RESOLUCION 559 DE 2018
(abril 11)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA
Por la cual se adopta el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial del
Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA y se deroga la Resolución 1713
de 2014
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarlas, especialmente las conferidas por el artículo 4, numeral 4 del Decreto 249 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia en el artículo 25 prevé que “El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas,”:
Que el artículo 48 de la Constitución Política de Colombia contempla la Seguridad Social como un derecho a favor de todos los habitantes de nuestro territorio en los siguientes términos: "Se garantiza a todos los habitantes el derecho irrenunciable a la Seguridad Social", y lo refuerza señalando que “La Seguridad Social es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, en los términos que establezca la Ley. ”
Que la Ley 962 de 2005 en su artículo 55 modificó los artículos 349 a 351 del Código Sustantivo del Trabajo, y, como consecuencia de ello, suprimió la revisión y aprobación del Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial por el Ministerio de Protección Social (hoy Ministerio de Trabajo), previsto en el Decreto 684 de 1984, Indicando que el artículo 349 del Código Sustantivo del Trabajo quedará así: “Los empleadores que tengan a su servicio diez (10) o más trabajadores permanentes deben elaborar un reglamento especial de higiene y seguridad, a más tardar dentro de los tres (3) meses siguientes a la iniciación de laborales, si se trata de un nuevo establecimiento. El Ministerio de Protección Social vigilará el cumplimiento de esta disposición”.
Que la Ley 1562 de 2012 “Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional”, al abordar la Salud Ocupaclonal definió la Seguridad y Salud en el Trabajo como aquella disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y dé la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, así como la salud en el trabajo, que conlleva la promoción y el mantenimiento del bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones.
Que mediante el Decreto 723 de 2013, compilado en el Decreto 1072 de 2015, se reglamentó la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios con entidades o Instituciones públicas o privadas y de los trabajadores Independientes que laboren en actividades de alto riesgo.
Que el Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Trabajo, en el artículo 2.2.4.6.10 señala que los trabajadores deben “3. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa”.
Que la Honorable Corte Constitucional en Sentencia C-509 del 16 de julio de 2014, dentro del expediente D-10016, con ponencia del Magistrado Mauricio González Cuervo, analizó la demanda de ¡nconstltuclonalldad de los Incisos segundo y tercero del artículo tercero de la Ley 1562 de 2012, “por la cual se modifica el Sistema de Riesgo Laborales y se dictan otras disposiciones en Salud Ocupacional”, e indicó que “En el Sistema General de Riesgos Laborales está permitida la inclusión de los contratistas dentro del contexto de accidente de trabajo del artículo 3 de la Ley 1562 de 2012, pues la equiparación legal con los trabajadores dependientes materializa el principio de ampliación de la cobertura en seguridad social (Art. 48 CP) y repercute en el ámbito de la afiliación obligatoria sin modificar las relaciones contractuales previas”.
Que las.empresas y las entidades públicas, tienen la obligación de adoptar el reglamento de higiene y seguridad industrial a disposición del Ministerio del Trabajo, trabajadores y contratistas y mantenerlo vigente.
Que la Administradora de Riesgos Laborales Positiva Compañía de Seguros S.A., mediante comunicación radicada bajo el No 27754 del 11 de marzo de 2016, emitió un alcance al formato de separación de Centros de Trabajo del 22 de agosto de 2013, precisando que los trabajadores independientes se deben acoger a los riesgos que aplican para trabajadores dependientes, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Decreto 723 de 2013.
Que en noviembre de 2017 la ARL Positiva actualizó la oferta educativa que contiene la clasificación de riesgos de la Resolución 1713 de 2014 y de igual forma actualizó el documento del alcance radicado bajo el No. 27754 del 11 de marzo de 2016, mediante comunicación radicada bajo el No. 168471 del 30 de noviembre de 2017.
Que el Consejo Directivo Nacional del SENA mediante el Acuerdo 007 del 9 de noviembre de 2016, en el artículo 2o aprobó las políticas y objetivos de los Subsistemas de Gestión que conforman el Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol- SIGA, entre ellos, la política y objetivos de Seguridad y Salud en el Trabajo
Que con base en las anteriores consideraciones, resulta necesario actualizar el Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo del SENA, ajustándolo conforme a la clasificación establecida en la Guía Técnica Colombiana GTC 45 versión 2012, y de esta forma, dar cumplimiento a la norma, con lineamientos claros en esta materia, compilando en un solo acto administrativo el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial de la Entidad.
Que se hace necesario actualizar la normatividad que se encuentra vigente en el Servicio Nacional de Aprendizaje- Sena, en cuanto al Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial.
Que en consecuencia y, en cumplimiento de la norma precitada, se adoptará a través de esta Resolución el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial para el Servicio Nacional de Aprendizaje-SENA.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adoptar el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, cuyo documento se encuentra contenido en los artículos siguientes de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2o. Identificación de la Entidad para efectos del Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial.
RAZÓN SOCIAL: SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA. IDENTIFICACIÓN: NIT 899999034-1
| Oficina Principal | Dirección | Teléfono | Ciudad |
| Dirección General | Cl 57 No. 8 - 69 | 5461500 | Bogotá D. C |
| Regionales en el país | 33 | Centros de Formación | 117 |
Administradora de Riesgos Laborales: Positiva Compañía de Seguros S.A.
Los contratistas de prestación de servicios personales, tienen derecho a la libre escogencia de Administradora de Riesgos Laborales, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 2.2.2.2.4 del Decreto 1072 de 2015 que compiló el artículo 4 del Decreto 723 de 2013.
Clase de Riesgo: Para la actividad principal el SENA se tiene el siguiente nivel de riesgo:
Código de la Actividad Económica Principal: De acuerdo con la asignación realizada por la Administradora de Riesgos Laborales, la actividad principal del SENA es la determinada en el código 1806001 - Establecimientos de educación no formal incluye programas de alfabetización para adultos, de acuerdo con el Decreto 1607 de 2002, "Por el cual establece la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Profesionales".
| Riesgo | Cotización |
| l | 0.522% |
Otras clases de riesgos: De acuerdo con la reclasificación de los riesgos laborales realizada por la Administradora de Riesgos Laborales, adicional a la actividad principal, en las 33 Regionales y en los 117 Centros de Formación, se encontraron los siguientes riesgos y sus cotizaciones:
| Riesgo | Cotización |
| II | 1.044% |
| III | 2.436% |
| IV | 4.350% |
| V | 6.960% |
La Administradora de Riesgos Laborales Positiva Compañía de Seguros S.A., realizó estudio técnico para la clasificación de la actividad económica de la Entidad, por nivel de riesgo y porcentaje de cotización al Sistema General de Riesgos Laborales para servidores públicos y contratistas de prestación de servicios personales. A continuación se relacionan las actividades económicas más representativas por nivel de riesgo:
Descripción de actividades
Actividad Principal de la entidad 1806001 Establecimientos de educación no formal incluye programas de alfabetización para adultos etc.
Este código incluye las actividades administrativas y de dirección, organización de recursos, expedición de normas técnicas y planes de formación profesional integral, para velar por el mantenimiento de los mecanismos que aseguren el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, relacionadas con el contrato de aprendizaje y organizar, desarrollar, administrar y ejecutar los programas de formación profesional integral, en coordinación y en función de las necesidades sociales y del sector productivo del país.
Se incluye también en este código toda la red de actividad física, toda la red de comercio y ventas, toda la red de cultura excepto la elaboración de violín y viola, toda la red de gestión administrativa y financiera, toda la red de informática, diseño y desarrollo de software, la producción de fotografía publicitaria, las artesanías tradicionales en tejido de punto y tejeduría en telar para productos artesanales, el dibujo arquitectónico, de la red de hotelería y turismo la asistente de guianza, diseño de productos turísticos, diseño de proyectos turísticos, diseño y comercialización de planes y programas turísticos, ecoturismo, elaboración de paquetes turísticos en espacios naturales, eventos recreativos, gestión de destinos turísticos, gestión de proyectos en turismo sostenible, gestión del ecoturismo, guianza en observación de aves, guianza turística, guianza turística, guianza turística y recreativa, información turística, operación de eventos, operación de guianza turística, operación de reservas y venta de productos turísticos, organización de eventos, organización de eventos recreativos, turísticos y culturales, procesos recreativos y turísticos, recreación, reservas y venta de productos turísticos, servicios de agencias de viajes. De la red de logística y gestión de la producción se incluye el alistamiento y operación de maquinaria para la producción industrial, apoyo logístico en eventos y servicios empresariales, comercio internacional, compras y suministros, gestión de producción industrial, gestión de recursos en plantas de producción, gestión en laboratorios de ensayo y calibración - norma ISO/IEC 17025, gestión logística, logística de servicios de seguridad, logística del transporte, logística empresarial, procesos de manufactura, supervisión de buenas prácticas de manufactura. De la red salud las ofertas de análisis de glosa y cartera de cuentas médicas, atención integral a la primera infancia, prestación de servicios de salud con base en la estrategia de atención primaria, regencia de farmacia, salud pública, servicios farmacéuticos, de la red de servicios personales, las ofertas de cosmetología y estética integral, cuidado estético dé manos y pies, peluquería, técnicas avanzadas de maquillaje social, de la red de telecomunicaciones: el programa de diseño, implementación y mantenimiento de sistemas de telecomunicaciones, de la red transporte: las ofertas de gestión portuaria y administración del servicio de transporte individual de pasajeros. Lás anteriores se clasifican en clase de riesgo 1
CODIGO: 2551101 Por las actividades económicas alojamiento en hoteles, hostales y apartahoteles, hospedaje día a día y 2013001 empresas dedicadas a la actividad mixta agrícola y pecuaria. En clase de riesgo II.
En este código se incluye toda la red agrícola, toda la red de biotecnología, toda la red pecuaria, de la red ambiental los programas de control ambiental, gestión de comunidades étnicas de proyectos agropecuarios sostenibles, gestión sostenible de la biodiversidad vegetal, manejo ambiental, manejo y aprovechamiento de bosques naturales, producción agropecuaria ecológica, producción y consumo sostenible, promotoría socio ambiental en grupos étnicos, sistemas de gestión ambiental, de la red logística y gestión de la producción: los programas de almacenamiento, empaque y embalaje de objetos, gestión integrada de la calidad, medio ambienté, seguridad y salud ocupacional, salud ocupacional, la elaboración de violín y viola, el mantenimiento de equipos electrónicos de consumo masivo en audio y video, de la red de hotelería y turismo los programas de formación de administración hotelera, atención en el servicio de equipajes en aeropuerto, auxiliar de cocina, barismo, cocina, gastronomía, gestión hotelera, gestión para establecimientos de alimentos y bebidas, manejo de posadas turísticas, marketing para servicios hoteleros, mesa y bar, operación de alojamiento rurales, operación de alojamientos rurales, servicio de arreglo de habitaciones, servicio de mesa y bar, servicios comerciales y aeroportuarios a pasajeros, servicios de alojamiento, servicios de bar tender, servicios de camping, de la red de telecomunicaciones, gestión y configuración de servicios IP para telefonía y televisión, instalación de infraestructura para redes móviles, instalación de redes híbridas de fibra óptica y coaxial, instalación de redes internas de telecomunicaciones, instalación y mantenimiento de sistemas de televisión análoga y digital, instalación y reparación de red de fibra óptica, iriterventoría de proyectos de telecomunicaciones, soporte y gestión de servicios para telecomunicaciones, de la red textil los programas de formación de confección, diseño y moda, confección industrial, confección industrial de ropa deportiva, confección industrial de ropa exterior, confección industrial de ropa exterior en diferentes líneas de producción, confección industrial de ropa interior, control de calidad en confección, desarrollo de prendas para la seguridad industrial, desarrollo de prendas por técnica de drapeado, desarrollo industrial de prendas de control, diseño para la industria de la moda, entrenamiento de personal operativo en confecciones, manejo de máquinas de confección industrial para jean, manejo de máquinas de confección industrial para ropa exterior, manejo de máquinas de confección industrial para ropa interior y deportiva, medición técnica del color, mercadeo estratégico para el sistema moda, patronaje industrial de prendas de vestir, patronaje y confección de dotación industrial, procesos textiles, telares de aire y proyectil, textil, tintorería y acabados textiles, trazo y corte en confección industrial.
CODIGO: 3517002 Por las actividades económicas de mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo, incluye solamente talleres electromecánicos, la reparación de maquinaria pesada, la reparación, carga y/o venta de acumuladores y 3851101 empresas dedicadas a actividades de las instituciones prestadoras de servicios de salud con internación, incluye hospitales generales, centros de atención medica con ayudas diagnósticas, instituciones prestadoras de servicios de salud, centros especializados (excepto de radiodiagnósticos y/o radioterapia), hospitales para tuberculosos, instituciones de salud mental. En clase de riesgo III.
El código 3517002 incluye toda la red automotor, de la red ambiental los programas de formación de agua y saneamiento, aprovechamiento sustentabíe de la biodiversidad vegetal, conservación de recursos naturales, gestión de recursos naturales, operación de sistemas de potabilización de agua, operación de sistemas de tratamiento de vertimientos líquidos, operación y mantenimiento de sistemas de abastecimiento de agua para pequeñas comunidades, silvicultura y aprovechamiento de plantaciones forestales, sistemas agropecuarios ecológicos, de la red de artes gráficas los programas de formación de acabados especiales de documentos impresos, control de calidad en el proceso serigráfico, coordinación del proceso para diseño de medios impresos, diseño para la comunicación gráfica,, elaboración de procesos manuales para piezas gráficas, encuadernación de documentos impresos, gestión de la producción gráfica, igualación y mezcla. de tintas para impresión, ilustración creativa, impresión de pequeño formato, impresión digital, impresión flexo gráfica, impresión offset, impresión serigráfica, medición técnica del color, metrología para la industria gráfica, pre- prensa digital para medios impresos, pre prensa para flexo grafía, procesos serigráficos de la red de artesanías y joyería los programas de cerámica, elaboración de objetos artesanales con recursos maderables, engaste, fundición de joyería a la cera perdida, joyería armada, modelado 3d para joyería, producción de joyería, talla de gemas para joyería, de la red construcción los programas de mantenimiento y reparación de artefactos a gas y mantenimiento y reparación de gasodomésticos, de la red de cuero, calzado, marroquinería los programas de control de calidad en calzado y marroquinería, desbaste, costura y armado para marroquinería, diseño de calzado y marroquinería, diseño de componentes para calzado, elaboración artesanal de artículos en cuero, guarnición de calzado, modelaje de calzado, strobel, tubular y bota, modelaje digital en 3d para marroquinería, producción de calzado, producción de marroquinería, tecnólogo en producción de calzado y marroquinería, dé la red de materiales para la industria los programas de análisis de materiales para la industria, tapizado de muebles, aplicación de recubrimientos con pintura, aplicación de recubrimientos con pintura en madera, aplicador de recubrimientos de pintura con superficies de madera, carpintería. delineado y armado de estructuras en madera, diseño de mobiliario, diseño de moldes para transformación de materiales plásticos, diseño de productos industriales, diseño industrial, diseño y armado de estructuras en madera, ebanistería, fabricación de muebles modulares y contemporáneos, fabricación de película plástica por extrusión, fabricación de productos plásticos pon inyección y soplado, fabricación de productos plásticos por extrusión, fabricación de productos plásticos por extrusión, fabricación de productos plásticos por inyección, gestión del ciclo de vida del producto, laminación manual fibra de vidrio, mantenimiento de maquinaria para la industria del plástico, operador de máquinas para el trabajo de la madera, preparación de máquinas para transformación de plásticos, preparador de tableros, procesos productivos de la madera, producción con.poliéster reforzado, trabajador de la madera, transformación de polímeros por extrusión de película, transformación de polímeros por extrusión de perfiles, transformación de polímeros por soplado, transformación primaria de la madera, transformación de polímeros por inyección, de la red de mecánica industrial los programas de aseguramiento metrológico industrial, carpintería metálica, diseño de sistemas mecánicos, diseño de troqueles, ensamble, armado y mantenimiento de tuberías, fabricación de moldes y troqueles, mantenimiento electromecánico industrial, mantenimiento mecánico industrial, mantenimiento y reconstrucción de piezas metálicas para armamento básico de infantería, mecánico de maquinaria industrial, mecanizado de productos metalmecánicos, operación y mantenimiento de máquinas de control numérico, procesamiento y caracterización de materiales metálicos, recubrimientos rrietálicos, soldadura de productos metálicos (platina), supervisión de la fabricación de productos metálicos soldados, trazado, corte y armado en láminas, perfiles y tuberías, de la red textil, confección diseño y moda los programas de mantenimiento de máquinas de confección industrial y máquinas para elaborar medias o calcetines.
El código 3851101 incluye la red de química aplicada y de la red salud los programas de formación apoyo administrativo en salud, asistencia a la persona en terapia renal, atención al recién nacido critico en la unidad neonatal, atención del paciente adulto en unidad de cuidado intensivo, atención del paciente pediátrico en unidad de cuidado intensivo, atención integral a la persona con enfermedad oncológica, atención integral al paciente domiciliario, atención integral de enfermería al usuario en la, unidad quirúrgica, cuidado básico de personas con dependencia funcional, cuidado integral al paciente en el servicio de urgencias, desarrollo de habilidades para asistencia integral a personas mayores, desarrollo y adaptación de prótesis y ortesis, enfermería,¿gestión de procesos administrativos de salud, mecánica dental, salud oral.
El código: 4401001 por las actividades de generación, captación y distribución de energía eléctrica incluye solamente empresas de servicios de generación y/o distribución de energía y 460320Í empresas dedicadas al transporte colectivo no regular de pasajeros. En clase de riesgo IV.
El código 4401001 incluye toda la red acuícola y pesca, toda la red aeroespacial, de la red electrónica y automatización los programas de automatización industrial, diseño e integración de automatismos mecatrónicas, implementación y mantenimiento de equipos electrónicos industriales, instalación y mantenimiento de equipos para instrumentación industrial, instrumentación industrial, mantenimiento de automatismos industriales, mantenimiento de equipo biomédico, mantenimiento de equipos automatizados, mantenimiento de equipos de refrigeración, ventilación y climatización, mantenimiento de equipos e instalación de refrigeración comercial, mantenimiento electrónico e instrumental industrial, de la red de energía eléctrica los programas de construcción y montaje de instalaciones eléctricas, electricidad, electricidad industrial, gestión para el uso eficiente de la energía eléctrica, instalación y montajes eléctricos, instalaciones eléctricas en baja tensión, instalaciones eléctricas residenciales, luminotecnia, mantenimiento e instalación de sistemas solares fotovoltaicos, montaje y mantenimiento de redes aéreas de distribución, montaje y mantenimiento de sistema de transmisión de energía eléctrica, sistemas solares fotovoltaicos, supervisión de redes de distribución de energía eléctrica, de la red ambiental el programa de manejo integral de residuos sólidos, de la red mecánica industrial el programa diseño de elementos mecánicos para su fabricación con máquinas herramientas ene, y de la red de servicios personales los programas de apoyo técnico en cementerios y tanatopraxia.
El código 4603201 incluye de la red transporte los programas de formación de control de tránsito, transporte y seguridad vial, distribución de productos en vehículos industriales, maquinista de locomotoras, marinero que forme parte de la guardia de navegación, marinero que forme parte de la guardia de una cámara de máquinas, oficial que forma parte de una cámara de máquinas, transporte de carga en vehículo articulado.
El CODIGO: 5101001 por las actividades de extracción y aglomeración de hulla (carbón de piedra), incluye solamente a empresas dedicadas a la explotación de carboneras, gasificación de carbón in situ y producción del carbón aglomerado; 5453002 construcción de obras de ingeniería civil, incluye solamente a empresas dedicadas al montaje y/o reparación de oleoductos; 5749203 empresas dedicadas a actividades de investigación y seguridad, incluye solamente a empresas dedicadas a los dactiloscopistas en los cargos de detective agente, profesionales especializados, personal de detectives en distintos grados, directores de establecimientos carcelarios, mayores, capitanes, tenientes, sargentos, guardianes, servicios de escoltas, servicio de transporte de valores; y 5851101 empresas dedicadas a actividades de las instituciones prestadoras de servicios de salud, con internación, incluye solamente a empresas dedicadas a los centros de atención medica con radiodiagnóstico y/o radioterapia, consultorios médicos y/o odontológicos cuyas unidades radiológicas no cumplen con las normas de radioprotección vigente. En clase de riesgo V.
El código 5101001 incluye toda la red de Hidrocarburos y toda la red de Minería.
El código 5453002 incluye toda la red de infraestructura, de la red construcción los programas de formación de carpintería de aluminio, construcción, construcción de edificaciones, construcción de estructuras en concreto, construcción de estructuras en guadua., construcciones livianas en seco, decoración y adecuación de espacios comerciales, gestión para el suministro gases combustibles y no combustibles, instalaciones hidráulicas sanitarias y de gas, instalaciones para suministro de gas combustible en edificaciones residenciales y comerciales, manipostería, mantenimiento y reparación de edificaciones, revestimiento en pintura arquitectónica, de la red energía eléctrica los programas de formación de instalaciones.eléctricas de viviendas e ínterventoría de obras eléctricas, de la red materiales para la industria los programas deformación de carpintero instalador, construcción de viviendas modulares en madera, decoración de espacios arquitectónicos, decoración de espacios interiores, enchapado. instalador de obras de carpintería, de la red de mecánica industrial los programas de formación de fabricación de productos metálicos soldados, soldadura de mantenimiento en productos metálicos, soldadura de tuberías de acero al carbono con proceso gtawy smaw, soldadura de tuberías de acero al carbono con proceso.
El código 5851101 incluye la red salud, los programas de formación de atención de incendios y emergencias, imágenes diagnósticas, manejo de fuentes abiertas de uso diagnóstico y terapéutico, radioterapia, rescate acuático en aguas confinadas.
El código 5749203 quedó habilitado para los casos de programas de formación que se desarrollan en centros penitenciarios y que por petición de los centros penitenciarios deben ir al riesgo de ellos.
Parágrafo: Con las actividades económicas y el riesgo potencial que las caracteriza se pueden homologar otras actividades económicas teniendo en cuenta estos factores.
ARTÍCULO 3o. El Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA- se compromete a dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes, tendientes a garantizar los mecanismos que aseguren una adecuada y oportuna prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades laborales dentro del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.
ARTÍCULO 4o. El SENA promoverá y garantizará la conformación y funcionamiento de los Comités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo, Comités de Convivencia Laboral y de las Brigadas de Emergencias, de acuerdo con la normatividad vigente.
ARTÍCULO 5o. El SENA destinará los recursos necesarios, para desarrollar las actividades permanentes, de conformidad con el Sistema de Gestión dé la Seguridad y Salud en el Trabajo, y con la normatividad vigente, incluyendo como mínimo los siguientes aspectos:
a) Subprograma o eje de Medicina Preventiva y del Trabajo, el cual tiene como finalidad principal la promoción, prevención y control de la salud de los trabajadores, protegiéndolos de los factores de riesgo ocupacionales, ubicándolos en sitios de trabajo acorde con sus condiciones de trabajo psicofisiológicas y manteniéndolos en actitud de producción de trabajo.
b) Subprograma o eje de Higiene y Seguridad Industrial, tiene como objeto la identificación, reconocimiento, evaluación y control de los factores ambientales, que se originen en los lugares de trabajo y que puedan afectar la salud de los trabajadores.
c) Subprograma de Riesgo Psicosocial o eje Sena Mentalmente Saludable, está dirigido a la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a los factores de riesgo psicosocial en el trabajo, así como al estudio y determinación de origen de las patologías presuntamente causadas por el estrés ocupacional.
ARTÍCULO 6o. Los riesgos ocupacionales en el Sena están constituidos principalmente por:
a. Ambientes de formación y áreas operativas.
| Peligro | Descripción |
| Biológico | Virus, bacterias, hongos, ricketsias, parásitos, picaduras, mordeduras, fluidos o excrementos. |
| Físico | Ruido, radiaciones ionizantes y no ionizantes, iluminación, vibración, temperaturas extremas. |
Químico | Polvos orgánicos e inorgánico, fibras, líquidos, gases y vapores, humos metálicos y no metálicos, material particulado. |
| Psicosocial | Gestión organizacional, características de la organización, condiciones de la tarea, jornada de trabajo. |
| Biomecánico | Postura, esfuerzo, movimiento repetitivo, manipulación manual de cargas. |
| Condiciones de seguridad | Mecánico (herramientas, equipos y maquinaria, materiales, proyectados), Eléctrico (alta, media y baja tensión), Locativo (almacenamiento, superficies de trabajo, condiciones de orden y aseo, caídas de objetos.) Accidentes de tránsito Trabajo en alturas, Públicos (robos, atracos, asaltos etc.) Tecnológicos (explosión, fuga, incendio, derrames) |
| De origen natural | Sismo, terremoto, vendaval, inundación, precipitaciones. |
b. Áreas administrativas.
| Peligro | Descripción |
| Biológico | Virus, bacterias, hongos. |
| Físico | Iluminación, radiaciones no ionizantes. |
| Psicosocial | Gestión organizacional, características del grupo social, condiciones de la tarea, jornada de trabajo. |
| Biomecánico | Postura, esfuerzo, movimiento repetitivo. |
| Condiciones de seguridad | Mecánico (herramientas, mobiliarios etc.), Locativo (almacenamiento, superficies de trabajo, condiciones de orden y aseo, caídas de objetos.) Públicos (robos, atracos, asaltos etc.) Tecnológicos (fuga, incendio.) |
| De origen natural | Sismo, terremoto, vendaval, inundación, precipitaciones. |
Sobre los riesgos contemplados en el presente artículo, la Entidad ejerce su'control en la fuente, o en el medio transmisor y/o en el trabajador, de conformidad con lo estipulado en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajó de! SENA en la Dirección General, sus Direcciones Regionales y Centros de Formación, los cuales serán divulgados a todos los servidores públicos de la Entidad.
ARTÍCULO 7o. Los servidores públicos y contratistas de servicios personales, darán estricto cumplimiento a las disposiciones legales, así como a las normas técnicas, y reglamentaciones internas, que se adopten para dar continuidad a la implementación de las actividades de medicina preventiva del trabajo, higiene y seguridad industrial, Sena Mentalmente Saludable (riesgo psicosocial), en concordancia con el presente Reglamento y con el Sistema de Gestión de la Seguridad y salud en el Trabajo del Sena
ARTÍCULO 8o. Los servidores públicos y los contratistas de prestación de servicios personales, deberán utilizar los elementos de protección personal adecuados, para prevenir el nivel de riesgo laboral y se abstendrán de ingresar a sitios de trabajo, a los ambientes laborales, a las áreas o ambientes de aprendizaje, sin las medidas de protección relacionadas al riesgo asociado.
ARTÍCULO 9o. Los servidores públicos y contratistas de prestación de servicios personales que presenten una Pérdida de la Capacidad Laboral igual o superior al 50%, ya sea por enfermedad común, enfermedad profesional o accidente laboral, tramitarán ante la respectiva Administradora de Fondos de Pensiones -ÁFP, o a la Administradora de Riesgos Laborales - ARL, la respectiva solicitud dé pensión por invalidez. De no hacerlo, el SENA podrá adelantar dicho trámite arite las Administradoras anteriormente referidas.
ARTÍCULO 10o. Los trabajadores independientes se deben acoger a los riesgos que aplican para trabajadores dependientes, de acuerdo con el proceso de reclásmeación ejecutado en el año 2017, en concordancia con el artículo 2.2.4.2.11 del Decreto 1072 de 2015 (Decreto 723 de 2013, art. 11).
ARTÍCULO 11o. Este reglamento permanecerá exhibido, por lo menos en dos carteleras visibles en la Dirección General del SENA y en las sedes de las Direcciones Regionales y de los Centros de Formación Profesional y se publicará en la página web del Sena. Así mismo, su contenido se dará a conocer a todos los servidores públicos, al momento de su vinculación laboral a la Entidad.
ARTÍCULO 12o. El presente reglamento rige a partir de la fecha de su publicación y permanecerá vigente durante el tiempo en que la Entidad se conserve sin cambios sustanciales, o cuando se dicten disposiciones gubernamentales que modifiquen las normasdel Reglamento o que limiten su vigencia.
ARTÍCULO 13o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga integralmente la Resolución 1713 de 2014 y demás disposiciones que le sean contrarias. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, publiquese en la página web del SENA.
PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 11 ABR. 2018
JOSE ANTONIO LIZARAZO SARMIENTO
Director General