RESOLUCIÓN 2360 DE 2012
(diciembre 4)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
“Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 2340 de 2010”
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
En ejercicio de las facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por él artículo 4 del Decreto 249 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que en el Capítulo V, artículo 24 de la Resolución No. 2340 del 6 de agosto de 2010, “Por medio de la cual se actualizan los procedimientos para el manejo de las comunicaciones institucionales y la documentación normativa y contractual en virtud del uso de las nuevas tecnologías para la gestión electrónica documental”, se establecieron los servidores públicos que pueden firmar comunicaciones oficiales en el Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA.
Que mediante la Resolución No. 210 del 15 de febrero de 2007, “Por la cual se establece el reglamento de recaudo de cartera del... SENA", se establecieron las funciones del Secretario de Cobro Coactivo de cada Regional del SENA, entre las cuales se encuentra la de suscribir comunicaciones oficiales.
Que es procedente incluir dentro de la Resolución 2340 de 2010, que reglamenta las firmas de comunicaciones oficiales, a los servidores públicos que desempeñan funciones de Secretarios de Cobro Coactivo en las Regionales del SENA, para las actuaciones procesales contenidas en el artículo 8o de la resolución 210 de 2007, a nivel nacional.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar el parágrafo 3o del artículo 24 de la Resolución 2340 de 2010, el cual queda así:
“PARÁGRAFO 3. Los funcionarios con póliza de manejo, los tesoreros, los funcionarios comisionados para adelantar investigaciones, los designados para labores de supervisión de contratos y los que tengan asignadas funciones de Secretario de Cobro Coactivo, podrán firmarlas comunicaciones oficiales relacionadas con su función.
Los Secretarios de Cobro Coactivo, con asignación de funciones mediante Resolución expedida por el respectivo Director Regional del SENA, suscribirán las comunicaciones indicando el cargo de planta que desempeñan, acompañado de la expresión “Secretario de Cobro Coactivo (AF)”.
ARTÍCULO 2o. Comuníquese la presente Resolución al Grupo de Administración de Documentos de la Secretaría General, al Grupo de Gestión de Cobro Coactivo de la Dirección Jurídica y a los Directores Regionales del SENA.
ARTICULO 3o. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir del día siguiente al de su fecha de publicación en el Diario Oficial, y modifica en lo pertinente la Resolución 2340 de 2010.
PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., el 4 DIC 2012
LUIS ALFONSO HOYOS ARISTIZABAL
Director General