CIRCULAR 248 DE 2023
(diciembre 19)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA
| PARA: | DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO, DIRECTORES DE ÁREA Y JEFES DE OFICINA. |
| ASUNTO: | Lineamientos para el cumplimiento del Programa de Orden y Limpieza |
En cumplimiento al Programa de Orden y Limpieza y con el fin de cuidar la salud, generar un mayor rendimiento laboral, propender por un ambiente agradable, cómodo, y seguro, que contribuya a evitar accidentes y enfermedades en los trabajadores del Sena, la Secretaría General, exhorta a todos los Directores de área, Jefes de oficina, Directores Regionales y Subdirectores de Centro de Formación Profesional, a dar estricto cumplimiento a las obligaciones de todos los empleadores, tendientes a garantizar la protección y la salud de los trabajadores, reiterando las directrices contenidas en la Circular interna No 3-2017-000129 del 25 de julio del 2017 sobre el "Cumplimiento de Obligaciones en Seguridad y Salud en el Trabajo", en la Circular interna No 3-2018-000195 del 21 de noviembre de 2018, "Reiteración cumplimiento Circular No 3-2017000129 - “Cumplimiento de Obligaciones en Seguridad y Salud en el Trabajo” como se cita en la Circular 32017-000129 del 25 de julio del 2017 especialmente en la obligación: ” 10.3. Promover la participación de todos los miembros de la empresa en la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST”
Adicionalmente, todos los trabajadores (contratistas y funcionarios) de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1072 de 2015, específicamente en su ARTÍCULO 2.2.4.6.10, que detalla las Responsabilidades de los Trabajadores.: 1. Velar por el cuidado integral de su salud; (...) 3. Acatar las normas, reglamentos
e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa, igualmente, tienen la obligación de garantizar que sus espacios y áreas de trabajo se mantengan en un estado adecuado orden y limpieza, en armonía con los principios establecidos en el Programa de Orden y Limpieza (GOR-PG-005) implementado en la entidad.
Para cumplir con las disposiciones del Decreto 1072 de 2015 del Ministerio de Trabajo, específicamente en relación con el orden y la limpieza en el entorno laboral, no solo se debe focalizar en las inspecciones planificadas que los profesionales de Seguridad y Salud en el Trabajo realice de manera regular, sino que esta labor debe ser de constante seguimiento y apropiación, por cada uno de los jefes inmediatos y supervisores de los contratos, quienes deben validar el cumplimiento de estas responsabilidad es en sus equipos de trabajo, con el fin de promover una cultura organizacional que priorice la prevención y la mejora continua.
En consonancia con lo anterior, y dado que los Directores Regionales y Subdirectores de los Centros de Formación, son los responsables de la planeación, ejecución y control del programa de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, resulta necesario recordar, que dentro de las funciones de vigilancia e inspección que adelanta el Ministerio de Trabajo, en las diferentes Direcciones Territoriales, es susceptible la imposición de sanciones y multas a los empleadores, que incumplan con las disposiciones contempladas del Decreto Único Reglamentario 1072 de 2015, por lo que la importancia de este programa, refleja el compromiso de la entidad con los estándares de excelencia en la gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
KATERINE GRIMALDOS ROBAYO
Secretaria General