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RESOLUCIÓN 463 DE 2011

(marzo 24)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Por la cual se delegan unas funciones

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - "SENA"

En uso de las facultades legales otorgadas por el artículo 9 y siguientes de la Ley 489 de 1998, y el numeral 1 del artículo 4 del Decreto 249 del 28 de enero de 2004,

CONSIDERANDO:

Que la función administrativa es concebida a favor de los intereses de la sociedad en general, y se ejecuta y desarrolla con observancia de los principios de igualdad, eficacia, moralidad, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante actos que conlleven la descentralización, delegación y la desconcentración de funciones asignadas a los diferentes entes públicos.

Que en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política de Colombia, y de conformidad con los preceptos enunciados en la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas podrán mediante acto de delegación transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.

Que los representantes legales de organismos estatales, podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley, en los empleados públicos del nivel directivo vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa.

Que el artículo 36 de la Ley 489 de 1998 creó el Sistema General de Información Administrativa del Sector Público, a cargo del Departamento Administrativo de la Función Pública.

Que el artículo 18 de la Ley 909 de 2004 reorganizó el Sistema General de Información Administrativa del Sector Público y lo define como el instrumento que promoverá la planeación, el desarrollo y la gestión de la Función Pública y que cubrirá a todos los organismos y entidades de las tres ramas del Poder Público, organismos de control, organización electoral y organismos autónomos en los órdenes nacional, departamental, distrital y municipal, dentro de los cuales se encuentra el SENA.

Que el Departamento Administrativo de la Función Pública mediante el Decreto 2842 de 2010, reglamentó la operación del Sistema de Información y Gestión del Empleo Público -SIGEP posicionándose como una herramienta tecnológica que sirve de apoyo a las entidades en los procesos de planificación, desarrollo y la gestión del recurso humano al servicio del Estado, que suministrará entre otros la información para la formulación de políticas de organización institucional y recursos humanos.

Que el Departamento Administrativo de la Función Pública, con el fin de integrar al sistema a las Entidades y organismos de la administración pública expidió la Circular externa No. 100-006 del 22 de noviembre de 2010, en la cual dio inicio a la primera fase con el Subsistema de Recursos Humanos, en particular con el módulo de hoja de vida en las Entidades del orden Nacional.

Que la Circular externa No. 100-006 del 22 de noviembre de 2010, estableció como fecha máxima el 15 de marzo de 2011 para actualizar o modificar las hojas de vida de todos los empleados y estableció el procedimiento que deben adelantar las Entidades en esta primera etapa, señalando que la competencia para la implementación del proceso recae en el jefe de unidad de personal o quien haga sus veces de la Entidades públicas.

Que en la Dirección General las funciones de talento humano le corresponden a la Secretaría General (ejecutadas por el Grupo de Relaciones Laborales) y en las Regionales al Director Regional y los Subdirectores de Centro (ejecutadas por el Grupo de Apoyo Administrativo), razón por la cual debe delegarse en estos empleados públicos del nivel directivo las funciones relacionadas con la integración, mantenimiento y actualización de la Entidad al Sistema de Información y Gestión del Empleo Público SIGEP o el que haga sus veces, siguiendo los lineamientos del Gobierno Nacional.

Que en mérito de lo expuesto, este despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Delegar en la Secretaría General del SENA las siguientes funciones, relacionadas con el Sistema de Información y Gestión del Empleo Público SIGEP:

1. Coordinar la integración, mantenimiento y actualización del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA al Sistema de Información y Gestión del Empleo Público SIGEP.

2. Registrar y actualizar la información relacionada con el subsistema de organización institucional del SIGEP, incluyendo normas, nomenclatura y escala salarial de los cargos de la Entidad, estructura organizacional, planta de personal y organigrama.

3. Validar la información de las hojas de vida de los servidores públicos de la Dirección General que la han gestionado a través del portal de servidores públicos.

4. Coordinar y gestionar la información de los servidores públicos de la Dirección General y los contratistas que presten sus servicios en la Dirección General.

5. Actualizar la información de novedades que soportan los procesos de vinculación, traslados, encargos, desvinculaciones y demás situaciones administrativas que sean expedidas por el Secretario General y el Director General.

6. Conocer información relacionada con las vacantes definitivas y consolidar la información para ser reportada a la Comisión Nacional del Servicio Civil, con el fin que se adelanten los procesos de selección para proveer empleos de carrera administrativa.

7. Gestionar los acuerdos de gestión de los cargos de gerencia pública y liderar la implementación del Sistema de Evaluación del Desempeño Laboral de los Empleados Públicos inscritos en carrera administrativa y período de prueba.

8. Generar cuando sean requeridos los reportes que arroje el SIGEP, con el fin de efectuar diagnósticos y procesos de planeación de objetivos, estrategias, metas, indicadores y presupuestos que orientan la gestión de personal y los planes estratégicos de recursos humanos.

9. Gestionar el Plan Institucional de Capacitación, siguiendo los lineamientos de la política de capacitación.

10. Desarrollar y gestionar los planes y programas de bienestar social e incentivos.

11. Presentar informe de gestión resumido ante la Dirección General, sobre los principales indicadores informando claramente cumplimientos e incumplimiento, en el último caso con planes de acción para su mejoramiento

PARÁGRAFO. Las funciones delegadas en los numerales 1 al 8 serán gestionadas a través del Grupo de Relaciones Laborales de la Secretaría General o quien haga sus veces y las funciones de los numerales 9 y 10 serán gestionadas a través del Grupo de Desarrollo del Talento Humano de la Secretaría General o quien haga sus veces. La función 11 hace referencia a un informe estratégico propio de la secretaria general.

ARTÍCULO 2o. Delegar en las Direcciones Regionales y Subdirecciones de Centro que hagan sus veces, las siguientes funciones, relacionadas con el Sistema de Información y Gestión del Empleo Público SIGEP:

1. Validar la información de las hojas de vida de los servidores públicos de la Dirección Regional que la han gestionado a través del portal de servidores públicos.

2. Coordinar y gestionar la información de los servidores públicos de la Dirección Regional y los contratistas que presten sus servicios en la Dirección Regional.

3. Actualizar la información de novedades que soportan los procesos de vinculación, traslados, encargos, desvinculaciones y demás situaciones administrativas que sean expedidas por el Director Regional.

4. Participar en la ejecución del Plan Institucional de Capacitación, siguiendo los lineamientos de la Secretaría General.

5. Ejecutar los planes y programas de bienestar social e incentivos.

6. Presentar informe de gestión regional resumido ante la Secretaria General, sobre los principales indicadores informando claramente cumplimientos e incumplimiento, en el último caso con planes de acción para su mejoramiento

PARÁGRAFO. Las funciones delegadas serán gestionadas a través del Grupo de Apoyo Administrativo o quien haga sus veces.

ARTÍCULO 3o. Delegar en Subdirecciones de Centro y Direcciones Regionales que hagan sus veces, las siguientes funciones, relacionadas con el Sistema de Información y Gestión del Empleo Público SIGEP:

1. Validar la información de las hojas de vida de los servidores públicos del Centro de Formación que la han gestionado a través del portal de servidores públicos.

2. Coordinar y gestionar la información de los servidores públicos del Centro de Formación y los contratistas que presten sus servicios en el Centro de Formación.

3. Actualizar la información de novedades que soportan los procesos de vinculación, traslados, encargos, desvinculaciones y demás situaciones administrativas que sean expedidas por el Subdirector de Centro.

4. Participar en la ejecución del Plan Institucional de Capacitación, siguiendo los lineamientos de la Secretaría General.

5. Ejecutar los planes y programas de bienestar social e incentivos.

PARÁGRAFO. Las funciones delegadas serán gestionadas a través del Grupo de Apoyo Administrativo o quien haga sus veces.

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y adiciona las Resoluciones No. 2529 de 2004, No. 442 de 2005, No. 2511 de 2006 y No. 351 de 2007.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLESE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 24 MAR. 2011

CAMILO EDUARDO BERNAL HADAD

Director General

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Compilación Jurídica del SENA
ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
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