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RESOLUCIÓN 1168 DE 2021

(julio 13)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Por la cual se modifica artículo 1 de la Resolución 1-1551 de 2020 y se aprueban programas nuevos de formación técnica

LA DIRECTORA DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA

En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas mediante Resolución No. 00790 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 249 de 2004 “Por el cual se modifica la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA”, le asigna al Director General la función de: Revisar periódicamente y aprobar la oferta de los programas de formación profesional integral, según las necesidades detectadas en el sector externo y aprobar la modificación de los programas en sus contenidos, duración y tipo de certificación, conforme lo señala el artículo 4o numeral 12.

Que el 26 de marzo de 2009 el Director General mediante Resolución No. 00790, delega en el Director de Formación Profesional el SENA, “la facultad para expedir los actos administrativos de aprobación de la oferta de programas profesional integral, y revisarlos según las necesidades detectadas en el sector externo y aprobar la modificación de los mismos en sus contenidos, duración y tipo de certificación, conforme lo señala el artículo primero”.

Que conforme al Artículo 11 del Decreto 249 de 2004, son funciones de la Dirección Formación Profesional:

“... 2. Asistir a la Dirección General en el diseño de políticas, planes y programas de carácter general, para la formación profesional integral de los diferentes usuarios y la prestación de los servicios de la entidad en los diferentes sectores económicos y cadenas productivas, promoviendo la gestión de la calidad en los procesos y programas de formación profesional.

...

8. Impulsar la actualización y ajuste permanente de los diseños curriculares de los programas de formación existentes y la formulación de nuevos programas bajo el enfoque de competencias laborales, estrategias pedagógicas, así como los sistemas de evaluación y certificación del desempeño laboral de los trabajadores, en articulación con la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo.

...

9. Orientar, asesorar y evaluar los programas de formación profesional integral, así como los programas y servicios de carácter tecnológico que desarrollen los Centros de Formación Profesional, mediante la ejecución de programas de formación profesional integral y asesoría dirigidos al mejoramiento de la competitividad y la gestión de las empresas a través de los Centros de Formación o mediante alianzas y convenios.

...

17. Establecer mecanismos de interacción directa y permanente con los gremios, las empresas, las instituciones gubernamentales y no gubernamentales y las instituciones educativas del país para la formulación y actualización de los programas de formación...”

Que el SENA debe dar Formación Profesional Integral a los trabajadores de todas las actividades económicas, y a quienes, sin serlo, requieran dicha formación, para aumentar por ese medio la productividad nacional y promover la expansión y el desarrollo económico y social armónico del país.

Que, en el sistema integrado de gestión, se encuentra publicado el Procedimiento de Diseño Curricular, aprobado en la versión 05 de febrero 2020, cuyo objetivo es: “Orientar a los Equipos de Diseño Curricular en la elaboración o actualización de los programas de formación para la estandarización técnica y conceptual de las actividades definidas en el procedimiento de diseño curricular, respondiendo a las necesidades del sector productivo y social del país.”.

Que mediante Resolución No. 1-.2198 de 2019 “Por la cual se modifica la clasificación y los niveles de los programas de formación, su denominación y su duración, las modalidades de formación y otras condiciones especiales relacionadas con el acceso a la formación profesional integral, deroga la Resolución 1444 de 2018 y modifica el artículo 2 de la Resolución 2130 de 2013”.

Que las Redes de Conocimiento creadas con la Resolución 335 de 2012, en su artículo 7 Funcionamiento de las redes de conocimiento sectoriales, establece: “... Sobre cada uno de estos programas, cada red de conocimiento sectorial debe proyectarse, en el marco del plan estratégico SENA y de los planes estratégicos regionales, identificando los proyectos requeridos para hacer realidad esta proyección, tomando como insumos el conocimiento sectorial, tecnológico, regional y social.”

Que la Red de Gestión Administrativa y Financiera presentó al Comité Nacional de Formación la solicitud la modificación del programa Técnico en Asistencia para la Inteligencia Empresarial, el cual fue creado bajo la Resolución No. 1-1551 del 27 de noviembre de 2020, así:    

Que la Red de Gestión Administrativa y Financiera presentó al Comité la solicitud de creación del programa para las modalidades presencial y virtual del Técnico en Emprendimiento y Fomento Empresarial como respuesta a la recomendación del Consejo Privado de Competitividad y coherente con la ecuación de bienestar propuesta en el Plan Nacional de Desarrollo del gobierno nacional nace la Ley 2069 de 2020, por medio de la cual se impulsa el emprendimiento en Colombia y cuyo objeto es establecer un marco regulatorio que propicie el emprendimiento, crecimiento, consolidación y sostenibilidad de las empresas, con el fin de aumentar el bienestar social y generar equidad.   

Que la Red de Gestión Administrativa y Financiera presentó al Comité la solicitud de creación del programa para las modalidades presencial y virtual del Técnico en Preselección de Talento Humano Mediado por Herramientas TIC, que pondrá a disposición de los sectores productivo y social personas con habilidades de comunicación, empatía, trabajo en equipo y solución de conflictos; que además, estén en capacidad de operar sistemas de información, reconocer estrategias para organizar, determinar y describir perfil de cargos según niveles ocupacionales, aplicar metodología para la recopilación y el procesamiento de datos, preparar perfil y requisitos de vacantes, seleccionar fuentes de reclutamiento, divulgar la vacante, tramitar postulaciones y presentar informes y documentos de la Preselección de Talento Humano teniendo en cuenta políticas, normativa y herramientas informáticas disponibles.

Que en el Comité Nacional de Formación Profesional realizado de manera virtual el día 14 de mayo de 2021 y mediante Acta No 34 de la misma fecha, recomendó aprobar el cambio de la duración y nueva modalidad para el programa de formación:

Que en el Comité Nacional de Formación Profesional realizado de manera virtual el día 14 de mayo de 2021 y mediante Acta No 34 de la misma fecha recomendó aprobar la creación de los siguientes programas de formación para las modalidades presencial y virtual:

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 1 de la Resolución 1-1551 de 2020, por medio de la cual se modifica el programa Técnico en Asistencia para la Inteligencia Empresarial, así:

ARTÍCULO 2o. Aprobar la creación de los siguientes programas de formación para las modalidades presencial y virtual:

ARTÍCULO 3o. Los programas de formación de nivel Técnico Laboral descritos en esta Resolución podrán ser puestos bajo el estado “en ejecución” en el aplicativo de gestión académico de la entidad para ser ofertados.

ARTÍCULO 4o. Comunicar y enviar copia de la presente Resolución a la Secretaría General, Directores de Área, Jefes de Oficina, Directores Regionales y Subdirectores de Centros de Formación Profesional.  

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a los días del mes de de 2021 13 JUL 2021

NIDIA GÓMEZ PÉREZ

Directora de Formación Profesional  

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/R_SENA_1168_2021.pdf>

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Compilación Jurídica del SENA
ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
Última actualización: 
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