RESOLUCIÓN 2544 DE 2023
(diciembre 6)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Por la cual se realiza la modificación a la Resolución 567 de 2013 y 1425 de 2018 el Sena y se aprueban nuevos programas de formación.
LA DIRECTORA DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas mediante Resolución No.00790 de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 249 de 2004 “Por el cual se modifica la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA”, le asigna al director general la función de: Revisar periódicamente y aprobar la oferta de los programas de formación profesional integral, según las necesidades detectadas en el sector externo y aprobar la modificación de los programas en sus contenidos, duración y tipo de certificación, conforme lo señala el artículo 4o numeral 12.
Que el 26 de marzo de 2009 el Director General mediante Resolución No. 00790, delegó en el Director de Formación Profesional el SENA, “ (...) la facultad para expedir los actos administrativos de aprobación de la oferta de programas profesional integral, y revisarlos según las necesidades detectadas en el sector externo y aprobar la modificación de estos en sus contenidos, duración y tipo de certificación, conforme lo señala el artículo primero”.
Que conforme al Artículo 11 del Decreto 249 de 2004, son funciones de la Dirección Formación Profesional:
"...
2. Asistir a la Dirección General en el diseño de políticas, planes y programas de carácter general, para la formación profesional integral de los diferentes usuarios y la prestación de los servicios de la entidad en los diferentes sectores económicos y cadenas productivas, promoviendo la gestión de la calidad en los procesos y programas de formación profesional.
...
8. Impulsar la actualización y ajuste permanente de los diseños curriculares de los programas de formación existentes y la formulación de nuevos programas bajo el enfoque de competencias laborales, estrategias pedagógicas, así como los sistemas de evaluación y certificación del desempeño laboral de los trabajadores, en articulación con la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo.
...
9. Orientar, asesorar y evaluar los programas de formación profesional integral, así como los programas y servicios de carácter tecnológico que desarrollen los Centros de Formación Profesional, mediante la ejecución de programas de formación profesional integral y asesoría dirigidos al mejoramiento de la competitividad y la gestión de las empresas a través de los Centros de Formación o mediante alianzas y convenios.
...
17. Establecer mecanismos de interacción directa y permanente con los gremios, las empresas, las instituciones gubernamentales y no gubernamentales y las instituciones educativas del país para la formulación y actualización de los programas de formación..."
Que el SENA debe ofrecer e impartir Formación Profesional Integral a los trabajadores de todas las actividades económicas, y a quienes, sin serlo, requieran dicha formación, para aumentar por ese medio la productividad nacional y promover la expansión y el desarrollo económico y social armónico del país.
Que, en el sistema integrado de gestión, se encuentra publicado el Procedimiento de Diseño Curricular, aprobado en la versión 05 de febrero 2020, cuyo objetivo es: “Orientar a los Equipos de Diseño Curricular en la elaboración o actualización de los programas de formación para la estandarización técnica y conceptual de las actividades definidas en el procedimiento de diseño curricular, respondiendo a las necesidades del sector productivo y social del país.”.
Que mediante Resolución No. 1-.2198 de 2019 “Por la cual se modifica la clasificación y los niveles de los programas de formación, su denominación y su duración, las modalidades de formación y otras condiciones especiales relacionadas con el acceso a la formación profesional integral, deroga la Resolución 1444 de 2018 y modifica el artículo 2 de la Resolución 2130 de 2013”.
Que en el artículo 7o Funcionamiento de las redes de conocimiento sectoriales, de la Resolución 335 de 2012, “Por la cual se crean las Redes de Conocimiento Sectoriales e Institucionales SENA y se definen las condiciones y criterios generales, dentro del sistema de gestión de conocimiento dispuesto por el Plan Estratégico 2011 - 2014 con visión 2020',, establece: "... Sobre cada uno de estos programas, cada red de conocimiento sectorial debe proyectarse, en el marco del plan estratégico SENA y de los planes estratégicos regionales, identificando los proyectos requeridos para hacer realidad esta proyección, tomando como insumos el conocimiento sectorial, tecnológico, regional y social.”
Que la Red de Conocimiento Sectorial de infraestructura presentó al Comité Nacional de Formación la solicitud de aprobar tres programas de modalidad presencial: Operario en Mantenimiento de Pavimentos y Obras Complementarias, Operario en Construcción de Estructuras en Concreto y el programa Técnico Laboral en Construcción, Mantenimiento y Rehabilitación de Vías Férreas
Que el nuevo programa de formación Operario Mantenimiento de Pavimentos y Obras Complementarias da respuesta al mejoramiento de las vías terciarias efectuando operaciones de mantenimiento a la demanda de las comunidades rurales, por lo cual se hace necesario cualificar el personal que desempeña estas actividades, brindando la formación en capacidades técnicas y habilidades blandas, para impactar la productividad, la competitividad, la equidad y el desarrollo del país.
Que el nuevo programa de formación Operario en Construcción de Estructuras en Concreto, pretende brindar respuesta a la ocupación de trabajadores en concreto, hormigón y enfoscado, que actualmente en el país no se cuenta con este tipo de formación, el cual es necesario para el sector y para las empresas productoras y comercializadoras de cemento.
Que el nuevo programa de formación Técnico Laboral en Construcción, Mantenimiento y Rehabilitación de Vías Férreas, permitirá la cualificación del personal para trabajar en el Sector férreo, en razón a la meta propuesta en el Plan Nacional de Desarrollo “Colombia Potencia Mundial de la Vida”. El cual posee como eje la integración de territorios bajo el principio de la conectividad física y la multimodalidad, donde se desarrollará una red de infraestructura intermodal y de servicios de transporte con corredores férreos y fluviales, articulada con la red de carreteras, ante este reto el este programa formará técnicamente a los ciudadanos.
Que la Red de Conocimiento Sectorial en Electrónica y Automatización, presentó al Comité Nacional de Formación la solicitud de aprobar el nuevo programa Técnico en Agrotrónica, bajo la modalidad presencial, el brindara oportunidades potenciales para el desempeño en el área de la transformación tecnológica para el sector rural. Como referente, de acuerdo con el Observatorio Laboral y Ocupacional, las vacantes en la ocupación “En automatización e Instrumentación industrial”.
Que la Red de Conocimiento Sectorial en Minería, presentó al Comité Nacional de Formación la solicitud de aprobar el nuevo programa de nivel técnico en Análisis Químico de Carbones y Minerales, bajo la modalidad presencial, el cual permitirá realizar la caracterización fisicoquímica de carbones y minerales de acuerdo con lo estandarizado en las normas técnicas, nacionales e internacionales con el propósito de definir los procesos necesarios para efectuar los diferentes ensayos. Entre las organizaciones normalizadoras más conocidas están ISO (International Organization for Standardization), y ASTM International (American Society for Testing and Materials), y en ámbito nacional las NTC (Normas Técnicas Colombianas) expedidas por Icontec.
Que la Red de Conocimiento Sectorial de Red de Informática, Diseño y Desarrollo de Software, presentó al Comité Nacional de Formación la solicitud de aprobar el nuevo programa de nivel Tecnológico denominado Implementación y Mantenimiento de Sistemas Informáticos, para modalidades presencial y a distancia; el programa permitirá capacitar al personal, contribuyendo a la implementación del Plan Nacional de Desarrollo “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, con el fin de cualificar al sector a los trabajadores en el áreas de las tecnologías de la información (TI) y las comunicaciones para garantizar la eficiencia y el éxito de las empresas en el mercado actual.
Que la Red de Conocimiento Red de Cuero, Calzado y Marroquinería, presentó al Comité Nacional De Formación la solicitud de aprobar dos (2) nuevos programas, uno del nivel operario, y uno del nivel técnico, bajo la modalidad presencial.
Que el nuevo programa de formación Operario Manejo de Máquinas Industriales para Costura de Calzado, pretende fortalecer los procesos de formación relacionados con el sector cuero, calzado y marroquinería con metodologías actuales centradas en la búsqueda de productividad y competitividad en seis ciudades priorizadas que cuentan con los principales centros de formación y tienen como estrategia su transferencia al sector productivo por medio del SENA y cuyo objetivo es lograr que el 90% de las compañías del sector puedan mejorar su productividad y sus estándares de calidad para poder exportar, para ello se ha definido el Modelo Integral de Productividad (MIP) para la industria de calzado y marroquinería.
Que el nuevo programa de formación Técnico Laboral en Montaje Industrial de Calzado, busca el fortalecimiento y crecimiento socio- económico tanto a nivel regional como nacional, dependen en gran medida de un recurso humano cualificado y calificado, capaz de responder integralmente a la dinámica del sector.
Que la Red de Conocimiento Sectorial de Red de Hotelería y Turismo, presentó al Comité Nacional de Formación la solicitud de aprobar un nuevo programa de nivel tecnólogo, bajo las modalidades presencial y a distancia.
Que el programa de formación Tecnología en Análisis y Proyección Territorial del Turismo, da respuesta al sector, al disponer de personas con capacidades para el desarrollo de programas y proyectos que incentiven la oferta planificada desde entidades públicas y privadas; realicen actividades de diagnóstico turístico, promuevan la participación y el desarrollo comunitario, incentiven la identidad local a través de la promoción y difusión del territorio como destino turístico; y recolectan datos estadísticos provenientes de la actividad turística integrando normativas de índole nacional e internacional, el cual responderá a los retos fijados por el gobierno nacional.
Que mediante Resolución No. 1145 de 2013 se aprobó el programa Técnico Laboral, Producción Acuícola de la red Acuícola y Pesca, el cual contaba con 2200 horas de formación, para lo cual se ajusta a los lineamientos de la Resolución 2198 de 2019, por lo anterior se hace necesario crear un nuevo programa con los contenidos de competencias laborales acorde a las necesidades del sector por lo cual se ajusta a la duración de este a 2016 horas con 42 créditos. El enfoque del nuevo programa se centra en las diferentes fases del proceso de producción, desde la adecuación de los ambientes de cultivo hasta el manejo postcosecha de las especies incluyendo el componente de reproducción orientado a la producción masiva de semilla; buscando de esta forma responder de manera eficiente a las exigencias de una actividad con gran potencial en el territorio nacional y a la vez impactar positivamente la productividad, la competitividad y el desarrollo del país.
Que la red de Gestión Administrativa y Financiera presenta al Comité Nacional de Formación la modificación del programa de Tecnología en Gestión Bibliotecaria, el cual fue creado mediante Resolución No. 1425 de 2018 el Sena, el cual posee registro calificado por siete (7) años otorgado por el Ministerio de Educación aprobado mediante Resolución 14724 de 2019 con código Snies 102373, el cual requiere se actualización de las normas de competencia.
Que se hace necesario crear el programa Tecnología en Gestión Bibliotecaria, bajo la modalidad virtual y a Distancia con 83 créditos con una duración de 27 meses.
Que mediante Resolución No. 567 de 2013 se aprobó el programa de Tecnología en Gestión de la Propiedad Horizontal modalidad presencial fue aprobado el registro calificado con una duración de siete ( 7) años mediante Resolución No. 10742 del 04 de julio de 2018, del Ministerio de Educación con número de 69 créditos académicos y una duración de 24 meses, con código SNIES 91178, el cual se requiere modificar el registro calificado en cuanto al número de créditos académicos, para un total de 83, en razón que se actualización de las normas de competencias que requiere
Que se hace necesario crear el programa Tecnología en Gestión de la Propiedad Horizontal bajo la modalidad virtual y a Distancia, con 83 créditos y una duración de 27 meses.
Que la Red de Conocimiento Sectorial de Red de Informática, Diseño y Desarrollo de Software presentó al Comité Nacional de Formación la solicitud de aprobar los nuevos programas bajo la modalidad Presencial y a Distancia para los siguientes programas Tecnológicos:
- Tecnología en Implementación y Operación de la Ciberseguridad,
- Tecnología en Desarrollo de Aplicaciones Web Full Stack
- Tecnología en Herramientas Tecnológicas para la Planeación Estratégica, Riesgo y Cumplimiento.
- Tecnología en Aseguramiento de la Calidad de Software,
- Tecnología en Implementación y Gestión de Base de Datos
- Tecnología en Gestión en Analítica de Datos
Red de conocimiento | Nivel | Denominación | Duración total en créditos | Modalidad |
Red de Informática, Diseño y Desarrollo de Software | Tecnológico | Implementación y Operación de la Ciberseguridad | 83 | Presencial / A distancia |
Red de Informática, Diseño y Desarrollo de Software | Tecnológico | Desarrollo de Aplicaciones Web Full Stack | 83 | Presencial / A distancia |
Red de Informática, Diseño y Desarrollo de Software | Tecnológico | Herramientas Tecnológicas para la Planeación Estratégica, Riesgo y Cumplimiento | 83 | Presencial / A distancia |
Red Informática, Diseño y Desarrollo de Software | Tecnológico | Aseguramiento de la Calidad de Software | 83 | Presencial / A distancia |
Red Informática, Diseño y Desarrollo de Software | Tecnológico | Implementación y Gestión de base de datos. | 83 | Presencial / A distancia |
Red de Informática, Diseño y Desarrollo de Software | Tecnológico | Gestión en Analítica de Datos | 83 | Presencial / A distancia |
Que la Red de Conocimiento Sectorial de Red de Informática, Diseño y Desarrollo de Software presentó al Comité Nacional de Formación la solicitud de aprobar los nuevos programas bajo la modalidad a distancia para los siguientes programas:
- Tecnología en Gestión de Servicios en la Nube
- Tecnología en Desarrollo e Implementación de Soluciones para la Transformación Digital,
- Tecnología en Desarrollo de Aplicaciones Móviles,
- Tecnología en Desarrollo de Soluciones Informáticas Aplicando Inteligencia Artificial
- Tecnología en Implementación de Infraestructura de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Red de conocimiento | Nivel | Denominación | Duración total en créditos | Tipo de solicitud |
Red de Informática, Diseño y Desarrollo de Software | Tecnológico | Gestión de Servicios en la Nube | 83 | Distancia |
Red de Informática, Diseño y Desarrollo de Software | Tecnológico | Desarrollo e Implementación de Soluciones para la Transformación Digital | 83 | Distancia |
Red de Informática, Diseño y Desarrollo de Software | Tecnológico | Desarrollo de Aplicaciones Móviles | 83 | Distancia |
Red de Informática, Diseño y Desarrollo de Software | Tecnológico | Desarrollo de Soluciones Informáticas Aplicando Inteligencia Artificial | 83 | Distancia |
Red Informática, Diseño y Desarrollo de Software | Tecnológico | Implementación de Infraestructura de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones | 83 | Distancia |
Que en el Comité Nacional de Formación Profesional realizado de manera virtual el día 23 de noviembre de 2023 y en el Acta No 47 de la misma fecha, la cual hace parte integral de este documento, recomendó a la Directora de Formación Profesional aprobar los nuevos programas de formación y las modificaciones presentadas por la Dirección de formación Profesional que fueron enunciados en la parte considerativa del presente acto.
Que en virtud de lo anterior;
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Aprobar los nuevos programas de formación profesional de niveles Operario, Técnico y Tecnológico para la modalidad presencial, virtual y A distancia, que aparecen relacionados a continuación.
Red de conocimiento | Nivel de Formación del programa | Denominación propuesta para el programa | Duración total en créditos | Actualización/Nuevo | Modalidad |
Red de Infraestructura | Operario | Mantenimiento de Pavimentos y Obras Complementarias | 27 | Nuevo | Presencial |
Red de Infraestructura | Operario | Construcción de Estructuras en Concreto | 27 | Nuevo | Presencial |
Red de Infraestructura | Técnico Laboral | Construcción, Mantenimiento y Rehabilitación de Vías Férreas | 46 | Nuevo | Presencial |
Red de Electrónica y Automatización | Técnico Laboral | Agrotrónica | 46 | Nuevo | Presencial |
Red de Minería | Técnico Laboral | Análisis Químico de Carbones y Minerales | 46 | Nuevo | Presencial |
Red de Acuícola y Pesca | Técnico Laboral | Producción Acuícola | 46 | Nuevo | Presencial |
Red de cuero, calzado y marroquinería | Operario | Manejo de Máquinas Industriales Para Costura de Calzado | 27 | Nuevo | Presencial |
Red de cuero, calzado y marroquinería | Técnico Laboral | Montaje Industrial de Calzado | 46 | Nuevo | Presencial |
Red de Hotelería y Turismo | Tecnológico | Análisis y Proyección Territorial del Turismo | 83 | Nuevo | Presencial |
Red de Informática, Diseño y Desarrollo de Software | Tecnológico | Implementación y Mantenimiento de Sistemas Informáticos | 83 | Nuevo | Presencial y a distancia |
Red de Gestión Administrativa y Financiera | Tecnológico | Gestión Bibliotecaria | 83 | Modificar la Resolución 1425 de 2018, en razón a que se actualiza el contenido curricular | Presencial |
Red de Gestión Administrativa y Financiera | Tecnológico | Gestión Bibliotecaria | 83 | Nuevo | Virtual y a Distancia |
Red de Gestión Administrativa y Financiera | Tecnológico | Gestión de la Propiedad Horizontal | 83 | Modificación Resolución 567 de 2013 | Presencial |
Red de Gestión Administrativa y Financiera | Tecnológico | Gestión de la Propiedad Horizontal | 83 | Nuevo | Virtual y a Distancia |
ARTÍCULO 2o. Aprobar los nuevos programas de formación profesional del nivel tecnólogo, para la modalidad Presencial / A distancia:
Red de conocimiento | Nivel | Denominación | Duración total en créditos | Tipo de solicitud |
Red de Informática, Diseño y Desarrollo de Software | Tecnológico | Implementación y Operación de la Ciberseguridad | 83 | Presencial / A distancia |
Red de Informática, Diseño y Desarrollo de Software | Tecnológico | Desarrollo de Aplicaciones Web Full Stack | 83 | Presencial / A distancia |
Red de Informática, Diseño y Desarrollo de Software | Tecnológico | Herramientas Tecnológicas para la Planeación Estratégica, Riesgo y Cumplimiento | 83 | Presencial / A distancia |
Red Informática, Diseño y Desarrollo de Software | Tecnológico | Aseguramiento de la Calidad de Software | 83 | Presencial / A distancia |
Red Informática, Diseño y Desarrollo de Software | Tecnológico | Implementación y Gestión de base de datos. | 83 | Presencial / A distancia |
Red de Informática, Diseño y Desarrollo de Software | Tecnológico | Gestión en Analítica de Datos | 83 | Presencial / A distancia |
ARTÍCULO 3o. Aprobar los nuevos programas de formación profesional del nivel tecnólogo, para la modalidad a distancia:
Red de conocimiento | Nivel | Denominación | Duración total, en créditos | Tipo de solicitud |
Red de Informática, Diseño y Desarrollo de Software | Tecnológico | Gestión de Servicios en la Nube | 46 | Distancia |
Red de Informática, Diseño y Desarrollo de Software | Tecnológico | Desarrollo e Implementación de Soluciones para la Transformación Digital | 83 | Distancia |
Red de Informática, Diseño y Desarrollo de Software | Tecnológico | Desarrollo de Aplicaciones Móviles | 83 | Distancia |
Red Informática, Diseño y Desarrollo de Software | Tecnológico | Desarrollo de Soluciones Informáticas Aplicando Inteligencia Artificial | 83 | Distancia |
Red Informática, Diseño y Desarrollo de Software | Tecnológico | Implementación de Infraestructura de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones | 83 | Distancia |
ARTÍCULO 4o. Los nuevos programas de formación de nivel Auxiliar, Técnico Laboral y Profundización Técnica descritos en esta resolución podrán ser puestos bajo el estado “En Ejecución” en el sistema de gestión académico-administrativa de la entidad, para ser ofertados una vez cuenten con desarrollo curricular completo.
ARTÍCULO 5o. Los nuevos programas de formación de nivel Tecnología descritos en esta resolución podrán ser puestos bajo el estado “En Ejecución” en el sistema de gestión académico- administrativa de la entidad para ser ofertados, una vez cuenten con desarrollo curricular y las resoluciones de otorgamiento del registro calificado por parte del Ministerio de Educación Nacional y la correspondiente sincronización con el SNIES
ARTÍCULO 6o. Comunicar y enviar copia de la presente Resolución a la Secretaría General, directores de área, jefes de oficina, Directores Regionales y Subdirectores de Centros de Formación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D, C 06 DIC 2023
CLAUDIA PATRICIA FORERO LONDOÑO
Directora de Formación Profesional