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CONCEPTO 87744 DE 2024

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Para: XXXXX
De:  Martha Bibiana Lozano Medina - Coordinadora Grupo Coordinación Nacional de Producción Normativa y Conceptos Jurídicos - Dirección Jurídica - 1-0020
Asunto: Respuesta concepto entrega ropa de trabajo empleados públicos nivel instructor - redes de conocimiento y áreas temáticas

Mediante comunicación electrónica sin radicar de fecha 18 de noviembre de 2024, solicita concepto sobre el procedimiento para saber cual de los dos tipos de elementos de ropa de trabajo se le debe suministrar a los empleados públicos del nivel instructor según la red de conocimiento y sus áreas temáticas, teniendo en cuenta la petición formulada por la Regional Nariño, quienes elevan la siguiente consulta:

“¿Es procedente realizar la entrega de Ropa de Trabajo a los mismos Instructores que laboran en una red de conocimiento de dos (2) áreas temáticas diferentes, esto es: (Red de conocimiento de gestión Administrativa y Servicios Financieros cuyas áreas temáticas son: Contabilidad en Centro y área Urbana y la otra área Temática es en: área Rural)?”

La peticionaria pide tener en cuenta su condición de instructora RURAL y URBANA, tanto para ropa como para calzado.

ALCANCE DE LOS CONCEPTOS JURÍDICOS

Los conceptos emitidos por la Dirección Jurídica del SENA son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos ni el análisis de actuaciones particulares. En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución, ni tienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes.

FUNDAMENTOS NORMATIVOS

- Resolución 1182 de 2006 se aprobó el Manual de Ropa de Trabajo y Elementos de Protección para los servidores públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.

La precitada Resolución ha sido modificada por las siguientes resoluciones:

Resolución 2084 de 2019 – Modificó el artículo 8 de la Resolución 1182 de 2006 sobre calidad, colores y modelos de la ropa de trabajo.

Resolución 1649 de 2019: Modificó la Resolución No. 01182 de 2006 y la Resolución No 2644 de 2016 en el sentido de actualizar los elementos y sus características que se entregan a título de ropa de trabajo de los empleados públicos pertenecientes al nivel de empleo de INSTRUCTOR del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, conforme al Anexo denominado "Manual de Ropa de Trabajo del SENA; modificó el artículo 8o de la Resolución 1182 de 2006, modificado posteriormente por la Resolución 2084 de 2019.

Resolución 2644 de 2016: Actualizó los bienes que se entregan a título de ropa de trabajo de los Empleados Públicos pertenecientes al nivel de empleo de Instructor del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, conforme al Anexo 1. (Ese Anexo fue posteriormente modificado por la Resolución 1649 de 2019); actualizó y adoptó el manual de elementos de protección personal para los Empleados Públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA", Anexo 2.

- Resolución 2637 de 2022 por medio de la cual se estableció el reglamento operativo de los Comités de Ropa de Trabajo del SENA.

- Circular 60 de 2024 (4 de marzo) emanada de la Secretaría General del SENA, mediante la cual se impartieron lineamientos para la adquisición y entrega de ropa de trabajo a nivel nacional para la vigencia 2024.

ANÁLISIS

1º. El Manual de Ropa de Trabajo y Elementos de Protección para los servidores públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, adoptado por la Resolución 1182 de 2006 y sus modificaciones, establece que los servidores públicos, de acuerdo con el riesgo que implique el desarrollo de sus funciones o actividades laborales, tienen derecho a recibir la correspondiente ropa de trabajo y los elementos de protección laboral respectivos, los cuales debe usar “únicamente para el desempeño de sus funciones” y “de acuerdo a la naturaleza del trabajo que realice” (artículos 7o y 2o de la Resolución 00182 de 2006)

La ropa de trabajo se entrega durante el primer semestre de cada año calendario, salvo razones de fuerza mayor, únicamente para el desempeño de sus funciones por parte del servidor público.

Conviene anotar que durante los primeros cuatro (4) meses del año, se consolida el listado de los servidores públicos de la Dirección General, Dirección Regional o Centro de Formación Profesional, según el caso, a los que se les debe asignar o tienen derecho a la ropa de trabajo y a los elementos de protección personal individual para realizar el proceso de compra por parte del servidor público competente, teniendo en cuenta las funciones que realice el servidor público en la fecha de envío de la respectiva relación.

El citado Manual de Ropa de Trabajo y Elementos de Protección está estructurado por grupos ocupacionales, cargos y códigos que les corresponde a cada uno. Para conocer qué ropa de trabajo le corresponde al empleado según el grupo ocupacional, cargo y código, debe examinarse el correspondiente Anexo del Manual.

Ahora bien, la Resolución 2644 de 2016 por medio de la cual se actualizaron los bienes que se entregan a título de ropa de trabajo de los Empleados Públicos pertenecientes al nivel de empleo de Instructor del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, establece en el parágrafo del artículo 1o:

PARÁGRAFO. Las imágenes presentadas en las fichas técnicas del anexo 1 "Manual de Ropa de Trabajo para el nivel Instructor de Empleados Públicos del SENA" son ilustrativas y los diseños pueden variar siempre y cuando no se alteren las características técnicas.

Es de carácter obligatorio utilizar para la selección, suministro, uso, reposición y disposición final el Manual de Ropa de Trabajo para el nivel instructor de Empleados Públicos del SENA...”

El nivel Instructor se encuentra organizado por Redes de Conocimiento y Áreas Temáticas en las que imparte formación profesional como se describe en el Anexo 1 de la Resolución 2644 de 2016.

Así, por ejemplo, en el Anexo 1 encontramos la red de conocimiento de Gestión Administrativa y Servicios Financieros:

RED DE CONOCIMIENTOÁREA TEMÁTICA
GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y SERVICIOS FINANCIEROSBibliotecas y Archivo
Contabilidad
Finanzas
Gestión Administrativa
Talento Humano

Por su parte, en la plataforma COMPROMISO SENA se encuentra el documento GTH-M-002 que contiene el Manual de Ropa de Trabajo Instructores. En la página 11 se observa el siguiente cuadro.

RED DE CONOCIMIENTOÁREA TEMÁTICA
GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y SERVICIOS FINANCIEROS- GESTIÓN DOCUMENTAL EN CENTROS Y ÁREA URBANA
- CONTABILIDAD EN CENTROS Y ÁREA URBANA
- SERVICIOS FINANCIEROS EN CENTRO Y ÁREA URBANA
- GESTIÓN ADMINISTRATIVA EN CENTRO Y ÁREA URBANA
- TALENTO HUMANO EN CENTRO Y ÁREA URBANA.
- ÁREA RURAL

Ahora, el Anexo 2 del Manual de Protección Personal para los empleados públicos del SENA adoptado por la Resolución 2644 de 2016, que modificó la Resolución 1182 de 2006, se identifican las áreas, procesos y actividades que deben hacer uso de los elementos de protección personal para minimizar el impacto de las lesiones.

2. El reglamento operativo de los Comités de Ropa de Trabajo de la Dirección General y de los Comités de Ropa de Trabajo de las Direcciones Regionales del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, adoptado mediante Resolución 2637 de 2022 tiene como objetivo “regular su organización y funcionamiento en el marco del proceso de selección, adquisición y entrega de la ropa de trabajo de los empleados públicos de la entidad para la oportuna entrega y calidad de las prendas dentro del primer semestre de cada vigencia, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulen la materia”.

Sobre la integración de los Comités de Ropa de Trabajo, el artículo 2o de la Resolución 2637 de 2022 establece:

ARTÍCULO 2o. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE ROPA DE TRABAJO: El Comité de Ropa de trabajo en la Dirección General y en las Regionales, conformado así:

- Dos (2) representantes de los empleados públicos elegidos ante la Comisión de Personal Nacional o Regional que hacen parte del Comité de Bienestar Social, cuyo período será el que corresponda al de la respectiva Comisión de Personal para la cual fueron elegidos.

- Dos (2) servidores públicos designados en la Dirección General por el (la) Secretario (a) General y en las Direcciones Regionales por el (la) Director (a) Regional.

- Un instructor experto en confecciones.

- Un instructor experto en calzado.

- El secretario técnico que en el caso de las Regionales será el Coordinador del Grupo de talento Humano o en su defecto el Coordinador de Apoyo Administrativo Mixto, en las regionales donde no se ha conformado Grupo de Talento Humano. En la Dirección General el Secretario Técnico será el Coordinador del Grupo de Relaciones Laborales.

PARÁGRAFO 1: Las direcciones regionales que no cuenten con instructores expertos en confecciones y calzado deberán solicitar apoyo a las Direcciones Regionales más cercanas que cuente con dichos instructores, con el fin de garantizar la conformación del Comité...”

En relación con las funciones de los Comités de Ropa de Trabajo, el artículo 4º de la precitada resolución, prevé:

ARTÍCULO 4o: FUNCIONES DEL COMITÉ DE ROPA DE TRABAJO: El comité de ropa de trabajo de la Dirección General y de las regionales tendrán las siguientes funciones:

(...)

e) Asesorar al centro, regional y/o dirección general, cual sea el caso, realizando acompañamiento y seguimiento al proceso de consolidar las necesidades de ropa de trabajo de los centros y regionales de acuerdo con las especificaciones establecidas en el manual respectivo y el cronograma establecido en el plan operativo...”

. La Secretaría General del SENA, mediante Circular 60 de 2024 (4 de marzo) impartió lineamientos para la adquisición y entrega de ropa de trabajo a nivel nacional para la vigencia 2024, donde se solicita a todos los responsables del proceso de adquisición de ropa de trabajo en las Direcciones regionales, Centros de formación y Dirección General adelantar, entre otras, las siguientes actividades para dar cumplimiento a la normatividad que rige dicho proceso:

1. DEFINICIÓN ELEMENTOS ROPA DE TRABAJO.

Con el fin de determinar los elementos de ropa de trabajo a entregar a los servidores públicos de acuerdo con el Manual de Ropa de Trabajo y Elementos de Protección Personal, se debe ejecutar lo siguiente:

Para determinar los elementos de ropa de trabajo de los instructores, el Coordinador del Grupo de Talento Humano o quienes haga sus veces realizará las validaciones con los Subdirectores de las redes del conocimiento de los instructores beneficiarios y validará con la Dirección de Formación Profesional las redes de conocimiento y áreas temáticas, documento que se cotejará con el reportado por los Subdirectores...”( Negrillas y subrayado fuera de texto original)

RESPUESTA PREGUNTA

PREGUNTA: “¿Es procedente realizar la entrega de Ropa de Trabajo a los mismos Instructores que laboran en una red de conocimiento de dos (2) áreas temáticas diferentes, esto es: (Red de conocimiento de gestión Administrativa y Servicios Financieros cuyas áreas temáticas son: Contabilidad en Centro y área Urbana y la otra área Temática es en: área Rural)?”

RESPUESTA: Como puede apreciarse, a los empleados públicos del nivel instructor se les debe suministrar los elementos de ropa de trabajo, según la red de conocimiento y el área temática donde deben impartir formación profesional, conforme con lo establecido en la Resolución 1182 de 2006, modificada por la Resolución 2644 de 2016.

Si se quiere saber qué ropa de trabajo le corresponde a los empleados del nivel instructor, debe buscarse en el ANEXO 1 de la Resolución 2644 de 2016 y en el documento GTH-M-002 de la plataforma Compromiso que contiene el Manual de Ropa de Trabajo Instructores, según la red de conocimiento y el área temática y las fichas técnicas correspondeintes a cada elemento de ropa de trabajo.

En el área temática de la respectiva red de conocimiento se identifican los elementos de ropa de trabajo, según el clima – frío, templado o cálido -, sexo, cantidades, características, si la formación profesional debe impartirse en centros y en áreas urbana y/o rural.

Ahora bien, como bien lo señala la Circular 060 de 2024 emanada de Secretaría General, para determinar los elementos de ropa de trabajo que se debe entregar a empleados del nivel instructor de acuerdo con el Manual de Ropa de Trabajo, el Coordinador del Grupo de Talento Humano o quienes haga sus veces, debe realizar las validaciones con los Subdirectores de las redes del conocimiento de los instructores beneficiarios y validar con la Dirección de Formación Profesional la identificación de la ropa de trabajo y los elementos de protección personal que requieran los instructores, según los criterios antes indicados: clima, sexo, cantidades, características, áreas urbana o rural y las funciones que realice el servidor público del nivel instructor.

En este contexto, consideramos que los servidores públicos que tienen a su cargo realizar la identificación de los elementos de ropa de trabajo – Coordinador de Talento Humano o quien haga sus veces, Subdirectores de Centros de Formación, Dirección de Formación Profesional-, deben determinar si al instructor que desempeña sus funciones tanto en área urbana como rural en la misma o en distintas áreas temáticas de una misma red de conocimiento, se le puede hacer entrega de ropa de trabajo, teniendo en cuenta las condiciones de clima y condiciones de las áreas urbana o rural donde debe impartir la formación profesional, con base en las fichas técnicas que describen las caractrísticas y condiciones de los respectivos elementos.

Para el efecto, es necesario observar lo previsto en la Resolución 1182 de 2006 y sus actos modificatorios, en especial la Resolución 2644 de 2016 con su ANEXO 1 y el documento GTH-M-002 antes referidos.

Con todo, si se estima procedente, se podrá contar con la asesoría y apoyo de los Comités de Ropa de Trabajo creados tanto en la Dirección General como en las direcciones regionales para el acompañamiento y seguimiento al proceso de consolidar las necesidades de ropa de trabajo de los centros y regionales, conforme con lo previsto en la Resolución 2637 de 2022.

El presente concepto se rinde de conformidad con el alcance dispuesto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, incorporado por la Ley 1755 de 2015. Lo anterior no sin advertir, que el mismo se encuentra sujeto a las modificaciones legales y jurisprudenciales que se expidan y acojan dentro del asunto.

Cordial saludo,

MARTHA BIBIANA LOZANO MEDINA

Coordinadora

Grupo Coordinación Nacional de Producción Normativa y Conceptos Jurídicos

Dirección Jurídica – Dirección General

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Compilación Jurídica del SENA
ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
Última actualización: 
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