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CIRCULAR 158 DE 2016

(octubre 24)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PARA: Directores Regionales, Subdirectores de Centro y Coordinadores de Grupos de Apoyo Administrativo Mixto.
ASUNTO:Comunicación de las modificaciones al Instructivo No 3 para Selección de Personal: Trabajadores Oficiales.

Por medio de la presente circular se pone en su conocimiento el Instructivo No 3 para Selección de Personal: Trabajadores Oficiales, modificado parcialmente.

Con el fin de apoyar la correcta y oportuna ejecución de los procesos de selección para la provisión de cargos de Trabajador Oficial, la Secretaría General, a través del Grupo de Relaciones Laborales, prestará la asesoría y apoyo técnico que requieran las Regionales y Centros de Formación para gestionar los concursos, comunicándose a la extensión 12518 o remitiendo sus inquietudes al correo relacioneslaborales@sena.edu.co

Cordial saludo,

MILTON NUÑEZ PAZSecretario General

INSTRUCTIVO No 3

PARA SELECCIÓN DE PERSONAL:

TRABAJADORES OFICIALES

A. PRESENTACION

Por el cual se imparten instrucciones de procedimiento para la provisión de los cargos de Trabajador Oficial en el SENA.

DESTINATARIOS: Secretaria General, Subdirectores de Centros de Formación Profesional Integral, Coordinadores de Grupo Administrativo de las Regionales, Comité Convencional Nacional y Comités Convencionales Regionales.

VIGENCIA: A partir de la fecha de expedición de la Circular que lo comunique.

APLICABILIDAD: En la Dirección General, Dirección Regional y Centros de Formación Profesional en las Regionales.

JUSTIFICACION: Con fundamento en la Convención Colectiva de Trabajo vigente, se establecen pautas y procedimientos en el proceso de provisión definitiva de las vacantes de los Trabajadores Oficiales en el SENA.

OBJETIVO: Garantizar la debida aplicación y cumplimiento de la Convención Colectiva vigente y realizar los procesos de selección en los diferentes Centros de Formación Profesional Integral de las Regionales teniendo en cuenta los principios de igualdad de condiciones, imparcialidad, selección objetiva, moralidad, eficacia, publicidad y tecnicidad.

NORMATIVIDAD: Convención Colectiva de Trabajo; Resolución 1303 del 4 de julio de 2012; otras normas y circulares modificatorias o complementarias

RESPONSABILIDAD: La responsabilidad en la divulgación y aplicación de la convocatoria a concurso será de:

a) En la Dirección General: Grupo de Relaciones Laborales o quien haga sus veces

b) En las Regionales: La Dirección Regional.

El Comité Convencional Nacional, con el propósito de garantizar la transparencia, tecnicidad y objetividad de estos procesos, podrá revisar las etapas de validación de los resultados producto del análisis de requisitos, elaboración, aplicación y calificación de las pruebas de medición de actitudes, conocimientos técnicos y entrevista, antes o después de que sea provista la vacante.

El Grupo de Relaciones Laborales de la Secretaria General y/o el Comité Convencional Nacional, darán el apoyo y asesoría que requieran las regionales o Centros de Formación, y en caso de presentarse anomalías comprobadas en el proceso de selección, podrán ordenar la suspensión o anulación de un proceso en cualquiera de sus etapas.

B. DISPOSICIONES GENERALES

B.1. ETAPAS DEL PROCESO DE PROVISION DE UNA VACANTE DEFINITIVA DE TRABAJADOR OFICIAL (Convención Colectiva de Trabajo):

1. Traslado Horizontal

2. Aceptación Elegibilidades obtenidas en concurso para personal vinculado.

3. Convocatoria para personal vinculado.

4. Aceptación Elegibilidades obtenidas en concurso para personal no vinculado.

5. Convocatoria para personal no vinculado.

Cuando se trate de proveer vacante(s) en la especialidad de Aseador, no es procedente agotar tapa de elegibilidades para personal vinculado ni hacer convocatoria para personal vinculado, por lo cual, si en la etapa de traslado horizontal no hay solicitudes, se debe pasar directamente a etapa de convocatoria a concurso para personal no vinculado.

Cuando se trate de proveer vacante(s) en la especialidad de conductor o auxiliar de enfermería el proceso de provisión definitiva se adelantará hasta agotar la etapa de concurso de personal vinculado, debiéndose adelantar todo el proceso de selección en esa especialidad. De presentarse elegibilidades o aspirantes a concurso de personal vinculado deberá abrirse el proceso de selección en otra especialidad que necesite el respectivo Centro de Formación.

Cuando se trate de proveer vacante(s) en la especialidad de Auxiliar de Cocina u Operario de Almacén, el proceso de provisión definitiva se hará hasta agotar la etapa de traslado horizontal.

D. no presentarse solicitudes de traslado deberá abrirse el proceso de selección en otra especialidad que necesite el respectivo Centro de Formación.

B.2. TRASLADO HORIZONTAL

Se produce Traslado Horizontal, cuando se provee un cargo en vacancia definitiva, con un bajador en servicio activo, que ocupe un cargo de trabajador oficial del SENA dentro de la misma denominación, de un Centro o Regional a donde exista la vacante. No es procedente proveer cargos de trabajadores oficiales en vacancia definitiva en especialidades de Conductor o Auxiliar de Enfermería si el cargo que se origina no corresponde a una de estas especialidades.

Cuando se produzca una vacante definitiva, la Dirección Regional convocante, deberá tener en cuenta los siguientes aspectos:

> Tener definida la especialidad en la que se proveerá el cargo, teniendo en cuenta las necesidades del servicio justificadas por el Subdirector del Centro donde se encuentre la vacante.

El aviso de Traslado Horizontal que se haga para proveer la vacante disponible, debe contener o mínimo la siguiente información, de acuerdo con el modelo anexo:

1. Número de radicación y fecha del aviso.

2. Identificación del Centro de Formación Profesional y la Regional donde se encuentra la vacante

3. Identificación del cargo vacante - Especialidad en que se requiere proveer.

4. Número de vacantes a proveer

5. Identificación clara de la dependencia encargada del proceso

6. Plazo establecido para la presentación de las solicitudes de traslado, que como mínimo debe ser de tres (3) días hábiles

7. Firma del Director Regional respectivo.

Una vez agotado el término establecido en el aviso de traslado horizontal divulgado por la Regional, se le remitirán al Comité Convencional de la respectiva Regional o el Nacional, según el caso, las solicitudes de traslado que se hayan presentado para que emita concepto sobre la persona que debe ser trasladada.

Cuando se trate de solicitudes de traslado entre regionales, una vez el comité convencional de la regional donde se encuentra la vacante identifique a la persona que será trasladada, remitirá la información Comité Convencional Nacional para emitir concepto ante la Secretaría General, como dependencia competente para ordenar el traslado.

B.3. ACEPTACIÓN ELEGIBILIDADES OBTENIDAS EN CONCURSO PARA PERSONAL VI CULADO:

Si no existen solicitudes de Traslado Horizontal, la Regional procederá a constatar si existen o no en el SENA elegibilidades vigentes del Personal Vinculado (Trabajadores Oficiales), para lo cual deben tenerse en cuenta los siguientes aspectos.

> Solicitar al Grupo de Relaciones Laborales de la Dirección General la información de las listas de elegibles vigentes en la respectiva especialidad.

> La elegibilidad debe ser en la misma especialidad en la que se requiere proveer el cargo.

> Las elegibilidades se aplican en el SENA a nivel nacional.

En caso de que exista una sola lista de elegibles vigente, el Subdirector del Centro de Formación procederá a nombrar a la persona en turno, según el reporte del Grupo de Relaciones Laborales de la Dirección General; si hay varias listas vigentes, el Grupo de Relaciones Laborales optará por enviar la que se haya expedido primero.

B.4. CONVOCATORIA PARA PERSONAL VINCULADO:

Si no hubiere listas de elegibles de personal vinculado, el Director Regional procederá a realizar la convocatoria para personal vinculado; se entiende por personal vinculado, los Trabajadores Oficiales que se encuentran vinculados a la entidad mediante Contrato de Trabajo a Término Indefinido, que hayan superado el Período de Prueba de dos (2) meses.

La convocatoria, cuyo modelo se anexa, debe ser elaborada por la Dirección Regional, de conformidad con la Resolución 1303 de 2012, la cual será publicada y divulgada ampliamente a ni el nacional; la divulgación debe hacerse por un término de ocho (8) días hábiles.

En la convocatoria debe indicarse el tipo de prueba que se aplicará en el concurso, su valor porcentual y su carácter (sumatorio o eliminatorio); según la Convención Colectiva, en los procesos de concurso para personal vinculado, es el siguiente:

PruebasCarácterMínimo AprobatorioValor %
1Medición de AptitudesSumatoria-----20
2Conocimientos TécnicosSumatoria-----45
3EntrevistaSumatoria-----10
4Calificación Hoja de VidaClasificatoria-----25

El puntaje mínimo aprobatorio para superar el concurso es del 60%

La convocatoria es la norma que regula el concurso y obliga tanto a la administración como a los concursantes, por lo tanto no podrá cambiarse una vez iniciada la fase de divulgación, salvo en los siguientes aspectos:

- Término y lugar para las inscripciones,

- Fecha de los Resultados de las inscripciones,

- Fecha, hora y lugar en que se llevará a cabo la aplicación de las pruebas.

Las modificaciones a alguno de los 3 aspectos, deben ser informados mediante un comunicado, el cual será publicado en lugar visible y de acceso al público en la Regional y en las páginas Web del SENA, con un mínimo de 48 horas de anticipación a la(s) nueva(s) fecha(s).

Una vez se inicie la divulgación de la convocatoria, no se aceptarán traslados, ni cambios de especialidad.

Las funciones y requisitos que se anoten en la convocatoria debe corresponder al Manual de Funciones y Requerimientos vigente, y no podrán ser disminuidos ni aumentados; el manual puede ser consultados en el ftp://172.16.2.69/ Relaciones Laborales Dígenerall/Concursos T bajadores Oficiales.

La Dirección Regional respectiva realizará una amplia divulgación del concurso, garantizando que s a conocida por todos los Centros y Dependencias del SENA a nivel nacional, haciendo uso de lo siguientes mecanismos de publicidad:

> Carteleras y lugares visibles y de acceso al público en la Regional

> Medios de divulgación hacia las otras Regionales y Centros de Formación del país: correo electrónico, página Web, intranet.

El Aviso de Convocatoria deberá desfijarse al finalizar el último día establecido para el cierre de inscripciones, de lo cual se dejará constancia escrita por el Director Regional y el Comité Convencional respectivo.

Si se inscriben uno o más trabajadores oficiales de la entidad al concurso, la Regional lo adelantará en la forma indicada en el literal C de este instructivo y proveerá el cargo con la persona que obtenga el primer puesto.

Para que se adelante el concurso de méritos, debe presentarse por lo menos un (1) aspirante a concurso que cumplan requisitos mínimos exigidos por Convocatoria.

B.5. ACEPTACIÓN ELEGIBILIDADES OBTENIDAS EN CONCURSO PARA PERSONAL NO VI CULADO:

Si al hacer la convocatoria para personal vinculado no hay inscritos, o quienes lo hicieron no cumplen los requisitos, una vez declarado desierto el concurso, la Regional donde se encuentre la vacante debe proceder a revisar las listas de elegibles de personal NO vinculado, para lo cual deben tenerse en cuenta los siguientes aspectos:

> Solicitar al Grupo de Relaciones Laborales de la Dirección General la información de las listas de elegibles vigentes de personal NO vinculado, en la respectiva especialidad

> La elegibilidad debe ser en la misma especialidad en la que se requiere proveer el cargo.

> Las elegibilidades se aplican en el SENA a nivel nacional.

En caso de que exista una sola lista de elegibles vigente, el Subdirector del Centro de Formación procederá a nombrar a la persona en turno, según el reporte del Grupo de Relaciones Laborales

d la Dirección General; si hay varias listas vigentes de personal NO vinculado, el Grupo de Relaciones Laborales optará por enviar la que se haya expedido primero.

B.6. CONVOCATORIA PARA PERSONAL NO VINCULADO:

Si no hubiere listas de elegibles el Director Regional procederá a realizar la convocatoria al concurso para personal NO vinculado, siguiendo las indicaciones del numeral 3o de este instructivo, con las siguientes especificaciones adiciónales:

La publicación y divulgación de la convocatoria para personal NO vinculado, además de hacerse a través de los mecanismos establecidos en el numeral 3o de este instructivo, debe también hacerse a través de un periódico de amplia circulación Regional, utilizando el modelo adjunto.

Las pruebas en este concurso de personal NO vinculado, tienen el siguiente valor porcentual y característica, que debe consignarse en la convocatoria:

PruebasCarácterMínimo AprobatorioValor %
1Medición de AptitudesEliminatorio60%30
2Conocimientos TécnicosEliminatorio70%45
3EntrevistaSumatoria-----10
4Calificación Hoja de VidaClasificatoria-----15

El puntaje mínimo aprobatorio para superar el concurso es del 60%

C. ETAPAS DEL PROCESO DE CONCURSO

C.1. ELABORACION, DIVULGACION Y PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA A CONCURSO:

Ver numerales B.4 y B.6, de la parte general de este Instructivo.

C.2. INSCRIPCIONES:

Consiste en la recepción de la totalidad de la documentación, que un aspirante presenta a un concurso, dentro del término establecido en la convocatoria.

En esta etapa no es procedente, por ningún motivo, rechazar una(s) solicitud(es) de Inscripción.

Formularios para concursar: Debe utilizarse el formulario y la credencial de inscripción elaboradas para el efecto por el Grupo de Relaciones Laborales de la Dirección General, que se encuentran en el ftp://172.16.2.69/ Relaciones Laborales Digeneral//Concursos Trabajadores Oficiales.

Todas las Regionales de la Entidad tienen acceso al formulario y a la credencial de inscripción y d ben suministrarlos a cualquier persona interesada en inscribirse para un concurso.

formulario de Inscripción impreso y la credencial completamente diligenciados con la formación completa de la hoja de vida y toda la documentación de estudios, experiencia y capacitación, deberán ser entregados por el interesado en las Oficinas de Administración de documentos señaladas en la convocatoria, mediante comunicación escrita y radicada, dirigida al Director Regional correspondiente.

La hoja de vida con sus respectivos soportes deberá ser entregada por el concursante en sobre sellado, foliada y organizada por:

1. Estudios

2. Experiencia y

3. Capacitación.

La totalidad de documentación aportada al concurso deberá ser presentada en fotocopias legibles, no serán tenidas en cuenta las que presenten tachaduras o enmendaduras.

No se aceptarán certificaciones de Estudios, Experiencia o Capacitación que se presenten con posterioridad al cierre de la hora de inscripción, por cuanto se consideran extemporáneas.

El término para las inscripciones no podrá ser inferior a cinco (5) días hábiles. El ultimo día, las inscripciones se cerrarán una (1) hora antes de terminarse la jornada laboral en el SENA.

Una vez finalizado el término para las inscripciones, se levantará un acta que suscribirá la persona d signada por el Director Regional o por la Secretaría General para el análisis de requisitos y los integrantes del respectivo Comité Convencional, en la que se dejará constancia del número de personas inscritas, nombre, número consecutivo de la inscripción dado por la respectiva Oficina de Administración de documentos y el número de folios presentados por cada uno en la inscripción; copia de esta acta será fijada a más tardar el día siguiente en lugar visible y de acceso al público, donde permanecerá hasta la fecha prevista para la aplicación de la primera prueba.

Cuando un Trabajador Oficial se presente a concurso para personal no vinculado, aceptará las condiciones del concurso, sin tener en cuenta su vinculación al SENA.

Toda Regional deberá hacer uso de las Credenciales de Inscripción debidamente numeradas, a fi de controlar el ingreso a las diferentes pruebas.

C.3. ANÁLISIS DE REQUISITOS:

El funcionario designado por el Director Regional para realizar la verificación de requisitos, procederá a realizar la verificación de requisitos dentro del término establecido en la convocatoria.

E esta etapa no se podrán recibir o solicitar certificaciones para el cumplimiento de los requisitos exigidos para el cargo.

Esta etapa consiste en la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos, audios, experiencia, capacitación, para un cargo de trabajador oficial, frente a los documentos aportados en la etapa de inscripción, por parte del aspirante.

Equivalencias: Los requisitos del Manual de Funciones y Requerimientos de los Trabajadores iniciales, no podrán ser disminuidos o aumentados, sin embargo, de acuerdo al tipo de concurso (personal vinculado o no vinculado), se ha dispuesto la compensación de requisitos con equivalencias, las cuales pueden ser consultadas en el Manual de Funciones Y Requerimientos de los Trabajadores Oficiales.

El funcionario que haga el análisis de requisitos, entregará un informe al Director Regional, en el cual se evidencien los listados de admitidos y no admitidos, acompañados de los documentos soportes; en el caso de los no admitidos debe indicarse expresamente la razón, para que sea publicada en los resultados de esta etapa.

La Regional publicará en lugar visible y de acceso al público y en las páginas Web del SENA los listados de admitidos y no admitidos al concurso.

Es de aclarar que las personas que hayan sido eliminadas o no hayan superado un concurso anterior, no quedan inhabilitados para participar en otro concurso del SENA.

Ejemplo de Análisis de Requisitos:

Regional AB, convoca a concurso para proveer un cargo de Oficial de Mantenimiento en la especialidad de Albañilería y Plomería.

Los requisitos mínimos para este cargo son:

Estudios: Undécimo (11o) grado de educación media y CAP SENA o su equivalente relacionado con las funciones del cargo.

Experiencia: Veinticuatro (24) meses relacionados con las funciones del cargo.

> El aspirante NN, presenta su formulario de inscripción con la siguiente documentación:

CAP SENA en la especialidad de Construcciones

Certificación laboral de la empresa ABJL, LTDA en la cual desempeño el cago de oficial de construcción, con las siguientes funciones: Enchapes y mampostería, instalaciones hidráulicas y sanitarias, Pintura y construcción de muros en concreto reforzado, con las siguientes fechas: del de febrero de 1997 al 30 de septiembre de 1999.

Certificado laboral de la empresa JJJ, & CIA en la cual desempeño el cargo de Auxiliar Administrativo, con funciones de apoyo administrativo y operativo, con las siguientes fechas del e octubre de 1999 al 10 de octubre de 2000.

Certificación laboral de la empresa Ferretería El Tormíllo Goloso, en la cual desempeño el cargo de Cajero, con las siguientes funciones: Manejo de la caja menor, compra de elementos cuantía menor a $ 100.000, pagador de cheques a proveedores con las siguientes fechas: del de noviembre de 2000 al 30 de diciembre de 2000.

Declaraciones extrajuicio de terceros, en las cuales se observa la realización de actividades independientes como maestro de obra, en varias construcciones en la ciudad de Bogotá, en la al desempeño las funciones de realización de tareas relacionadas con la instalación de redes ro-sanitarias, desagüe de aguas lluvias, enchape de pisos y paredes, instalaciones eléctricas, revisión y mantenimiento de subestaciones eléctricas, manejo de plantas eléctricas, con las siguientes fechas: del 5 de mayo de 2000 al 1o de noviembre de 2002.

Cinco certificaciones de cursos de capacitación en: 1. Mampostería 80 horas; 2. Windows XP 60 ras; 3. Mecánica automotriz básica; 4. Instalaciones Hidro-sanitarias 140 horas; 5. Instalación redes de aguas lluvias y negras 220 horas.

Resultado del Análisis:

Revisada la documentación aportada por el aspirante, se tendrán en cuenta los siguientes: Estudios: CAP SENA en la especialidad de Construcciones

Experiencia:

Certificación laboral de la empresa ABJL, LTDA en la cual desempeño el cago de oficial de Construcción, con las siguientes funciones: Enchapes y mampostería, instalaciones hidráulicas y sanitarias, Pintura y construcción de muros en concreto reforzado, con las siguientes fechas: del 1 de febrero de 1997 al 30 de septiembre de 1999.

Total tiempo de experiencia acreditada: 2 años 7 meses

Declaraciones extrajuicio de terceros, en las cuales se observa la realización de actividades independientes como maestro de obra, en varias construcciones en la ciudad de Bogotá, en la cual desempeñó las funciones de realización de tareas relacionadas con la instalación de redes Hidro-sanitarias, desagüe de aguas lluvias, enchape de pisos y paredes, instalaciones eléctricas, revisión y mantenimiento de subestaciones eléctricas, manejo de plantas eléctricas, con las siguientes fechas: del 5 de mayo de 2000 al 1o de noviembre de 2002.

T tal tiempo de experiencia acreditada: 2 años 6 meses

Gran Total Experiencia acreditada: 5 años, frente a la exigida que es 2 años o 24 meses.

Conclusión, el aspirante cumple requisitos mínimos

La capacitación presentada por el aspirante no se tiene en cuenta como requisito mínimo para s r admitido al concurso.

Las restantes certificaciones laborales, no podrían ser tenidas en cuenta, por cuanto las funciones no están relacionadas con el cargo de Oficial de Mantenimiento en la especialidad de Albañilería y plomería.

C.4. PRUEBA DE MEDICION DE APTITUDES:

Esta prueba es de aplicación grupal, en igualdad de condiciones para la totalidad de participantes. Su objeto es evaluar las capacidades y/o habilidades mentales propias de un individuo para desempeñar en forma idónea un conjunto de funciones o actividades propias del cargo en concurso.

Debe ser aplicada y calificada por un profesional en Psicología designado por el SENA

En esta etapa no se deben aplicar pruebas de personalidad.

Esta prueba debe ser elaborada y aplicada por el SENA (Artículo 60 de la Convención Colectiva d Trabajo), utilizando un instrumento actualizado y estandarizado para selección de personal con fines laborales.

C.5. PRUEBA DE CONOCIMIENTOS TECNICOS VALOR PORCENTUAL 45% (Teórica 15% y Práctica 30%):

Esta prueba es elaborada, aplicada y calificada por dos jurados designados por el Comité Convencional respectivo de la Dirección General o la Regional según el caso (artículo 61 de la Convención).

Esta prueba pretende valorar las capacidades, conocimientos, habilidades y manejo de procesos o técnicas propias de la totalidad de las funciones de un cargo, establecidas por el Manual de Funciones vigente. De acuerdo con la naturaleza de las funciones de los Trabajadores Oficiales,

es, conveniente aplicar pruebas prácticas, además de la teórica, a fin de dimensionar el potencial técnico - operativo de un concursante (destreza, habilidad, manejo de procesos de técnicas, etc.).

La prueba escrita de conocimientos técnicos tendrá un valor del 15%, será de aplicación grupal y deberá ser un instrumento objetivo de Selección Múltiple con única respuesta, la cual debe sentar un enunciado (claro y concreto) y cuatro (4) opciones de respuesta de las cuales una es clave; es decir, la respuesta correcta, para tal fin deberá tener en cuenta las siguientes recomendaciones:

  1. Debe ser válido y confiable
  2. Utilizar los números (1,2....)para designar los ítems o preguntas y las letras (a,b,.) para las opciones de respuesta.
  3. Ordenar las preguntas en el Cuadernillo de preguntas por ejes temáticos.
  4. Evitar hacer uso de preguntas o ítems y respuestas con enunciados negativos.
  5. Evitar tipo de preguntas de opinión.
  6. Evitar preguntas personalizadas
  7. Evitar el uso de expresiones: Ninguna de las Anteriores, Todas las Anteriores.
  8. Podrá hacer uso de gráficos, esquemas o ayudas visuales.
  9. Asegurarse de que la pregunta o ítem contenga una y solo una respuesta correcta.
  10. No utilizar en las opciones respuestas que induzcan la clave o respuesta correcta.
  11. Elaborar preguntas que exploren niveles de conocimientos en el área del conocimiento que se pretenda evaluar.
  12. Elaborar la correspondiente plantilla de calificación, previamente verificada con la información de las respuestas correctas.

Al cuadernillo de preguntas se le deberá anexar una Hoja de Respuesta, en la cual el aspirante marcará una y solo una respuesta correcta.

La prueba de conocimientos técnicos práctica, tendrá un valor del 30%, el cual debe indicarse previamente en la convocatoria. Los jurados que tengan como responsabilidad el diseño, aplicación y calificación de estas pruebas deberán ser personas idóneas, conocedoras en teoría práctica de las funciones, técnicas, habilidades, capacidades y actividades asignadas al cargo concurso.

La prueba práctica y teórica son complementarias y se sumaran entre si, obteniendo un solo resultado que corresponde al 45% del total del concurso.

Para garantizar el principio de igualdad de condiciones y transparencia en el proceso las pruebas de Conocimientos Técnicos (Teórica y Grupal), no podrán ser aplicadas a uno o varios candidatos en fecha diferente a la de la totalidad del grupo. Por tanto no se aceptará ningún tipo de justificación.

C.6. ENTREVISTA:

Es de carácter individual; en ella se evalúan aspectos de índole personal; la duración de la misma los factores a evaluar serán iguales para todos los aspirantes.

La entrevista será efectuada y calificada por los dos (2) jurados designados por el Comité Convencional; en representación de la administración se designará como jurado al Subdirector del Centro de Formación Profesional donde se encuentre la vacante, o al empleado público que señale; cuando hayan vacantes de varios Centros de la Regional, el Comité Convencional escogerá al Subdirector que hará de jurado, o que podrá designar al servidor público que hará sus veces; los dos jurados participaran en el diseño, aplicación y calificación de la entrevista.

La asesoría y preparación de esta prueba será hecha por un profesional en Psicología, quien dará las pautas y orientaciones para la aplicación de esta etapa del concurso.

Con el objeto de ser analizadas e incorporadas al Banco Nacional de Pruebas de la Entidad, las Regionales, una vez se dé inicio a la etapa de entrevista, deberán remitir las pruebas de Aptitudes y Conocimientos Técnicos (Teórica y Práctica) aplicadas en cada proceso, al Grupo de Relaciones Laborales de la Dirección General.

C.7. CALIFICACIÓN DE HOJA DE VIDA:

Por disposición del artículo 59 de la Convención Colectiva, la calificación de las hojas de vida d be ser realizada por el Coordinador del Grupo de Apoyo Administrativo al que pertenezca el Centro donde se encuentre la (s) vacante(s) a proveer, con la participación del respectivo Comité Convencional; cuando en un concurso hayan vacantes de Centros que pertenezcan a diferentes Grupos de Apoyo Administrativo, el estudio será realizado por el Grupo de Apoyo Administrativo Mixto de la Regional, con la participación del respectivo Comité Convencional.

En esta etapa se asignan la puntuación a los estudios y experiencia adicionales a los mínimos exigidos en Convocatoria, de conformidad con los criterios establecidos para ello en la Convención Colectiva de Trabajo.

Como reconocimiento al mérito de los concursantes es procedente tener en cuenta la historia laboral y académica adicional, la cual debe ser directamente relacionada con las funciones o naturaleza del cargo a proveer.

La Calificación de la Hoja de Vida se adelanta teniendo en cuenta la clase de concurso: Personal Vinculado y Personal No Vinculado (Art. 59 de la Convención Colectiva vigente), de la siguiente forma:

Personal Vinculado Se asignan puntajes a factores o indicadores tales como: Experiencia SENA, Llamadas de Atención, Sindicalización, Capacitación, Equivalencias y Años de Estudios (secundarios y universitarios). La Calificación de la Hoja de Vida se realizará teniendo en cuenta lo siguientes lineamientos:

CONCEPTOMAXIMO
OBTENIBLE
Antigüedad en el SENA30
Cursos de capacitación20
Estudios secundarios o universitarios30
No tener llamadas de atención10
Estar sindicalizado10
Total obtenible100

Personal No Vinculado Se puntuarán Estudios y Experiencia adicionales, una vez acreditados lo requisitos mínimos exigidos por Convocatoria. La Calificación de la Hoja de Vida se realizará teniendo en cuenta los siguientes lineamientos:

CONCEPTOMAXIMOOBTENIBLE
Estudios adicionales a los exigidos:50
Experiencia adicional:50
Total obtenible100

PROCEDIMIENTO

Para asignar los puntajes de las hojas de vida, se procederá así:

Se suman los puntajes obtenidos por cada concepto y su resultado es el total de puntos obtenidos (TPO).

El puntaje de la hoja de vida (PHV) se obtiene mediante la siguiente fórmula:

Personal Vinculado:

Personal no Vinculado:

C.8. ELABORACION ACTA FINAL DE CONCURSO:

L. Dirección Regional elaborará un Acta Final de Concurso, en la cual aparecerán la totalidad de concursantes inscritos y los correspondientes puntajes y observaciones de cada una de las pruebas presentadas, con base en la cual el Director Regional suscribirá y publicará la Lista de Elegibles con las personas que obtengan en el concurso un porcentaje igual o superior al sesenta por ciento (60%) del total, y ocupen los cinco (5) primeros puestos, en estricto orden descendente d puntuación final.

Copias de las Actas y las Listas de Elegibles, una vez suscritas deberán ser enviadas al Grupo de Relaciones Laborales de la Dirección General, para su control y seguimiento.

De todos los concursos que se realicen, las Regionales deberán llevar un archivo que contenga, como mínimo la siguiente información y documentación:

1. Acta del Comité Convencional respectivo, en la cual se concerta la iniciación del proceso de provisión definitiva de la vacante, siguiendo el orden de prioridades establecido.

2. Aviso de Convocatoria

3. Lista de Admitidos y no Admitidos final

4. Informe de Resultados de cada prueba aplicada.

5. Copia de las reclamaciones (si las hay) y de las respuestas a las mismas.

6. Acta Final de Concurso.

7. Lista de Elegibles y

8. Copia de las notificaciones de elegibilidad enviadas a los concursantes.

Dentro de un término no superior a dos (2) meses, contados a partir de la fecha de expedición de la convocatoria, con base en los resultados del concurso y en riguroso orden de mérito, se elaborará la Lista de Elegibles para los empleos objeto del concurso.

D. CONSIDERACIONES GENERALES

D.1. ELEGIBILIDADES:

> Antes de suscribir contrato de trabajo utilizando lista de elegibles, los coordinadores de Grupo Administrativo, verificaran la autenticidad de las constancias de estudios, experiencia y capacitación, presentadas por los aspirantes al concurso.

> Las listas de elegibles tienen cobertura nacional.

> La vinculación o contratación a término indefinido se producirá en estricto orden de puntajes descendente.

> Quien no acepte la designación para el empleo objeto de concurso el Comité Convencional respectivo hará la anotación correspondiente en Acta y podrá nombrarse al siguiente elegible, si es el caso. El concursante elegible que siga permanecerá en la Lista de Elegibles, esperando una nueva oportunidad.

> Quien figure en la Lista de Elegibles será excluido inmediatamente de la misma, cuando se compruebe que:

- Se cometió error aritmético en la sumatoria de los puntajes de las distintas pruebas.

- Se cometió error en la interpretación de la documentación presentada al concurso.

- Se compruebe que presentó documentación o información falsa o adulterada o en forma extemporánea.

- Se evidencie que fue admitido a concurso sin que reuniera los requisitos del empleo.

- Existió suplantación para la presentación de las pruebas del concurso.

- Cuando se compruebe que conoció con anticipación las pruebas aplicadas.

D.2. DESIGNACION DE JURADOS:

El Comité Convencional designará dos (2) jurados para la aplicación de la prueba de conocimientos técnicos y entrevista, quienes serán notificados por escrito, sobre la responsabilidad en el diseño, aplicación y calificación de los instrumentos, notificación que será responsabilidad del Coordinador del Grupo de Apoyo Administrativo Mixto de Regional correspondiente.

> Las pruebas de concurso no tienen carácter público, por lo tanto solo podrán asistir quienes oficialmente estén designados para ello (jurados)

> Las pruebas y protocolos aplicados o utilizados en los procesos de selección tienen carácter reservado y solo serán de conocimiento de los empleados públicos responsables de su elaboración y aplicación o de los respectivos Comités Convencionales o del Comité Convencional Nacional cuando requieran conocerlas en desarrollo de las investigaciones que adelanten.

> La Secretaria General, impartirá las instrucciones, asesorías y orientaciones necesarias que requieran las Regionales, a fin de garantizar el éxito de los procesos.

Todo jurado deberá, en principio:

Manejar con discreción y confiabilidad la información relacionada con el concurso. (Instrumentos, Resultados)

Ser objetivo e imparcial.

Aplicar adecuadamente el principio de Igualdad de Condiciones.

Demostrar en todo momento un comportamiento ético y responsable.

Planear anticipadamente las labores de aplicación de las pruebas y el alistamiento logístico

Llegar cumplidamente al sitio de aplicación de la prueba correspondiente.

Requisitos para ser jurados:

1. Ser Servidor Público vinculado al SENA.

2. Ser idóneo, reunir un conjunto de características personales, valorativas, técnicas, actitudinales y aptitudinales.

3. Tener conocimientos técnicos (teóricos y prácticos) en la especialidad objeto de concurso.

4. Tener conocimiento y manejo técnico y actitudinal en el manejo de procesos de concurso.

Los funcionarios designados como jurados, podrán pertenecer a la Planta de Personal de una regional diferente a la que realiza el concurso.

Inhabilidades para ser designado jurado:

1. Ser integrante del Comité Convencional de la Regional convocante.

2. Tener vínculo de parentesco o afinidad con algún concursante, en cuyo caso deberá declararse impedido.

3. Encontrarse en Período de Prueba.

4. Ser pensionado

5. Estar prestando sus servicios al SENA mediante contrato u orden de prestación de servicio

De toda prueba aplicada en el concurso, los jurados correspondientes rendirán un informe escrito al Director Regional a más tardar el día siguiente a la fecha de aplicación de la respectiva prueba; informe que deberá contener la siguiente información:

A. Identificación de la Regional

B. Lugar y fecha de elaboración del informe

C. No de convocatoria

D. Nombre de la prueba o instrumento

E. Factores evaluados y peso porcentual

F. Sistema de calificación

G. Puntaje máximo obtenible

H. Puntaje mínimo aprobatorio (Prueba Eliminatoria)

I. Lugar y fecha de aplicación de la prueba

J. Relación de los participantes con el documento de identidad

K. Puntajes obtenidos en forma descendente

L. Observaciones: Aprueba o No Aprueba

M. Nombres, firma y documento de identidad de los jurados o calificadores

A cada informe se deben anexar los soportes de la calificación otorgada: Cuadernillos, Hojas de respuesta, Claves de Respuesta, guía de calificación e Informe Escrito de Resultados.

De cada prueba presentada, la Regional debe publicar los Resultados, en lugar visible y de ceso al público y en las páginas Web del SENA, utilizando el formato adoptado por el Grupo Relaciones Laborales de la Dirección General.

D.3. RECLAMACIONES:

Dentro de las especificaciones del concurso anotadas en la convocatoria, se definirá el término para la presentación de reclamaciones por los resultados obtenidos en las pruebas, garantizando espacio para que los concursantes ejerzan el derecho a la defensa y se les respondan las reclamaciones antes de pasar a la siguiente etapa.

Las reclamaciones deben ser analizadas y respondidas por la(s) persona(s) responsable de la etapa o aplicación de la prueba; las respuestas serán publicadas y divulgadas en las mismas condiciones que las demás etapas del concurso.

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ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
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