RESOLUCIÓN 2001 DE 2024
(agosto 9)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Por medio de la cual se Aprueba el programa Técnico Laboral en Gestión de los Derechos del Campesino y el Ordenamiento del Territorio.
LA DIRECTORA DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE -SENA-
En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas mediante la Resolución No. 1-00201 de 2024 y,
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 249 de 2004, “Por el cual se modifica la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA-”, le asigna al Director General la función de: “Revisar periódicamente y aprobar la oferta de los programas de formación profesional integral, según las necesidades detectadas en el sector externo y aprobar la modificación de los programas en sus contenidos, duración y tipo de certificación”, conforme lo señala el artículo 4, numeral 12.
Que el acuerdo 8 de julio 15 de 2008, por el cual se reglamenta la composición, funciones y funcionamiento del Comité Nacional de Formación Profesional, en su artículo segundo señala, “El objeto del Comité Nacional de Formación Profesional Integral es brindar asesoría al Consejo Directivo Nacional y al Director General del SENA, acerca de la orientación de la política de Formación Profesional Integral a partir, entre otros criterios, de la demanda de necesidades de los sectores productivos y social, la articulación de la oferta de formación, la concepción y enfoque de formación, los niveles de cualificación, componentes, duración y requisitos de ingreso a los programas de formación, los tipos de certificación, la aplicación de pedagogías y metodologías innovadoras, buscando mantener la unidad técnica, ampliar la cobertura, garantizar la pertinencia y mejorar la calidad de la formación.”
Que mediante Resolución No. 1-00201 de febrero 1 de 2024, por la cual se deroga la Resolución 790 de 2009 y se efectúa la delegación por el Director General al Director (a) de Formación Profesional de aprobar y modificar programas de formación, en sus contenidos, duración y tipo de certificación.
Que mediante la Resolución No. 1-.2198 de 2019, “Por la cual se modifica la clasificación y los niveles de los programas de formación, su denominación y su duración, las modalidades de formación y otras condiciones especiales relacionadas con el acceso a la formación profesional integral, deroga la Resolución 1444 de 2018 y modifica el artículo 2 de la Resolución 2130 de 2013”.
Que el SENA debe ofrecer e impartir formación profesional integral a los trabajadores de todas las actividades económicas, y a quienes, sin serlo, requieran dicha formación, para aumentar por ese medio la productividad nacional y promover la expansión y el desarrollo económico y social armónico del país.
Que de conformidad con la Resolución 1749 de 2023, establece las funciones del Grupo interno de trabajo denominado “Gestión curricular de la Formación Profesional”, artículo 3 numeral 4 “Elaborar la propuesta de los nuevos programas de formación, sus actualizaciones y gestionar su aprobación ante las instancias competentes, de acuerdo con la normativa vigente.”
Que el Centro de Biotecnología Agropecuaria presentó al Comité Nacional de Formación la solicitud de aprobar un (1) programa de nivel técnico laboral, en modalidades Presencial y A Distancia, modular, denominado Técnico en Gestión de los Derechos del Campesino y el Ordenamiento del Territorio, como se relaciona a continuación:
Sector | Nivel de Formación | Denominación del Programa | Modalidad |
Agropecuario | Técnico Laboral | Gestión de los Derechos del Campesino y el Ordenamiento del Territorio | Presencial y A Distancia |
Que el contenido modular del programa denominado Gestión de los Derechos del Campesino y el Ordenamiento del Territorio se relaciona a continuación:
MÓDULOS | DENOMINACIÓN | HORAS |
MÓDULO I | INDUCCIÓN SENA Y DERECHOS DEL CAMPESINADO | 192 |
MÓDULO II | INTEGRALIDAD INSTITUCIONAL | 192 |
MÓDULO III | ACCESO A LA TIERRA Y AL TERRITORIO | 240 |
MÓDULO IV | ECONOMÍA CAMPESINA Y MERCADOS CAMPESINOS | 336 |
MÓDULO V | ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y AMBIENTAL DE LAS TERRITORIALIDADES CAMPESINAS | 192 |
MÓDULO VI | ASOCIATIVIDAD, POLÍTICAS Y PARTICIPACIÓN CAMPESINA | 288 |
TOTAL MÓDULOS | 1440 | |
ETAPA PRODUCTIVA | 432 | |
DURACIÓN TOTAL | 1872 |
Que mediante el Acto Legislativo 01 de 2023 se incorpora la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos del Campesino y otras personas que trabajen en zonas rurales, se menciona que es un hito histórico, pues se empiezan a reconocer legalmente los derechos con los que cuenta el campesinado colombiano.
Que el programa busca un desarrollo ambientalmente sostenible, económicamente competitivo y culturalmente pertinente para cada comunidad campesina. El programa de gestión de los derechos campesinos y ordenamiento del territorio tiene un impacto positivo en las comunidades rurales del país contribuyendo a empoderar a las campesinas y campesinos en el conocimiento y ejercicio de sus derechos, mejoramiento de capacidades de liderazgo y emprendimiento, fortalecimiento de la participación en procesos de ordenamiento territorial, promoción del desarrollo rural sostenible y sustentable, incluyendo el aprovechamiento de los recursos naturales, alternativa de producción para la seguridad y soberanía alimentaria y reducir el efecto negativo de los cambios climáticos del cambio climático. Lo anterior, permite deducir que este programa será muy fructífero para el país y para sus comunidades campesinas aledañas
Que en el Comité Nacional de Formación Profesional realizado de manera virtual, el día 10 de julio de esta anualidad, como consta en el Acta No. 50 del 10 de julio de 2024, se recomendó a la Directora de Formación Profesional aprobar el programa de formación de nivel Técnico Laboral denominado Gestión de los Derechos del Campesino y el Ordenamiento del Territorio con sus respectivos módulos. Que en virtud de lo anterior, la Directora de Formación Profesional del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA-,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Aprobar programa de formación de nivel Técnico laboral denominado Técnico en Gestión de los Derechos del Campesino y el Ordenamiento del Territorio, presentado en modalidades Presencial y A Distancia por el Centro de Biotecnología Agropecuaria, como aparece relacionado a continuación:
Sector | Nivel de Formación | Denominación del Programa | Modalidad |
Agropecuario | Técnico Laboral | Gestión de los Derechos del Campesino y el Ordenamiento del Territorio | Presencial y A Distancia |
ARTÍCULO 2o. Los seis (6) módulos del programa de formación de nivel técnico laboral descrito en esta resolución, se certifican de manera independiente y se ofertan a libre elección, no obstante, para certificar el nivel técnico del programa se debe obtener los certificados de los seis (6) módulos.
PARÁGRAFO 1o. el módulo uno, INDUCCIÓN SENA Y DERECHOS DEL CAMPESINADO, es obligatorio al inicio del programa.
PARÁGRAFO 2o. El módulo de integralidad institucional contiene aquellas competencias del orden institucional, claves y transversales, a saber:
- Desarrollo de procesos comunicativos
- Aplicación de matemáticas
- Uso de herramientas informáticas
- Ejercicio de los Derechos Fundamentales del Trabajo
- Interacción con principios éticos
- Aplicación de practica ambientales y seguridad y salud en el trabajo
ARTÍCULO 3o. Comunicar y enviar copia de la presente Resolución a la Secretaría General, Directores de Área, Jefes de Oficina, Directores Regionales y Subdirectores de Centros de Formación Profesional.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D. C., el
CLAUDIA PATRICIA FORERO LONDOÑO.
DIRECTORA DE FORMACIÓN PROFESIONAL