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RESOLUCIÓN 295 DE 2006

(febrero 6)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

<NOTA DE VIGENCIA: Artículo derogado por el artículo 5 de la Resolución 3244 de 2009>

Por la cual se efectúan unas delegaciones

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en el artículo 4o, numeral 4o del Decreto 0249 de 2004 y por el artículo 9o y subsiguientes de la Ley 489 de 1998 y,

CONSIDERANDO:

Que en virtud de los dispuesto en la Constitución Política de Colombia, y de conformidad con los preceptos enunciados en la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.

Que mediante resoluciones el Director General de Impuestos Nacionales autoriza la donación de mercancías al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA.

Que otras entidades también pueden donar bienes muebles al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.

Que en las resoluciones de donación de la DIAN se establece que una vez notificadas, el SENA deberá retirar del sitio de almacenamiento, en un número de días determinado, las mercancías objeto de la donación. De no hacerlo, correrá por su cuenta con los gastos causados por la guarda y custodia de las mercancías donadas. En caso de tratarse de mercancía perecedera, su retiro será inmediato.

Que a su vez el inciso tercero del artículo tercero, señala que de la donación se dejará constancia en acta de entrega con intervención entre otros de los siguientes funcionarios: El Director General del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA o su delegado.

Que mediante Resoluciones No. 2554 y 2598 de 2004; 487, 690, 789, 1116, 1150, 1782 y 2778 de 2005, se designaron varios funcionarios de distintas Regionales de la Entidad, para adelantar las gestiones relacionadas con el recibo, transporte y manejo de las donaciones de la DIAN.

Que de conformidad con lo expuesto, se hace necesario delegar en algunos funcionarios de la Entidad la función de recibir las donaciones de que tratan las respectivas resoluciones de la DIAN o las donaciones de bienes muebles que acuerde recibir el SENA de otras entidades.

En mérito de lo expuesto:

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Artículo derogado por el artículo 5 de la Resolución 3244 de 2009> Delegar para que actúen y representen los intereses de la Entidad y para que adelanten las gestiones correspondientes al recibo, transporte y manejo de las donaciones, de la DIAN o de otras entidades que se tramiten a favor del SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA, a los siguientes funcionarios:

REGIONALFUNCIONARIOCÉDULACARGO
Dirección GeneralMaría Ignacia Valencia de Arango31.273.317Coord. Bienes, Servicios, Logística
AmazonasArturo Arango Santos70.099.746Subdirector
AntioquiaRicardo Vanegas Toro70.078.706Técnico
AraucaHugo Ramón Martínez Arteaga17.581.186Subdirector
AtlánticoVera Judith Ibáñez de Jure32,810.252Técnico
BolívarLizardo Joaquín Zabala Caro92,501,469Técnico
BoyacáHenry Ortiz Valderrama17.634.994Técnico
CaldasEvelio Augusto Giraldo Montes10,222,869Profesional
CaquetáObdilia Fernanda Bonilla Marqufnez40.769.306Técnico
CasanareFermín Cruz Pabón13.256.382Director
CaucaAriel Pabón Burbano10.540.176Profesional
CesarEricinda Ramos Barros42,490,751Técnico
ChocóBetty Eugenia Moreno Moreno43,042,349Subdirectora
CórdobaCarmen Alicia Sáez Sánchez34,979,435Técnico
Distrito CapitalMaría Patricia Saavedra Borja23.556.429Profesional
GuainíaBilialdo Tello Toscano17.310.928Subdirector
GuajiraMoira Mercedes Meza González40,837,740Técnico
GuaviareMartha Lucía Campiño Barrera31.985.730Subdirectora
HuilaJosé Hernando Leguízamo Torres12.112.978Técnico
MagdalenaGary Abelardo Mejía Fontalvo79,389,670Técnico
MetaAna Isabel Medina Hernández40.390.237Técnico
NariñoNarciso Lucio Chamorro Muñoz14,876,531Subdirector
Nte. SantanderEdgar Enrique Bulla Meló13,444,576Profesional
PutumayoJaime Antonio Pinzón Archila19.286.640Subdirector
QuindíoMayela Marín Castaño25.020.787Técnico
RisaraldaHernán Henao Giraldo7,516,997Técnico
San AndrésJones Ignacio Williams Duke15.244.965Técnico
SantanderLuis Mogollón Reyes13,830,694Profesional
SucreAlvaro Rafael Díaz Herrera92.096.785Técnico
TolimaCamilo Hernán Vargas Machado14.216.172Técnico
ValleRocío Rosanía Rodríguez66.840.925Profesional
VaupésVíctor Alfonso Novoa Bernal17.317.072Subdirector
VichadaJosé Norberto Ospina Hernández4.443.309Subdirector

PARÁGRAFO 1o. Los funcionarios delegados deberán cumplir estrictamente con los términos señalados en las correspondientes resoluciones del <sic> la DIAN; entre otros, con el retiro de las mercancías y el envío de la copia del acta de entrega de la DIAN al Grupo de Bienes, Servicios y Logística de la Dirección General, así como la respectiva legalización de los documentos de entrada y salida de almacén y los traspasos generados entre almacenes de las regionales que entregan y reciben dichas mercancías. Así mimo, procederán cuando se trate de recibir las donaciones que otras entidades diferentes a la DIAN hagan al SENA.

PARÁGRAFO 2o. Es responsabilidad del Director de cada Regional llevar a cabo el respectivo seguimiento, verificación y control de los procedimientos y actuaciones del funcionario delegado para el manejo de donaciones hechas por la DIAN, o por otras entidades con el fin de cumplir total y oportunamente con la legalización de donaciones que el SENA reciba de esta Entidad.

PARÁGRAFO 3o. Los funcionarios delegados deberán cumplir estrictamente con los términos señalados en las correspondientes Resoluciones del <sic> la DIAN o en los documentos de las otras entidades con las cuales el SENA acuerde recibir bienes muebles en donación.

ARTÍCULO 2o. <Artículo derogado por el artículo 5 de la Resolución 3244 de 2009> Comunicar esta Resolución a los funcionarios delegados.

ARTÍCULO 3o. <Artículo derogado por el artículo 5 de la Resolución 3244 de 2009> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las Resoluciones No. 2554, 2598 de 2004 y 487, 690, 789, 1116, 1150, 1782, 2778 de 2005.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a 06 FEB. 2006

DARÍO MONTOYA MEJÍA

Director General

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Compilación Jurídica del SENA
ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
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