RESOLUCIÓN 559 DE 2011
(abril 8)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 292 de 2012>
Por la cual se fijan los rangos de valores para cada uno de los rubros financiables para el Programa Nacional de Formación Especializada y Actualización Tecnológica del Recurso Humano en las Líneas de Formación para la Alta Gerencia y SENA-Empresas y se subrogan las Resoluciones 0403 y 1026 de 2010
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA
En ejercicio de la facultad que le confiere el numeral 4o del artículo 4o del Decreto 249 de 2004 y en desarrollo de lo establecido en el artículo 12 del Acuerdo 0017 de 2009, expedido por el Consejo Directivo Nacional de Aprendizaje - SENA y,
CONSIDERANDO:
Que por disposición del Artículo 16 de la Ley 344 de 1996, el Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA destinará un 20% de los ingresos correspondientes a los aportes sobre las nóminas de que trata la Ley 119 de 1994, artículo 30, numeral 4o, para el desarrollo de programas de competitividad y desarrollo tecnológico productivo;
Que en virtud de lo dispuesto en el literal a) del numeral 3o del artículo 28 del Decreto 585 de 1991, le corresponde al SENA: “Adelantar actividades de formación profesional, de conformidad con las normas vigentes, dirigidas a transferir tecnología de utilización inmediata en el sector productivo, realizar programas y proyectos de investigación aplicada y desarrollo tecnológico y orientarla creatividad de los trabajadores colombianos…”;
Que mediante el Acuerdo 0017 de 2009, se aprobaron las políticas de la formación continua y los criterios generales para orientar los recursos de la Ley 344 de 1996 y se derogaron los Acuerdos 0006 de 2008, 0002 de 2009 y 0006 de 2009;
Que mediante Acuerdo 0002 de 2011, se modifica parcialmente el Acuerdo No. 0017 de 2009;
Que de conformidad con el Artículo 12 del Acuerdo 0017 de 2009, “El Director General del SENA establecerá anualmente los rangos de valores para cada uno de los rubros financiables en las diferentes líneas del programa, teniendo en cuenta los precios de mercado nacional e internacional. Para la contratación de expertos considerados líderes a nivel internacional o estrategas con experiencia comprobada, el Director del SENA podrá establecer un monto diferencial para facilitar la ejecución de proyectos o eventos de gran impacto y/o cobertura nacional que requieran de tales expertos”;
RESUELVE:
MONTOS PARA LOS RUBROS FINANCIABLES EN LA MODALIDAD DE FORMACIÓN PRESENCIAL.
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 292 de 2012> Establecer para el Programa Nacional de Formación Especializada y Actualización Tecnológica del Recurso Humano, en las Líneas de Formación para la Alta Gerencia y SENA- Empresas, los siguientes rangos de valores para los rubros financiables consagrados en el Artículo 26 del Acuerdo 0017 de 2009, modificado por el Artículo 1 del Acuerdo 002 de 2011:
RUBRO 1: HONORARIOS
Los siguientes son los requisitos y tarifas que se aplicarán para los expertos a que se refiere este rubro:
TIPO | DESCRIPCIÓN DEL PERFIL | MONTO MÁXIMO POR HORA DE FORMACIÓN |
Técnico y/o tecnólogo con experiencia específica comprobada, mínimo de tres (3) años | $84.000 | |
Profesional con experiencia específica comprobada, mínimo de tres (3) años | $189.000 | |
Profesional con título de especialización y experiencia específica comprobada, mínimo de tres (3) años | $231.000 | |
Honorarios expertos nacionales | Profesional con título de maestría y experiencia específica comprobada, mínimo de tres (3) años | $294.000 |
Profesional con título de doctorado y con experiencia específica comprobada, mínimo de tres (3) años | $367.000/ | |
Técnico y/o tecnólogo con experiencia específica comprobada, adquirida en el exterior, superior a cinco (5) años | $230.000 | |
Profesional con experiencia específica comprobada, adquirida en el exterior, superior a cinco (5) años | $419.000 | |
Honorarios expertos internacionales | Profesional con título de especialización y experiencia específica comprobada, adquirida en el exterior, superior a cinco (5) años | $608.000 |
Profesional con título de maestría y experiencia específica comprobada, adquirida en el exterior, superior a cinco (5) años | $797.000 | |
Profesional con título en doctorado, con experiencia específica comprobada, adquirida en el exterior, superior a cinco (5) años | $986.000 | |
Honorarios docentes internos | Acorde con los perfiles descritos anteriormente, aplicables para expertos nacionales o internacionales | Únicamente como contrapartida del conviniente, en especie |
PARÁGRAFO 1o. Se reconoce por experto una dedicación máxima de 160 horas mensuales en el proyecto.
PARÁGRAFO 2o. La experiencia adquirida puede ser laboral o académica, relacionada con la temática que va a orientar, y debe ser acreditada mediante los correspondientes certificados.
RUBRO 2: TIQUETES AÉREOS
El SENA reconocerá el valor de los tiquetes aéreos de los expertos nacionales e internacionales y de los docentes internos que estén programados previamente dentro de la acción de formación.
RUBRO 3: ALOJAMIENTO, MANUTENCIÓN Y TRANSPORTE LOCAL Y/O INTERMUNICIPAL
TIPO | DESCRIPCIÓN | MONTO MÁXIMO POR DÍA |
Experto nacional | Aplica para todos los expertos nacionales independientemente de su perfil y formación académica. Incluye docentes internos nacionales | $333.000 |
Experto internacional | Aplica para todos los expertos internacionales independientemente de su perfil y formación académica. Incluye docentes internos internacionales | $603.000 |
RUBRO 4: TRADUCCIÓN
TIPO | MONTO MAXIMO FINANCIABLE |
Honorarios traducción simultánea en idioma diferente al español | $185.000 (por hora) |
Honorarios traducción de conferencias o materiales de formación entregados por expertos internacionales para ser suministrados a los beneficiarios | Según precios del mercado |
RUBRO 5: ADMINISTRACIÓN DEL PROYECTO
El porcentaje máximo para este rubro será hasta el 10% del valor total del proyecto.
RUBRO 6: MATERIAL DE FORMACIÓN
CONCEPTO | VALOR MÁXIMO FINANCIABLE |
Digital (CD, DVD, quemado de los mismos) | $5.300 (Por persona/acción de formación) |
Impresos (Cartillas, libros, manuales, folletos) | De conformidad con los precios del mercado |
Insumos (Materia prima para la formación) | De acuerdo con los precios actuales del mercado |
PARÁGRAFO 3o. Dentro del material de formación se reconocerá un rubro de insumos o materia prima, únicamente en los casos que sean requeridos para la ejecución de las acciones de formación, en las cantidades estrictamente necesarias y a precios actuales del mercado.
PARÁGRAFO 4o. Para efectos de la presente Resolución se define como insumo, un bien consumible utilizado en el proceso productivo de otro bien.
RUBRO 7: PROMOCIÓN Y DIVULGACIÓN
Los siguientes conceptos del rubro promoción y divulgación serán aplicables para todas las líneas y modalidades:
CONCEPTO | VALOR MAXIMO |
Invitaciones, impresión y distribución | $3.255 (Por invitado) |
Escarapelas y diplomas | $6.500 (por participante) |
Los siguientes conceptos del rubro promoción y divulgación serán aplicables para la Línea Alta Gerencia en las tres (3) modalidades y para la línea SENA-Empresas únicamente la modalidad SENA-Gremios:
CONCEPTO | VALOR MÁXIMO POR ACCION DE FORMACIÓN |
Call center | $1.041 (Por registro o invitación) |
Pendones | $319.000 |
Baking | $2.268.000 |
Punto de registro beneficiarios | $168.000 (Punto/día) |
Personal para montaje técnico | $80.000 (Persona/día) |
Personal coordinación de la acción de formación | $208.000 (Persona/día) |
Grabación y edición de la acción de formación | $203.000 (hora) |
PARÁGRAFO 5o. La promoción y divulgación deberá tener en cuenta las restricciones que en materia de austeridad del gasto y la reducción real de costos limita a las entidades del Estado, Artículo 7 Decreto 1737 de 1998.
RUBRO 8: ALQUILER DE SALONES Y EQUIPOS PARA LA FORMACIÓN
- ALQUILER DE AULAS Y AUDITORIOS
El SENA reconocerá el valor del alquiler de aulas y auditorios destinados a la ejecución de las acciones de formación, de acuerdo con los precios actuales del mercado y acorde con el número de beneficiarios.
- ALQUILER EQUIPOS
EQUIPO | VALOR MÁXIMO HORA POR EQUIPO |
Video beam | $12.500 |
Televisor | $4.850 |
Televisor plasma | $9.600 |
Pantalla cinemax 1.60x1.20 | $10.100 |
Pantalla cinemax 2.00x1.50 | $11.300 |
Computador | $9.700 |
Equipo base traducción a dos idiomas | $5.800 (día/por equipo) |
PARÁGRAFO 6o. El SENA reconocerá el valor de alquiler de sonido destinado a la ejecución de las acciones de formación para grupos superiores a cincuenta (50) personas, de acuerdo con los precios actuales del mercado y acorde con el número de beneficiarios.
PARÁGRAFO 7o. Para este rubro la cantidad de equipos que podrán ser financiados, serán los necesarios para la organización y ejecución de cada acción de formación. En todo caso, el monto máximo a financiar no podrá exceder el 10% del valor total de la respectiva acción de formación, excepto para el concepto denominado equipo base traducción a dos idiomas.
RUBRO 9: ALIMENTACIÓN Y TRANSPORTE PARA BENEFICIARIOS DEL SECTOR AGROPECUARIO
Para el caso de proyectos cuyos beneficiarios sean productores del sector agropecuario, se tendrán como rubros financiables con recursos de la contrapartida del conviniente, la alimentación y el transporte de los beneficiarios de la capacitación. En ningún caso el valor de este rubro podrá superar el 50% del aporte de contrapartida del conviniente.
ARTÍCULO 2o. Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 292 de 2012> Establecer los montos diferenciales para la contratación de expertos considerados líderes a nivel internacional o estrategas con experiencia comprobada, para facilitar la ejecución de proyectos o acciones de formación de gran impacto y/o cobertura nacional que requieran de tales expertos, los cuales serán aplicables de acuerdo con lo siguiente, previas las definiciones establecidas en el glosario de la convocatoria:
MONTOS DIFERENCIALES PARA LA CONTRATACIÓN DE EXPERTOS CONSIDERADOS LÍDERES A NIVEL INTERNACIONAL O ESTRATEGAS CON
EXPERIENCIA COMPROBADA
(Aplica únicamente para proyectos o acciones de formación de gran impacto y/o de cobertura nacional que requieran tales expertos)
TIPO Y DESCRIPCIÓN DEL PERFIL | MONTO MÁXIMO POR ACCIÓN DE FORMACIÓN |
Líder con reconocimiento a nivel internacional, entre 5 y 6 años de experiencia reconocida en el área temática | $13.000.000 |
Líder con reconocimiento a nivel internacional, entre 7 y 8 años de experiencia reconocida en el área temática | $17.000.00 |
Líder con reconocimiento a nivel internacional, con experiencia mayor a 9 años, reconocida en el área temática | $20.700.000 |
Estratega con experiencia comprobada como tal en el área temática | $62.000.000 |
PARÁGRAFO ÚNICO. En este rubro se puede incluir como contrapartida en dinero o especie los valores aquí señalados, siempre y cuando se cumpla con la descripción del perfil.
MONTOS FINANCIABLES PARA LA MODALIDAD DE FORMACIÓN VIRTUAL.
ARTÍCULO 3o. Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 292 de 2012> Para la modalidad de formación virtual aplican los montos financiables para alquiler de equipos, aulas, material de formación, promoción y divulgación, en caso de que se requieran, indicados en el Capítulo I de la presente Resolución.
Para esta modalidad se definen exclusivamente los siguientes montos, que incluyen costo de diseño, tutoría, material de formación y acceso a la plataforma:
CONCEPTO | VALOR MÁXIMO POR PERSONA |
Cursos virtuales nacionales | $81.000 |
Cursos virtuales internacionales | $507.000 |
MONTOS FINANCIABLES PARA LA MODALIDAD DE FORMACIÓN COMBINADA.
ARTÍCULO 4o. Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 292 de 2012> Para esta modalidad se aplicarán los montos definidos en los Capítulos I y II de la presente Resolución.
ARTÍCULO 5o. Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 292 de 2012> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y subroga expresamente las Resoluciones Nos. 0403 y 1026 de 2010, y demás disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, a los 08 ABR. 2011
CAMILO EDUARDO BERNAL HADAD
Director General