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RESOLUCION 1981 DE 2017

(Noviembre 10)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 580 de 2018>

Por la cual se designa un delegado en el Comité Nacional de Defensa Judicial y Conciliaciones del SENA.

EL DIRECTOR GENERAL (E) DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confiere los numerales 2, 4 y 23 del artículo 4 del Decreto 249 de 2004 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 75 de la Ley 446 de 1998, establece que las entidades y organismos de Derecho Público del orden nacional, departamental, distrital y de los municipios capital de departamento y los Entes Descentralizados de estos mismos niveles, deberán integrar un comité de conciliación, conformado por los funcionarios del nivel directivo que se designen y cumplirá las funciones que se le señalen.

Que el Decreto 249 de 2004, “por el cual se modifica la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA”, atribuyó en el artículo 4 a la Dirección General la facultad de “2. Ejercer la representación legal de la entidad. (...) 4. Dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y técnicas de los proyectos operativos, dictar ios actos administrativos, celebrar los contratos necesarios para la gestión administrativa, (...) con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes. (...) 23. Crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y funciones.

Que el Decreto 1716 del 14 de mayo de 2009, el cual establece las funciones e integración de los Comités de conciliación y las reglas básicas para la representación y el estudio de los casos dentro del Comité, fue compilado por el Decreto 1069 de 2015, “por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del sector Justicia y del Derecho.

Que el artículo 2.2.4.3.1.2.2. del Decreto 1069 de 2015 señala que: “el Comité de Conciliación es una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad. // igualmente decidirá, en cada caso específico, sobre la procedencia de la conciliación o cualquier otro medio alternativo de solución de conflictos, con sujeción estricta a las normas jurídicas sustantivas, procedimentales y de control vigentes, evitando lesionar el patrimonio público. La decisión de conciliar tomada en los términos anteriores, por sí sola, no dará lugar a investigaciones disciplinarias, ni fiscales, ni al ejercicio de acciones de repetición contra los miembros del Comité. // Parágrafo. La decisión del Comité de Conciliación acerca de la viabilidad de conciliar no constituye ordenación de gasto. ”.

Que el artículo 2 del Decreto 1167 del 11 julio de 2016, mediante el cual modifica el artículo 2.2.4.3.1.2.3. del Decreto 1069 de 2015, señala que: “el Comité de Conciliación estará conformado por los siguientes funcionarios, quienes concurrirán con voz y voto y serán miembros permanentes: 1. El jefe, director, gerente, presidente o representante legal del ente respectivo o su delegado. (...)”

Que la Resolución No. 01349 del 2 de agosto de 2011, “por medio de la cual se reorganiza el Comité Nacional de Defensa Judicial y Conciliación del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA”, en el artículo 2 estableció la integración del Comité Nacional de Defensa Judicial y Conciliación del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, señalando como integrante, entre otros: “1. El Director General del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA o su delegado”.

Que es necesario designar un nuevo delegado en el Comité Nacional de Defensa Judicial y Conciliaciones de la entidad.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Artículo derogado por el artículo 3 de la Resolución 580 de 2018> Designar como delegado de la Dirección general del SENA ante el Comité Nacional de Defensa Judicial y Conciliación de la entidad al Dr. Rodolfo Martínez Perez, Asesor G. 4 de la Dirección General del SENA, quien deberá cumplir con las funciones establecidas en el artículo 2.2.4.3.1.2.5. del Decreto 1069 de 2015 y el artículo 6o de la Resolución No. 01349 de 2011.

ARTÍCULO 2o. <Artículo derogado por el artículo 3 de la Resolución 580 de 2018> Comunicar el contenido de la presente resolución a la Secretaria General, a la Dirección Jurídica, a la Coordinadora del Grupo de Procesos Judiciales y Conciliaciones de la Dirección Jurídica y al Dr. Rodolfo Martínez Perez.

ARTÍCULO 3o. <Artículo derogado por el artículo 3 de la Resolución 580 de 2018> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución No. 1171 de 2017, y demás disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los

JOSÉ ANTONIO LIZARAZO SARMIENTO

Director General SENA (E)

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Compilación Jurídica del SENA
ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
Última actualización: 
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