CIRCULAR 178 DE 2016
(noviembre 11)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
| PARA: | DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO, DIRECTORES DE ÁREA Y JEFES DE OFICINA. |
| Asunto: | Exámenes Preocupacionales Contratistas |
1. Obligación de los contratistas de realizarse el examen preocupacional y la vigencia de los mismos.
En atención al artículo 18 del Decreto 723 de 2013 (Por el cual se reglamenta la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas y de los trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo y se dictan otras disposiciones.), modificado por el Artículo 2.2.4.2.2.18. del Decreto 1072 de 2015 el cual indica:
"Artículo 2.2.4.2.2.18. Exámenes médicos ocupacionales. En virtud de lo establecido en el parágrafo 3 del artículo 2o de la Ley 1562 de 2012, la entidad o institución contratante deberá establecer las medidas para que los contratistas sean incluidos en sus Sistemas de Vigilancia Epidemiológica, para lo cual podrán tener en cuenta los términos de duración de los respectivos contratos. El costo de los exámenes periódicos será asumido por el contratante.
A partir del 15 de abril de 2013, las personas que tengan contrato formal de prestación de servicios en ejecución, tendrán un plazo de seis (6) meses para practicarse un examen preocupacional y allegar el certificado respectivo al contratante. El costo de los exámenes preocupacionales será asumido por el contratista.
Este examen tendrá vigencia máxima de tres (3) años y será válido para todos los contratos que suscriba contratista, siempre y cuando se haya valorado el factor riesgo más alto al cual estará expuesto en todos los contratos. En el caso de perder su condición de contratista por un periodo superior a seis (6) meses continuos, deberá realizarse nuevamente el examen.
(Decreto 723 de 2013, art 18) (Resaltado y subrayado fuera de texto)
Me permito solicitar se revise con cada uno de los supervisores de los contratos, la vigencia de los exámenes preocupacionales presentados por los contratistas, a efectos de solicitar renovación de ser necesario. Recordemos que es una obligación legal de estricto cumplimiento por parte de la entidad.
2. Respecto al tipo de evaluación médica ocupacional y contenido del mismo, se aplicará lo establecido en la Resolución No. 2346 de 2007, la cual indica:
Artículo 3o. Tipos de evaluaciones médicas ocupacionales. Las evaluaciones médicas ocupacionales que debe alizar el empleador público y privado en forma obligatoria son como mínimo, las siguientes:
1. Evaluación médica preocupacional o de preingreso.
2. Evaluaciones médicas ocupacionales periódicas (programadas o por cambios de ocupación).
3. Evaluación médica pos ocupacional o de egreso."
Tal como lo estipula el artículo 3o, el tipo de examen que deben presentar los contratistas a la entidad para su ingreso es el establecido en el numeral 1o, por tanto indica en el mismo sentido el artículo 4o de la misma norma, lo siguiente:
Artículo 4o. Evaluaciones médicas preocupacionales o de preingreso. Son aquellas que se realizan para determinar las condiciones de salud física, mental y social del trabajador antes de su contratación, en función de las condiciones de trabajo a las que estaría expuesto, acorde con los requerimientos de la tarea y perfil del cargo.
El Objetivo es determinar la aptitud del trabajador para desempeñar en forma eficiente las labores sin perjuicio de su salud o la de terceros, comparando las demandas del oficio para el cual se desea contratar con s capacidades físicas y mentales; establecer la existencia de restricciones que ameriten alguna condición jeta a modificación, e identificar condiciones de salud que estando presentes en el trabajador, puedan gravarse en desarrollo del trabajo.
El empleador tiene la obligación de informar al médico que realice las evaluaciones médicas preocupacionales, sobre los perfiles del cargo describiendo en forma breve las tareas y el medio en el que se desarrollará su labor.
En el caso de que se realice la contratación correspondiente, el empleador deberá adaptar las condiciones de trabajo y medio laboral según las recomendaciones sugeridas en el reporte o certificado resultante de la evaluación médica preocupacional. (...)"
3. Respecto al contenido del examen de pre ingreso
| TIPO DE RIESGO | CARGOS | EXAMENES PREEMPLEO |
| Riesgo 1 | DESPACHO DIRECTOR GENERAL | Examen médico ocupacional con énfasis musculo esqueletico |
| . | SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO | Examen médico ocupacional con énfasis cardiovascular |
| . | DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN Y RELACIONES CORPORATIVAS | Examen médico ocupacional con énfasis psicométrico |
| . | Grupo Relaciones Internacionales y Cooperación | Optometría |
| . | GRUPO DE GESTIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES | Glicemia |
| . | GRUPO DE FORMACIÓN CONT1NUA ESPECIALIZADA | Perfil Lipídico (Colesterol total, Triglicéridos, FIDL, LDL) |
| . | GRUPO DE CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES | Cuadro hemático |
| . | GRUPO DE CUALIFICACIONES Y APRENDIZAJE A LO LARGO | . |
| . | DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN Y DIRECCIONAMIENTO CORPORATIVO | . |
| . | GRUPO DE PLANEACIÓN ESTRATÉGICA E INTELIGENCIA ORGANIZACIONAL | . |
| . | GRUPO DE PLANEACIÓN OPERATIVA | . |
| . | GRUPO GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN Y EVALUACIÓN DE RESULTADOS | . |
| . | GRUPO DE MEJORA CONTINUA INSTITUCIONAL | . |
| . | GRUPO GESTIÓN DE COSTOS | . |
| . | OFICINA DE SISTEMAS | . |
| . | PLANEACIÓN Y GESTIÓN | . |
| . | ADMINISTRATIVA Y GOBIERNO EN LINEA TIC | . |
| . | GESTIÓN DE SERVICIO E INFRAESTRUCTURA | . |
| . | GESTIÓN DE LOS SERVICIOS DE LA INFORMACIÓN | . |
| . | SOFIA PLUS | . |
| . | OFICINA DE COMUNICACIONES | . |
| . | Área Administrativa | . |
| . | Editorial | . |
| . | Canales Digitales | . |
| . | Área de Diseño | . |
| . | Televisión - Torre Norte, Piso 9 | . |
| . | GRUPO ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS | . |
| . | DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA | . |
| . | GRUPO INTEGRADO DE GESTIÓN CONTRACTUAL | . |
| . | GRUPO DE RECAUDO CARTERA | . |
| . | GRUPO DE SERVICIOS GENERALES Y ADQUISICIONES | . |
| . | GRUPO DE NORMALIZACIÓN | . |
| . | GRUPO DE TESORERIA | . |
| . | GRUPO DE CONTABILIDAD | . |
| . | GRUPO DE PRESUPUESTO | . |
| . | SECRETARIA GENERAL | . |
| . | GRUPO DE RELACIONES LABORALES | . |
| . | GRUPO ADMINISTRACIÓN NOMINA Y SALARIOS | . |
| . | GRUPO DE PENSIONES | . |
| . | GRUPO DE FORMACIÓN Y DESARROLLO DEL TALENTO HUMANO | . |
| . | GRUPO DE VIVIENDA | . |
| . | DIRECCIÓN JURIDICA | . |
| . | GRUPO CONCEPTOS JURÍDICOS Y PRODUCCIÓN NORMATIVA | . |
| . | GRUPO DE PROCESOS JUDICIALES, CONCILIACIONES Y RECURSOS | . |
| . | GRUPO GESTIÓN DE COBRO COACTIVO | . |
| . | GRUPO GESTIÓN DE CONVENIOS | . |
| . | OFICINA DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO | . |
| . | DIRECCIÓN DE EMPLEO | . |
| . | AGENCIA PÚBLICA DE EMPLEO | . |
| . | GRUPO OBSERVATORIO LABORAL COLOMBIANO | . |
| . | GRUPO SERVICIOS A LA EMPLEABILIDAD | . |
| . | GRUPO DE EMPRENDIMIENTO, EMPRESARISMO Y FONDO EMPRENDER | . |
| . | DIRECCIÓN DE FORMACIÓN PROFESIONAL | . |
| . | GRUPO DE GESTIÓN ESTRATÉGICA DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL | . |
| . | GRUPO DE SOPORTE ADMINISTRATIVO Y SEGUIMIENTO A LA GESTIÓN DE LA DIRECCIÓN DE FORMACIÓN PROFESIONAL | . |
| . | GRUPO DE GESTIÓN OPERATIVA INTEGRAL DE LA FORMACIÓN EN MODALIDAD PRESENCIAL | . |
| . | BILINGUISMO | . |
| . | GRUPO DE GESTIÓN OPERATIVA INTEGRAL DE LA FORMACIÓN EN MODALIDAD VIRTUAL Y A DISTANCIA | . |
| . | GRUPO DE DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DEL REGISTRO Y CONTROL ACADÉMICO | . |
| . | GRUPO ESTRATÉGICO DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA FORMACIÓN | . |
| . | GRUPO DE FOMENTO DEL BIENESTAR Y LIDERAZGO DEL APRENDIZ | . |
| . | GRUPO DE GESTIÓN ESTRATÉGICA DE LA INVESTIGACIÓN, DESARROLLO TECNOLÓGICO E INNOVACION | . |
| . | OFICINA DE CONTROL INTERNO DE GESTIÓN | . |
| Riesgo 2 | Administrativo | . |
| . | GRUPO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO | Examen médico ocupacional con énfasis musculo esquelético |
| . | GRUPO DE JÓVENES RURALES | Examen médico ocupacional con énfasis cardiovascular |
| . | SERVICIO MEDICO | Examen médico ocupacional con énfasis psicométrico |
| . | MEDICOS | Optometría |
| . | ADMINISTRATIVO EN SALUD | Glicemia |
| . | . | Perfil Lipídico (Colesterol total, Triglicéridos, HDL, LDL) |
| . | . | Cuadro hemático |
| Riesgo 3 | GRUPO ALMACEN E INVENTARIO | Examen médico ocupacional con énfasis musculo esquelético |
| . | ODONTOLOGOS | Examen médico ocupacional con énfasis cardiovascular |
| . | . | Examen médico ocupacional con énfasis Dermatológico |
| . | . | Examen médico ocupacional con énfasis psicométrico |
| . | . | Optometría |
| . | . | Audiometría |
| . | . | Glicemia |
| . | . | Perfil Lipídico (Colesterol total, Triglicéridos, HDL, LDL) |
| . | . | Cuadro hemático |
| . | . | Anticuerpos frente al antígeno de superficie del virus de la Hepatitis B |
| Riesgo 4 | Conductores | Examen médico ocupacional con énfasis psicométrico |
| . | . | Examen médico ocupacional con énfasis musculo esquelético |
| . | . | Examen médico ocupacional con énfasis Neurológico |
| . | . | Examen médico ocupacional con énfasis cardiovascular |
| . | . | Audiometría |
| . | . | Optometría |
| . | . | Glicemia |
| . | . | Perfil Lipídico (Colesterol total, Triglicéridos, HDL, LDL) |
| . | . | Parcial de orina |
| . | . | Cuadro hemático |
| . | . | Examen médico ocupacional con énfasis psicométrico |
| Riesgo 5 | GRUPO DE CONSTRUCCIONES - ADMINISTRATIVOS | Examen médico ocupacional con énfasis musculo esquelético |
| . | . | Examen médico ocupacional con énfasis Neurológico(trabajo en alturas, vestibulares y vértigo) |
| . | . | Examen médico ocupacional con énfasis cardiovascular |
| . | . | Examen médico ocupacional con énfasis respiratorio |
| . | . | Audiometría |
| . | . | Optometría |
| . | . | Espirómetro |
| . | . | Glicemia |
| . | . | Perfil Lipídico (Colesterol total, Triglicéridos, HDL, LDL) |
| . | . | Parcial de orina |
| . | . | Cuadro hemático |
| . | . | EKG (>45 Años) |
4. Respecto al Sistemas de Vigilancia Epidemiológica: para la inclusión a dicho sistema, es necesario que los contratistas luego de realizar el examen preocupacional, alleguen los resultados de dicho examen a los respectivos grupos de Seguridad y Salud en el Trabajo, del Centro de formación, Dirección Regional o Dirección General, según corresponda.
MILTON NÚÑEZ PAZ
Secretario General