | $ 405.772.465 |
| REGIONAL ANTIOQUIA | 9127 | CENTRO DE FORMACION PROFESIONAL MINERO AMBIENTAL | 103 | $ 405.772.465 |
| REGIONAL ANTIOQUIA | 9201 | CENTRO DE DISEÑO Y MANUFACTURA DEL CUERO | 103 | $ 405.772.465 |
| REGIONAL ANTIOQUIA | 9202 | CENTRO DE FORMACIÓN EN DISEÑO, CONFECCIÓN Y MODA. | 103 | $ 405.772.465 |
| REGIONAL ANTIOQUIA | 9203 | CENTRO PARA EL DESARROLLO DEL HABITAT Y LA CONSTRUCCIÓN | 103 | $ 405.772.465 |
| REGIONAL ANTIOQUIA | 9204 | CENTRO DE TECNOLOGÍA DE LA MANUFACTURA AVANZADA. | 103 | $ 405.772.465 |
| REGIONAL ANTIOQUIA | 9205 | CENTRO TECNOLÓGICO DEL MOBILIARIO | 103 | $ 405.772.465 |
| REGIONAL ANTIOQUIA | 9206 | CENTRO TECNOLÓGICO DE GESTIÓN INDUSTRIAL | 103 | $ 405.772.465 |
| REGIONAL ATLÁNTICO | 9207 | CENTRO NACIONAL COLOMBO ALEMAN | 120 | $ 472.744.620 |
| REGIONAL ATLÁNTICO | 9208 | CENTRO INDUSTRIAL Y DE AVIACION | 137 | $ 539.716.774 |
| REGIONAL DISTRITO CAPITAL | 9209 | CENTRO DE TECNOLOGIAS PARA LA CONSTRUCCION Y LA MADERA | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL DISTRITO CAPITAL | 9210 | CENTRO DE ELECTRICIDAD, ELECTRÓNICA Y TELECOMUNICACIONES | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL DISTRITO CAPITAL | 9211 | CENTRO DE GESTION INDUSTRIAL | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL DISTRITO CAPITAL | 9212 | CENTRO DE MANUFACTURA EN TEXTILES Y CUERO | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL DISTRITO CAPITAL | 9213 | CENTRO DE TECNOLOGIAS DEL TRANSPORTE | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL DISTRITO CAPITAL | 9214 | CENTRO METALMECANICO | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL DISTRITO CAPITAL | 9215 | CENTRO DE MATERIALES Y ENSAYOS | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL DISTRITO CAPITAL | 9216 | CENTRO DE DISEÑO Y METROLOGIA | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL DISTRITO CAPITAL | 9217 | CENTRO PARA LA INDUSTRIA DE LA COMUNICACIÓN GRAFICA | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL BOLÍVAR | 9218 | CENTRO PARA LA INDUSTRIA PETROQUIMICA | 120 | $ 472.744.620 |
| REGIONAL CALDAS | 9219 | CENTRO DE AUTOMATIZACION INDUSTRIAL | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL CALDAS | 9220 | CENTRO DE PROCESOS INDUSTRIALES | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL CAUCA | 9221 | CENTRO DE TELEINFORMATICA Y PRODUCCIÓN INDUSTRIAL | 137 | $ 539.716.774 |
| REGIONAL GUAJIRA | 9222 | CENTRO INDUSTRIAL Y DE ENERGIAS ALTERNATIVAS | 122 | $ 480.623.697 |
| REGIONAL RISARALDA | 9223 | CENTRO DE DISEÑO E INNOVACIÓN TECNOLOGICA INDUSTRIAL | 120 | $ 472.744.620 |
| REGIONAL SANTANDER | 9224 | CENTRO INDUSTRIAL DE MANTENIMIENTO INTEGRAL | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL SANTANDER | 9225 | CENTRO INDUSTRIAL DEL DISEÑO Y LA MANUFACTURA | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL TOLIMA | 9226 | CENTRO DE INDUSTRIA Y CONSTRUCCION | 120 | $ 472.744.620 |
| REGIONAL VALLE | 9227 | CENTRO DE ELECTRICIDAD Y AUTOMATIZACION INDUSTRIAL - CEAI | 103 | $ 405.772.465 |
| REGIONAL VALLE | 9228 | CENTRO DE LA CONSTRUCCION | 103 | $ 405.772.465 |
| REGIONAL VALLE | 9229 | CENTRO DE DISEÑO TECNOLOGICO INDUSTRIAL | 103 | $ 405.772.465 |
| REGIONAL VALLE | 9230 | CENTRO NACIONAL DE ASISTENCIA TECNICA A LA INDUSTRIA - ASTIN | 103 | $ 405.772.465 |
| REGIONAL QUINDÍO | 9231 | CENTRO PARA EL DESARROLLO TECNOLÓGICO DE LA CONSTRUCCIÓN Y LA INDUSTRIA | 86 | $ 338.800.311 |
| REGIONAL CUNDINAMARCA | 9232 | CENTRO INDUSTRIAL Y DESARROLLO EMPRESARIAL DE SOACHA | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL ANTIOQUIA | 9301 | CENTRO DE COMERCIO | 103 | $ 405.772.465 |
| REGIONAL ATLÁNTICO | 9302 | CENTRO DE COMERCIO Y SERVICIOS | 137 | $ 539.716.774 |
| REGIONAL DISTRITO CAPITAL | 9303 | CENTRO DE GESTION DE MERCADOS, LOGISTICA Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL BOLÍVAR | 9304 | CENTRO DE COMERCIO Y SERVICIOS | 137 | $ 539.716.774 |
| REGIONAL BOYACÁ | 9305 | CENTRO DE GESTION ADMINISTRATIVA Y FORTALECIMIENTO EMPRESARIAL | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL CALDAS | 9306 | CENTRO DE COMERCIO Y SERVICIOS | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL CAUCA | 9307 | CENTRO DE COMERCIO Y SERVICIOS | 137 | $ 539.716.774 |
| REGIONAL RISARALDA | 9308 | CENTRO DE COMERCIO Y SERVICIOS | 120 | $ 472.744.620 |
| REGIONAL SANTANDER | 9309 | CENTRO DE SERVICIOS EMPRESARIALES Y TURISTICOS | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL TOLIMA | 9310 | CENTRO DE COMERCIO Y SERVICIOS | 120 | $ 472.744.620 |
| REGIONAL VALLE | 9311 | CENTRO DE GESTION TECNOLÓGICA DE SERVICIOS | 103 | $ 405.772.465 |
| REGIONAL ANTIOQUIA | 9401 | CENTRO DE SERVICIOS DE SALUD | 103 | $ 405.772.465 |
| REGIONAL ANTIOQUIA | 9402 | CENTRO DE SERVICIOS Y GESTION EMPRESARIAL | 103 | $ 405.772.465 |
| REGIONAL DISTRITO CAPITAL | 9403 | CENTRO DE FORMACION DE TALENTO HUMANO EN SALUD | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL DISTRITO CAPITAL | 9404 | CENTRO DE GESTION ADMINISTRATIVA | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL DISTRITO CAPITAL | 9405 | CENTRO DE SERVICIOS FINANCIEROS | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL DISTRITO CAPITAL | 9406 | CENTRO NACIONAL DE HOTELERIA, TURISMO Y ALIMENTOS | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL ANTIOQUIA | 9501 | COMPLEJO TECNOLOGICO PARA LA GESTION AGROEMPRESARIAL | 103 | $ 405.772.465 |
| REGIONAL ANTIOQUIA | 9502 | COMPLEJO TECNOLÓGICO MINERO AGROEMPRESARIAL | 103 | $ 405.772.465 |
| REGIONAL ANTIOQUIA | 9503 | CENTRO DE LA INNOVACION, LA AGROINDUSTRIA Y EL TURISMO | 103 | $ 405.772.465 |
| REGIONAL ANTIOQUIA | 9504 | COMPLEJO TECNOLOGICO AGROINDUSTRIAL, PECUARIO Y TURISTICO | 103 | $ 405.772.465 |
| REGIONAL DISTRITO CAPITAL | 9508 | CENTRO DE FORMACION EN ACTIVIDAD FISICA Y CULTURA | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL CUNDINAMARCA | 9509 | CENTRO DE DESARROLLO AGROINDUSTRIAL Y EMPRESARIAL | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL CUNDINAMARCA | 9510 | CENTRO AGROECOLOGICO Y EMPRESARIAL | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL CUNDINAMARCA | 9511 | CENTRO DE LA TECNOLOGIA DEL DISEÑO Y LA PRODUCTIVIDAD EMPRESARIAL | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL CUNDINAMARCA | 9512 | CENTRO DE BIOTECNOLOGIA AGROPECUARIA | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL CUNDINAMARCA | 9513 | CENTRO DE DESARROLLO AGROEMPRESARIAL | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL BOYACÁ | 9514 | CENTRO INDUSTRIAL DE MANTENIMIENTO Y MANUFACTURA | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL CALDAS | 9515 | CENTRO PECUARIO Y AGROEMPRESARIAL | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL CAQUETÁ | 9516 | CENTRO TECNOLOGICO DE LA AMAZONIA | 154 | $ 606.688.929 |
| REGIONAL AMAZONAS | 9517 | CENTRO PARA LA BIODIVERSIDAD Y EL TURISMO DEL AMAZONAS | 154 | $ 606.688.929 |
| REGIONAL PUTUMAYO | 9518 | CENTRO AGROFORESTAL Y ACUICOLA ARAPAIMA | 137 | $ 539.716.774 |
| REGIONAL CASANARE | 9519 | CENTRO AGROINDUSTRIAL Y FORTALECIMIENTO EMPRESARIAL DE CASANARE | 137 | $ 539.716.774 |
| REGIONAL CESAR | 9520 | CENTRO AGROEMPRESARIAL | 122 | $ 480.623.697 |
| REGIONAL CESAR | 9521 | CENTRO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO MINERO | 122 | $ 480.623.697 |
| REGIONAL CHOCÓ | 9522 | CENTRO DE RECURSOS NATURALES, INDUSTRIA Y BIODIVERSIDAD | 154 | $ 606.688.929 |
| REGIONAL CÓRDOBA | 9523 | CENTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DE CORDOBA | 151 | $ 594.870.313 |
| REGIONAL GUAJIRA | 9524 | CENTRO AGROEMPRESARIAL Y ACUICOLA | 137 | $ 539.716.774 |
| REGIONAL HUILA | 9525 | CENTRO AGROEMPRESARIAL Y DESARROLLO PECUARIO DEL HUILA | 120 | $ 472.744.620 |
| REGIONAL HUILA | 9526 | CENTRO DE DESARROLLO AGROEMPRESARIAL Y TURISTICO DEL HUILA | 120 | $ 472.744.620 |
| REGIONAL HUILA | 9527 | CENTRO DE LA INDUSTRIA, LA EMPRESA Y LOS SERVICIOS | 120 | $ 472.744.620 |
| REGIONAL HUILA | 9528 | CENTRO DE GESTION Y DESARROLLO SOSTENIBLE SURCOLOMBIANO | 120 | $ 472.744.620 |
| REGIONAL MAGDALENA | 9529 | CENTRO DE LOGISTICA Y PROMOCION ECOTURISTICA DEL MAGDALENA | 122 | $ 480.623.697 |
| REGIONAL ARAUCA | 9530 | CENTRO DE GESTION Y DESARROLLO AGROINDUSTRIAL DE ARAUCA | 137 | $ 539.716.774 |
| REGIONAL VICHADA | 9531 | CENTRO DE PRODUCCIÓN Y TRANSFORMACION AGROINDUSTRIAL DE LA ORINOQUIA | 137 | $ 539.716.774 |
| REGIONAL META | 9532 | CENTRO DE INDUSTRIA Y SERVICIOS DEL META | 120 | $ 472.744.620 |
| REGIONAL GUAVIARE | 9533 | CENTRO DE DESARROLLO AGROINDUSTRIAL, TURISTICO Y TECNOLOGICO DEL GUAVIARE | 137 | $ 539.716.774 |
| REGIONAL NARIÑO | 9534 | CENTRO SUR COLOMBIANO DE LOGÍSTICA INTERNACIONAL | 122 | $ 480.623.697 |
| REGIONAL NARIÑO | 9535 | CENTRO AGROINDUSTRIAL Y PESQUERO DE LA COSTA PACIFICA | 122 | $ 480.623.697 |
| REGIONAL NARIÑO | 9536 | CENTRO INTERNACIONAL DE PRODUCCIÓN LIMPIA - LOPE | 122 | $ 480.623.697 |
| REGIONAL NORTE DE SANTANDER | 9537 | CENTRO DE LA INDUSTRIA, LA EMPRESA Y LOS SERVICIOS | 155 | $ 610.628.468 |
| REGIONAL QUINDÍO | 9538 | CENTRO DE COMERCIO Y TURISMO | 86 | $ 338.800.311 |
| REGIONAL SAN ANDRÉS | 9539 | CENTRO DE FORMACION TURISTICA, GENTE DE MAR Y DE SERVICIOS | 172 | $ 677.600.622 |
| REGIONAL SANTANDER | 9540 | CENTRO INDUSTRIAL Y DEL DESARROLLO TECNOLOGICO | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL SANTANDER | 9541 | CENTRO AGROTURISTICO | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL SUCRE | 9542 | CENTRO DE LA INNOVACION, LA TECNOLOGIA Y LOS SERVICIOS | 137 | $ 539.716.774 |
| REGIONAL VALLE | 9543 | CENTRO DE TECNOLOGIAS AGROINDUSTRIALES | 103 | $ 405.772.465 |
| REGIONAL VALLE | 9544 | CENTRO DE BIOTECNOLOGIA INDUSTRIAL | 103 | $ 405.772.465 |
| REGIONAL SANTANDER | 9545 | CENTRO AGROEMPRESARIAL Y TURISTICO DE LOS ANDES | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL SANTANDER | 9546 | CENTRO DE GESTION AGROEMPRESARIAL DEL ORIENTE | 82 | $ 323.042.157 |
| REGIONAL GUAINÍA | 9547 | CENTRO AMBIENTAL Y ECOTURISTICO DEL NORORIENTE AMAZONICO | 154 | $ 606.688.929 |
| REGIONAL VAUPÉS | 9548 | CENTRO AGROPECUARIO Y DE SERVICIOS AMBIENTALES JIRI - JIRIMO | 103 | $ 405.772.465 |
| REGIONAL ANTIOQUIA | 9549 | COMPLEJO TECNOLOGICO, TURISTICO Y AGROINDUSTRIAL DEL OCCIDENTE ANTIOQUEÑO | 103 | $ 405.772.465 |
| REGIONAL BOYACÁ | 9551 | CENTRO DE LA INNOVACION AGROINDUSTRIAL Y DE SERVICIOS -BOYACA | 82 | $ 323.042.157 |
| TOTAL | 12693 | $ 50.004.562.182 | ||