Buscar search
Índice developer_guide

CIRCULAR 209 DE 2024

(septiembre 13)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

1-6060

Bogotá D.C 13 de Septiembre de 2024

Para: Directores Regionales y Subdirectores de Centros de Formación Profesional.
Asunto: Apertura para el registro de información extemporánea

Atentamente nos permitimos informar que en atención a los inconvenientes técnicos derivados del proceso de estabilización de la plataforma SOFIA Plus será ampliado el periodo de registro de información extemporánea, con el objetivo de llevar a cabo la actualización de información de manera controlada, oportuna y efectiva

1. APERTURA PARA EL REGISTRO DE INFORMACIÓN EXTEMPORÁNEA

Se autoriza la apertura para el registro de información extemporánea del 10 al 27 de septiembre de 2024 en la jornada diaria de las 6:00 a.m. a las 10:00p.m. El objetivo es garantizar que todos los grupos (fichas) en cada Centro queden correctamente programados y la información registrada con la debida calidad.

Los centros de formación deben adoptar todas las medidas necesarias para lograr el registro de la totalidad de la información correspondiente a la formación titulada y complementaria en sus diferentes modalidades, los eventos de divulgación tecnológica (ETD), así como las actividades de bienestar al aprendiz desarrollados en el año 2024 y asegurar que para futuras vigencias se ingrese la información en el sistema de acuerdo con los lineamientos institucionales.

Es responsabilidad del subdirector del centro de formación garantizar en registro de la información en el aplicativo SOFIA Plus dentro de los términos establecidos para cada uno de los procesos, desde el ingreso hasta la certificación, incluidas las novedades del aprendiz.

Una vez finalizado este periodo, el subdirector del centro expedirá un acta relacionando de manera detallada la gestión realizada por cada una de las fichas la cual debe ser registrada en el formulario Migración SOFIA Plus - Actas de registro Extemporáneo en el enlace https://forms.office.eom/r/s1Ubqu94zy máximo una semana después de concluido el periodo de retroactividad. Desde la dirección de formación profesional se vigilará que la información que se registre en SOFIA Plus para las fichas que hagan parte del proceso, corresponda a la información registrada en las actas radicadas. De evidenciarse situaciones que no correspondan, se notificaran a las oficinas de control, de ser necesario.

2. CERTIFICACIÓN DE APRENDICES

Los centros de formación deben retomar los procesos de certificación de los aprendices que cumplieron con sus requisitos académico-administrativos, priorizando a quienes tiene pendiente la respuesta definitiva por solicitud formal (PQR, tutela, correos electrónicos, entre otros.)

Cordialmente,

CLAUDIA PATRICIA FORERO LONDOÑO

Directora de Formación Profesional

Logo de Avance Jurídico
Compilación Jurídica del SENA
ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
Última actualización: 
Servicio Nacional de Aprendizaje SENA - DRA © 2018 a 2024
×
Volver arriba