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RESOLUCION 372 DE 2016

(marzo 14)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 1215 de 2016>

"Por el cual se cambia el nombre del Centro de la Innovación la Agroindustria y el Turismo de la Regional Antioquia del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA.

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA

En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial las conferidas por los artículos 4, 25 y 31 del Decreto 249 de 2004

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 249 de 2004, le atribuyó, en el numeral 4 de su artículo 4o al despacho de la Dirección General, la facultad de "dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas(...) dictar los actos admínistrativos,... con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes".

Que por disposición del artículo 25 del Decreto 249 de 2004, "Los Centros de Formación Profesional Integral, son las dependencias responsables de la prestación de los servicios de Formación Profesional Integral, los servicios tecnológicos, la promoción y el desarrollo del empresarismo, la normalización y evaluación de competencias laborales, en interacción con entes públicos y privados y en articulación con las cadenas productivas y los sectores económicos. // Estos operaran en sedes fijas, con un área de jurisdicción determinada para dar respuesta a las necesidades de su entorno, con flexibilidad, oportunidad, calidad y pertinencia...// El Director General del SENA, de conformidad con los criterios adoptados por el Consejo Directivo Nacional, podrá crear mediante acto administrativo Centros o Programas Itinerantes de Formación Profesional Integral, y determinar su organización, jurisdicción, funciones y recursos requeridos para garantizar su operación y el cumplimiento de metas de formación".

Que en virtud del artículo 31 del Decreto 249 de 2004, "El Director General determinará la clasificación de los Centros de Formación, su sede y jurisdicción, así como la creación y conformación de comités y grupos internos de trabajo que demanda el cumplimiento de sus funciones."

Que con el fin de adoptar una codificación unificada para la Dirección General, las Regionales y los Centros de Formación de la Entidad, acorde a la estructura interna establecida para la entidad por el Decreto 249 del 28 de enero de 2004, se expidió la Resolución No. 00806 de 12 de mayo de 2004, "Por la cual se establecieron los códigos de las regionales y áreas de gestión del SENA establecidas por el Decreto 0249 de 2004 y se modifican Normas anteriores", en la cual se establecieron los códigos correspondientes de los Centros de Formación Profesional del Sena existentes para ese momento.

Que mediante la Resolución 02428 del 2 de septiembre de 2008, se establecieron los nombres y códigos de los centros de Formación Profesional de la entidad, se derogó la Resolución 02955 de 2007 y modificó lo pertinente del artículo 4 de la Resolución 00806 de 2004.

Que la Resolución 02428 de 2008 ha sido modificada por las Resoluciones 1924 de 2009 y 1698 de 2010, 1512 de 2012 y 1783 de 2012.

Que mediante comunicación radicada bajo el 8-2015-042141 de fecha 07 de septiembre de 2015, el Subdirector Centro de la Innovación la Agroindustria y el Turismo, Regional Antioquia, manifiesta que "En atención a la dinámica productiva y social del Oriente Antioqueño, en correspondencia con la necesidad de implementar acciones pertinentes para el fortalecimiento de la Competitividad Regional y con el propósito de coadyuvar a la empleabilidad de nuestra población y en atención a requerimientos puntuales del sector Aeronáutico, especialmente de la Aerolínea Avianca que actualmente demanda talento humano con formación en la línea de Mantenimiento de Aviones y ante las exigencias de la Aeronáutica Civil de cumplir ciertos requisitos para logar (SIC) la certificación de nuestro Centro de Instrucción Aeronáutico; me permito solicitar formalmente el aval para el cambio del nombre actual de nuestro Centro por el de "Centro de la Innovación la Agroindustria y la Aviación.// Cabe observar que dicha solicitud obedece no solamente a la situación antes descrita sino que también, previa consulta, interpreta la voluntad de líderes gremiales y de los miembros del Comité Técnico de nuestro Centro."

Que a través de comunicación No. 8-2016-001273 del 19 de enero de 2016, el Director de Formación Profesional del SENA, emite concepto técnico favorable para cambiar el nombre del Centro de la Innovación la Agroindustria y el Turismo, Regional Antioquia a "Centro de la Innovación la Agroindustria y la Aviación" en razón a que "1. La dinámica productiva y social del Oriente Antioqueño, en correspondencia con la necesidad de implementar acciones pertinentes para el fortalecimiento de la Competitividad Regional ha originado estrategias de desarrollo de polos de mantenimiento general de aeronaves, especialmente recibiendo a las principales compañías de aviación de Colombia como Avianca, Tampa, Viva Colombia y otras que ya anunciaron mudar sus hangares de mantenimiento en el Aeropuerto Jose Maria Córdoba. Esto implica que se fortalecerá la empleabilidad de esta región y en atención a requerimientos puntuales del sector Aeronáutico, especialmente de la Aerolínea Avianca que actualmente demanda talento humano con formación en la línea de Mantenimiento de Aviones. // 2. Es exigencia de la Aeronáutica Civil que los centros que impartan formación en mantenimiento de aeronaves deben cumplir ciertos requisitos para logar la aprobación y certificación del Centro de Instrucción Aeronáutico; y dentro de estas exigencias se exige que en su nominación como centro se tenga el nombre de relacionado al programa de aviación."

Que mediante email del 19 de febrero de 2016, el Director Regional Antioquia del SENA Avala el cambio del nombre del Centro de la Innovación la Agroindustria y el Turismo, Regional Antioquia por "Centro de la Innovación la Agroindustria y la Aviación"

Que mediante comunicación No. 8-2016-006838 del 23 de febrero de 2016, la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo del SENA emite concepto favorable basado en los siguientes criterios: "El Centro de la Innovación, la Agroindustria y el Turismo – Rionegro (Ant) desde el año 2014 viene trabajando en la implementación del programa de técnico en mantenimiento de aeronaves y, para que dicho programa inicie su operación, es necesario cumplir con el reglamento y estándares de calidad propios del sector aeronáutico, establecidos por la Aeronáutica Civil Colombiana. // Para cumplir con los requisitos legales vigentes que regulan los Centros de instrucción aeronáuticos, se asignó un Inspector para el proceso de Certificación, el cual ha hecho los requerimientos alrededor del programa, para proceder a la emisión de la autorízación correspondiente para obtener la licencia que le permita al Centro comenzar a impartir la formación;// Teniendo en cuenta lo anterior la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo desde la vigencia 2015 ha garantizado presupuesto en los rubros de servicios personales indirectos, dotación de equipos, mobiliario, contratación de instructores, materiales de formación, etc. dando cumplimiento los requisitos realizados por el inspector de la Aeronáutica Civil Colombiana.// No se cambia el código del centro de costos // Dentro de los requerimientos de la Aeronáutica Civil Colombiana se encuentra la solicitud del cambio de nombre así: Nombre Actual: Centro de la Innovación la Agroindustria y el Turismo - Nombre solicitado: Centro de la Innovación la Agroindustria y la Aviación. // Por lo tanto la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo emite Concepto Favorable para el cambio de nombre del Centro de Formación quedando así: Código de Centro: 9503 (continua igual) - Nombre a aprobar: Centro de la Innovación la Agroindustria y la Aviación"

Que en mérito de lo expuesto, este Despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución  1215 de 2016> Modificar parcialmente el artículo 1o de la Resolución 02428 del 2 de septiembre de 2008, en cuanto al nombre del Centro de la Innovación, la Agroindustria y el Turismo de la regional Antioquia, el cual queda así:

CODIGOREGIONALNOMBRE NUEVONOMBRE ANTERIOR
9503AntioquiaCentro de la Innovación la Agroindustria y la AviaciónCentro de la Innovación la Agroindustria y el Turismo

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución  1215 de 2016> El Centro de Formación Profesional de que trata la presente Resolución debe iniciar a partir de la fecha, una labor de actualización, promoción y posicionamiento de dicho nombre en toda su área de influencia y a nivel nacional.

Cada Centro de Formación, debe desarrollar estrategias que permitan el reconocimiento del nuevo nombre y su fácil asimilación con el nombre anterior; dichas estrategias deben ser implementadas en las vallas, señalización de los espacios y en las piezas gráficas como afiches, tarjetas, folletos, pendones etc.,

ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución  1215 de 2016> En todas las comunicaciones oficiales de la Entidad deberá utilizarse, el nuevo nombre del centro, así como en el aplicativo de Gestión Documental.

ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución  1215 de 2016> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario oficial, modifica en lo pertinente el artículo 1o de la Resolución 02428 de 2008, el artículo 4 de la Resolución 00806 del 12 de mayo de 2004, y las demás normas y disposiciones que le sean contrarias.

PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los

HERNANDO ALFONSO PRADA GIL

Director General

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Compilación Jurídica del SENA
ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
Última actualización: 
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