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RESOLUCIÓN 220 DE 2012

(febrero 21)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Por la cual se efectúa una delegación especial

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las otorgadas por el artículo 12 de la ley 80 de 1993, los artículos 9 y siguientes de la ley 489 de 1998 y el numeral 4 del artículo 4 del decreto 249; de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

Que el artículo 211 de la Constitución Política dispone que la ley señalará las funciones que el Presidente de la República podrá delegar en los ministros, directores de departamentos administrativos, representantes legales de entidades descentralizadas, superintendentes, gobernadores, alcaldes y agencias del Estado que la misma ley determine. Igualmente, fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades.

Que el mismo artículo establece que la delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad consiguiente.

Que la Ley 489 de 1998 en su artículo 9o, al referirse a la figura de la delegación, le concede a los Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Superintendentes, Representantes Legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa, la posibilidad de transferir mediante acto de delegación, la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la misma ley.

Que el artículo 12 de la ley 80 de 1993 establece que los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones o concursos en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes.

Que el Artículo 21 de la Ley 1150 de 2007 adiciono un inciso y un parágrafo al artículo 12 de la Ley 80 de 1993, señalando que: “En ningún caso, los jefes y representantes legales de las entidades estatales quedarán exonerados por virtud de la delegación de sus deberes de control y vigilancia de la actividad precontractual y contractual.”

Que para efectos del control y vigilancia en el SENA, se ha expedido la Resolución No 3069 del 6 de noviembre de 2008, con la finalidad de compilar los mecanismos de control y vigilancia de la actividad precontractual, contractual y postcontractual, y de la celebración, ejecución y liquidación de convenios en la entidad.

Que el Decreto 249 de 2004, le atribuyo en el numeral 4 de su artículo 4 al despacho de la Dirección General la facultad de dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.

Que el Decreto 249 de 2004 señala la actual estructura interna del SENA y establece las funciones de las dependencias, señalando en el artículo 13 las funciones que le corresponde cumplir a la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas.

Que se hace necesario delegar temporalmente en la Directora de Promoción y Relaciones Corporativas, la facultad para realizar los trámites previos y todas las gestiones y actuaciones inherentes para la suscripción de los convenios marcos de cooperación internacional o sus derivados hasta el 29 de febrero de 2012, así como la ejecución y liquidación de los mismos.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Delegar en la Directora de Promoción y Relaciones Corporativas del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, cargo actualmente ocupado por la Dra. Ximena Rizo Angulo, la facultad para realizar los trámites previos y todas las gestiones y actuaciones inherentes para la suscripción de los convenios marcos de cooperación internacional o sus derivados hasta el 29 de febrero de 2012, así como la ejecución y liquidación de los mismos.

ARTÍCULO 2o. Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Secretaria General, a los Directores de Área, a los Jefes de Oficina de la Dirección General, así como a los Directores Regionales y Subdirectores de Centro para su conocimiento y aplicación.

ARTÍCULO 3o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. 21 FEB 2012

CAMILO EDUARDO BERNAL HADAD

Director General

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Compilación Jurídica del SENA
ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
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