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RESOLUCIÓN 1839 DE 2008

(julio 14)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Por la cual se efectúa una delegación especial

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA,

En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 9o de la Ley 489 de 1998 y el numeral 4 del artículo 4 del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República expidió la Ley 489 de 1998 que regula el ejercicio de la función administrativa y dicta normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, estableciendo principios y reglas generales para su funcionamiento.

Que el artículo 9 de la mencionada Ley le concede a los Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Superintendentes, Representantes legales de los organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa, la facultad de delegar los asuntos a ellos confiados, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor del mismo organismo.

Que por disposición del artículo 12 de la Ley 80 de 1993, adicionado por el artículo 21 de la Ley 1150 de 2007, los jefes o representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo y sus equivalentes

Que el 28 de diciembre de 2007 el SENA suscribió con la Corporación Colombia Internacional el Convenio Marco No. 000464 cuyo objeto es “la Cooperación técnica y científica entre el SENA y la Corporación Colombia Internacional para el desarrollo de actividades científicas, formación y capacitación que propendan por fortalecimiento y consolidación del sector agropecuario en especial el hortofrutícola en materia de innovación tecnológica, gestión, acompañamiento y fortalecimiento empresarial, capacitación técnica y formación socio empresarial y de sistemas de calidad e inocuidad, adaptación, transferencia y adopción de paquetes tecnológicos en toda la cadena agroalimentaria y ejecución de proyectos demostrativos pilotos replicables”.

Que el SENA requiere suscribir un convenio derivado en el que se involucren acciones de formación complementarias en ambientes virtuales de aprendizaje y desarrollo de contenidos y acciones de formación con el Instituto para el Desarrollo de Antioquia.

Que las Resoluciones No 438 de 2005 y 2564 de 2005 señalan que el Director de Formación Profesional es competente para celebrar los Convenios Especiales de Cooperación y sus Contratos Derivados, así como los Contratos que resulten de la ejecución de los Programas y proyectos de Innovación y Desarrollo Tecnológico y que se financien con recursos de que trata el artículo 16 de la Ley 344 de 1996.

Que tanto el Convenio Derivado No 1 del Marco 464 de 2007, como el convenio que se suscribirá con el Instituto para el Desarrollo de Antioquia se ejecutan dentro de los objetivos de los Programas de Innovación y Desarrollo Tecnológico y de Innovación de la Formación Profesional Integral, respectivamente, aportando el SENA en el primer caso, recursos en especie y en el segundo, recursos provenientes de fuentes de financiación adicionales a las de la Ley 344 de 1996.

Que en consideración a que dichos convenios corresponden al ejercicio de funciones atribuidas por el Decreto 249 de 2004 a la Dirección de Formación Profesional, se efectuará una delegación especial en cabeza de su Director.

En mérito de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Delegar en el Director de Formación Profesional de la Dirección General del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, las siguientes funciones:

1.- La realización de los estudios y procesos previos a la celebración del convenio derivado No 01 del convenio marco No 464 de 2007, así como la suscripción, seguimiento y control del convenio, incluido el reconocimiento de las obligaciones derivadas del mismo, el ordenamiento del gasto, la aprobación de las garantías, suscripción de las suspensiones, adiciones y prórrogas si a ello hubiere lugar, así como la imposición de multas o sanciones que resultaren pertinentes y la expedición de todos los actos administrativos inherentes a la actividad precontractual, contractual y postcontractual delegada, incluida la liquidación.

2.- La realización de los estudios y procesos previos a la celebración del convenio interadministrativo de cooperación con el Instituto para el Desarrollo de Antioquia para desarrollar un programa de formación que permita la modernización administrativa del Departamento de Antioquia, el que se ejecutará dentro de los objetivos de los programas de Innovación y Desarrollo Tecnológico y de Innovación de la Formación Profesional Integral, con recursos provenientes de fuentes de financiación adicionales a las de la Ley 344 de 1996, así como la suscripción, seguimiento y control del convenio, incluido el reconocimiento de las obligaciones derivadas del mismo, el ordenamiento del gasto, la aprobación de las garantías, suscripción de las suspensiones, adiciones y prórrogas si a ello hubiere lugar, así como la imposición de multas o sanciones que resultaren pertinentes y la expedición de todos los actos administrativos inherentes a la actividad precontractual, contractual y postcontractual delegada, incluida la liquidación.

ARTÍCULO 2o. La delegación especial conferida por la presente resolución, incluye la evaluación de la conveniencia de los negocios jurídicos respectivos y la elaboración, estudio, evaluación y análisis de los componentes técnicos del convenio.

ARTÍCULO 3o. El Director de Formación Profesional, deberá presentar un informe trimestral al Director General, sobre el desarrollo de la delegación que se realiza por el presente acto.

ARTÍCULO 4o. Comunicar y enviar copia de la presente resolución al Director de Formación Profesional de la Dirección General del SENA.

ARTÍCULO 5o. La presente comunicación rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. 14 Jul. 2008

DARÍO MONTOYA MEJÍA

Director General

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Compilación Jurídica del SENA
ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
Última actualización: 
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