RESOLUCIÓN 735 DE 2012
(abril 11)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Por la cual se adiciona el artículo tercero de la Resolución 1398 de 2011
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere los numerales 2, 3, 4 y 23 del artículo 4 del Decreto 249 de 2004, y articulo 20 del Decreto 249 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que por disposición de los numerales 2o, 3o y 4o del artículo 4 del Decreto 249 de 2004, al Director General de la Entidad le corresponde ejercer la representación legal de la entidad, dirigir, coordinar y controlar la política de administración de personal y dictar los actos administrativos necesarios para la gestión institucional.
Que el numeral 23 del artículo 4 del Decreto 249 de 2004, atribuyeron al Director General la función de crear comités, grupos internos de trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y sus funciones.
Que el artículo 20 del Decreto 249 de 2004, señala que el Director General del SENA podrá crear y organizar Comités de Asesoría y Coordinación para estudiar y atender asuntos especiales de competencia del SENA.
Que a través de la Resolución No. 1398 del 9 de agosto de 2011, se creó y reglamentó el Comité Nacional de Normalización de cartera y los Comités Regionales de Normalización de Cartera del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA y en el artículo 3o se determinó la conformación del Comité Regional de Normalización de Cartera.
Que algunas Regionales de la Entidad no cuentan con el Coordinador del Grupo de Promoción y Relaciones Corporativas, por lo cual es necesario adicionar el artículo 3o de la Resolución No. 1398 de 2011, indicando la persona que completará la conformación del Comité Regional de Normalización de Cartera.
En mérito de lo expuesto.
RESUELVE:
ARTICULO 1o. Adicionar al artículo tercero de la Resolución 1398 del 2011, el siguiente parágrafo:
PARAGRAFO 4. En las Regionales donde no haya Coordinador del Grupo de Promoción y Relaciones Corporativas, el comité Regional de Normalización de Cartera estará conformado así:
1. El Director Regional, quien lo presidirá.
2. El Coordinador del Grupo de Apoyo Administrativo del cual forme parte la Dirección Regional, o su delegado
3. El Secretario de Cobro Coactivo de la Regional.
En las Regionales donde el Secretario de Cobro Coactivo de la Regional sea el mismo Coordinador del Grupo de Promoción y Relaciones Corporativas, el Comité Regional de Normalización de Cartera estará conformado así:
1. El Director Regional, quien lo presidirá.
2. El Coordinador del Grupo de Promoción y Relaciones Corporativas
3. El Coordinador del Grupo de apoyo Administrativo del cual forme parte la Dirección Regional, o su delegado.
ARTICULO 2o. Comuníquese el contenido de la presente Resolución a la Secretarla General, a los Directores de Área, a los Directores Regionales, los Subdirectores de Centro, los Coordinadores de Grupo de Promoción y Relaciones Corporativas, a los Coordinadores de Grupo de Apoyo Administrativo, al Coordinador del Grupo de Gestión de Cobro Coactivo y a los Secretarios de Cobro Coactivo de cada una de las Regionales.
ARTICULO 3o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición, adiciona el artículo 3o de la Resolución 1398 de 2011 y deroga las disposiciones que le sean contrarías.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 11 APR 2012
LUIS ALFONSO HOYOS ARISTIZABAL
Director General