RESOLUCIÓN 1-0970 DE 2020
(agosto 27)
Diario Oficial No. 51.420 de 28 de agosto de 2020
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Por la cual se condonan unos recursos asignados por el Fondo Emprender
EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE (SENA),
en uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por la Ley 789 de 2002, artículo 40; Decreto 934 de 2003, artículos 4o y 5o; Decreto 249 de 2004, artículo 3o; Acuerdo 10 de 2019, artículo 2o, y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 4o del Decreto 934 de 2003 dispone: “La administración del Fondo Emprender (FE) estará a cargo del Consejo Directivo del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), quien ejercerá las funciones de consejo de administración de este”.
Que el artículo 5o del Decreto 934 de 2003 determina: “Consejo de Administración del Fondo Emprender (FE). El Consejo de Administración del Fondo Emprender (FE) tendrá las siguientes funciones: (…) 3. Aprobar las modalidades de financiación, los montos, las formas de pago, los plazos, los requisitos, las tasas de interés, las garantías, las condonaciones, los descuentos, las condiciones para cofinanciación, los períodos de gracia, las sanciones, las multas, los nuevos productos y la decisión de inversión en otros fondos de acuerdo con lo presentado por el Director del Fondo Emprender (FE)”.
Que por disposición del numeral 24 del artículo 3o del Decreto 249 de 2004, son funciones del Consejo Directivo Nacional del Sena, entre otras: “Decidir la financiación de los proyectos empresariales presentados al Fondo Emprender, de conformidad con la reglamentación que al efecto se expida”.
Que para la fecha de aprobación de los planes de negocio y asignación de recursos se dio aplicación al Acuerdo 0006 de 2017, “El cual establecía, la calidad de los recursos, así: “De conformidad con lo señalado en el artículo 40 de la Ley 789 de 2002 y el numeral 3 del artículo 5o del Decreto 934 de 2003, los recursos entregados por el Fondo Emprender tendrán la calidad de capital semilla condonable o no condonable, siempre y cuando la destinación que se les dé corresponda a lo establecido en el plan de negocio aprobado por el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), en su calidad de Consejo de Administración del Fondo Emprender, y cumpla con las obligaciones legales, contractuales, términos de la convocatoria e indicadores de gestión formulado en el plan de negocio, tales como ejecución presupuestal, generación de empleo formal, gestión de mercadeo, cumplimiento de contrapartidas”.
Que el cumplimiento de indicadores de gestión, es el fundamento para que el Consejo Directivo Nacional del Sena pueda decidir o no la condonación de los recursos asignados, y atendiendo el Informe Ejecutivo de Condonación número 9 con corte a 13 de abril de 2020, presentado por la Empresa Nacional Promotora del Desarrollo Territorial – ENTerritorio (antes Fonade), quien anexó en medio magnético copia de las actas e informe final de interventoría ejercida, por la Universidad de Antioquia y la Universidad del Valle, de cada uno de los planes de negocios, que indican el cumplimiento de los indicadores de gestión tales como empleo, ejecución presupuestal y mercadeo.
Que atendiendo el párrafo que antecede, el Consejo Directivo Nacional del Sena, en calidad de Consejo Administrador del Fondo Emprender, tiene la competencia para decidir la condonación de recursos de los planes de negocios financiados con los recursos de dicho Fondo, cuya aprobación inicial se realizó mediante acta por el mismo cuerpo colegiado, de acuerdo con la reglamentación vigente a la fecha de publicación de cada una de las convocatorias, soportado en los conceptos que se encuentran publicados en la página web del Fondo y que fueron verificados y avalados por la Empresa Nacional Promotora del Desarrollo Territorial (antes Fonade), en su calidad de gestor y operador.
Que de los ciento veintitrés (123) planes de negocio, setenta y siete (77) corresponden a la recomendación emitida por la Interventoría de la Universidad de Antioquia (UdeA) y cuarenta y seis (46) a la Interventoría de la Universidad del Valle (UValle).
Que la presente decisión se soporta en los siguientes documentos: 1. Informe consolidado emitido por la interventoría para cada uno de los planes de negocio. 2. Informe de condonación de ciento veintitrés (123) planes de negocio correspondiente a: setenta y siete (77) por recomendación emitida por la Interventoría de la Universidad de Antioquia (UdeA); cuarenta y seis (46) por recomendación de la Interventoría de la Universidad del Valle (UValle) 3. Informe consolidado emitido por ENTerritorio, en su calidad de supervisor del proceso de interventoría. 4. Informe consolidado de los planes de negocio publicados en la página web del Fondo Emprender, los cuales fueron verificados y avalados por ENTerritorio, en su calidad de gestor y operador y en su calidad de supervisor del proceso de interventoría de los Contratos números 217017 y 218002. 5. El acta de sesión ordinaria virtual del Consejo Nacional de Aprendizaje Sena, número 1576, de fecha 25 de junio del 2020 y certificación expedida por la Secretaria del Consejo Directivo Nacional del Sena mediante Radicado número 8-2020-035341 del 25 de junio del 2020.
Que con fundamento en lo anterior, el Consejo Directivo Nacional del Sena, en sesión ordinaria virtual número 1576 del 25 de junio del 2020, decidió aprobar la condonación de ciento veintitrés (123) planes de negocio, que bajo los parámetros de la reglamentación vigente al momento de su postulación, cumplieron con los indicadores de gestión y lo establecido en los contratos de cooperación empresarial, tal como está soportado en las actas de visitas y la proyección de sostenibilidad futura de estos proyectos empresariales, durante el tiempo de operación de los Contratos Interadministrativos número 217017 y 218002, es decir, durante los años 2017 a 2019.
Que atendiendo lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. DECISIÓN. Condonar los recursos asignados a ciento veintitrés (123) planes de negocio beneficiados con el Capital Semilla del Fondo Emprender, en la cuantía indicada en la tabla que se relaciona a continuación y atendiendo el informe rendido por la Empresa Nacional Promotora del Desarrollo Territorial (ENTerritorio), en su calidad de gerente administrador de los recursos, el cual hace parte de la presente resolución, y las actas e informe final de interventoría realizado por las Universidades de Antioquia y del Valle, de cada uno de los planes de negocio, los cuales acreditan el cumplimiento de los indicadores de gestión acordados en cada plan de negocio aprobado inicialmente por el Consejo Directivo Nacional del Sena y elevados a contrato.




ARTÍCULO 2o. PUBLICACIÓN. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en la página web del SENA y en la página web del Fondo Emprender.
Publíquese, notifíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., el 27 de agosto de 2020.
El Presidente Consejo Directivo Nacional,
Ángel Custodio Cabrera Báez,
Ministro del Trabajo
La Secretaria del Consejo,
Verónica Ponce Vallejo,
Secretaria General del Sena.