RESOLUCIÓN 15 DE 2023
(enero 11)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Por la cual se confiere una delegación especial para el registro de patente de
invención ante la SIC OMPI
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA.
En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el artículo 211 de la Constitución Política, los artículos 9 y siguientes de La Ley 489 de 1998, los numerales 2 y 4 del artículo 4 del Decreto 249 de 2004, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración defunciones. (...) "
Que el artículo 211 de la Constitución Política, dispone que: La ley señalará las funciones que el Presidente de la República podrá delegar en los ministros, directores de departamentos administrativos, representantes legales de entidades descentralizadas, superintendentes, gobernadores, alcaldes y agencias del Estado que la misma ley determine. Igualmente, fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades. La delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad consiguiente. (...)".
Que la Ley 489 de 1998 en su artículo 9, al referirse a la figura de la delegación, le concede a los Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Superintendentes, Representantes Legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa, la posibilidad de mediante acto de delegación, transferir la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en. los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la misma ley.
Que el Decreto 249 de 2004, por el cual se modificó la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, atribuyó en el artículo 4 a la Dirección General la facultad de "(...) 2. Ejercer la representación legal de la entidad (... ) 4. Dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas, (...) con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes (... ).
Que mediante radicado 9-2022-010325 del 29 de noviembre de 2022, la Subdirectora (E) del Centro Industrial de Mantenimiento y Manufactura de la Regional Boyacá, solicita delegación para presentar la solicitud de patente, de la invención titulada "CATAMARAN PROPULSADO CON ENERGIAS ALTERNATIVAS", de titularidad del SENA, ante la Superintendencia de Industria y Comercio, y a nivel internacional ante Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) o ante la Oficina receptora respectiva competente.
Que de conformidad con lo dispuesto en artículo 27 del Decreto 249 de 2004, relacionado con funciones de los Subdirectores de Centros, es necesario el otorgamiento de la delegación para actuar en nombre del Director General del SENA para el trámite de solicitud de patente ante la Superintendencia de Industria y Comercio, y a nivel internacional ante Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) o ante la Oficina receptora respectiva competente.
Que, de conformidad con lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o: Delegar en el(a) Subdirector(a) del Centro Industrial de Mantenimiento y Manufactura de la Regional Boyacá, la función de representar al Director General del SENA en el trámite del registro de la patente de invención titulada "CATAMARAN PROPULSADO CON ENERGIAS ALTERNATIVAS", ante la Superintendencia de Industria y Comercio, y a nivel internacional ante Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) o ante la Oficina receptora respectiva competente.
ARTÍCULO 2o: La presente delegación quedará sin efectos una vez se haya surtido el trámite, de los registros, previa comunicación de la delegada(o) a la Dirección General.
ARTÍCULO 3o: Comuníquese la presente Resolución a la Dirección de la Regional Boyacá del SENA, del Centro Industrial de Mantenimiento y Manufactura de la Regional Boyacá y a la Dirección Administrativa y Financiera de la Dirección General.
ARTÍCULO 4o: La presente Resolución rige a partir de su fecha de expedición. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, publíquese en la página web del SENA.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. a los 11 de enero de 2023
JORGE EDUARDO LONDOÑO ULLOA
Director General