RESOLUCIÓN 2639 DE 2008
(septiembre 25)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Por la cual se otorga una delegación especial
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA,
En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por los artículos 9 y siguientes de la ley 489 de 1998 y el numeral 4 del artículo 4 del Decreto 249 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República expidió la Ley 489 de 1998, que regula el ejercicio de la función administrativa y dicta normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, estableciendo principios y reglas generales para su funcionamiento.
Que el artículo 9 de la mencionada Ley le concede a los Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Superintendentes, representantes legales de los organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa, la facultad de delegar los asuntos a ellos confiados, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor del mismo organismo.
Que el inciso segundo del artículo 211 de la Constitución Nacional establece: “La delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad consiguiente”
Que por disposición del artículo 12 de la Ley 80 de 1993, adicionado por el artículo 21 de la Ley 1150 de 2007, los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo y sus equivalentes.
Que el Ministerio de la Protección Social requiere que sean evaluados y certificados operarios dentro de las normas de competencia relacionadas con las enfermedades transmitidas por vectores (E.T.V), como dengue, malaria, fiebre amarilla, leishmaniasis y Chagas, las cuales constituyen problemas prioritarios de salud pública en el territorio nacional.
Que las acciones a desarrollar son de carácter Regional y están dentro del marco de las funciones del SENA, por lo cual, es procedente delegar en el Subdirector del “Centro de Formación de Talento Humano en Salud”, de la Regional Distrito Capital, la suscripción, ejecución y liquidación del convenio Marco de Cooperación Técnica a celebrarse entre el SENA y el MINSITERIO <sic> DE LA PROTECCIÓN SOCIAL y sus convenios derivados.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Delegar en el Subdirector del Centro de Formación de Talento Humano en Salud de la Regional Distrito Capital, cargo desempeñado actualmente por el Dr. Gerardo Arturo Medina Rosas, identificado con la C. de C. No 9.530.774, la gestión y ejecución de los siguientes procesos:
1. Realización de los estudios y procesos previos a la celebración del convenio marco entre el SENA y EL MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL, así como la suscripción, seguimiento y control del convenio, incluido el reconocimiento de las obligaciones derivadas del mismo, la ordenación del gasto, la aprobación de las garantías, la suscripción de las suspensiones, adiciones y prórrogas si a ello hubiere lugar, así como la imposición de multas o sanciones que resultaren pertinentes y la expedición de todos los actos administrativos inherentes a la actividad precontractual, contractual y postcontractual delegada, incluida la liquidación.
2. Suscribir el o los convenios derivados que se generen con ocasión de la ejecución del convenio marco suscrito ente el SENA y EL MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
3. Suscribir la suspensión, adición, prórroga, terminación, liquidación y los recursos y actos que adopten soluciones a las controversias contractuales.
4. Imponer sanciones, declarar la ocurrencia del siniestro cuando a ello haya lugar y hacer efectivas las garantías constituidas.
ARTÍCULO 2o. La delegación especial conferida por la presente Resolución, incluye la evaluación de la conveniencia de los convenios respectivos y la elaboración, estudio, evaluación y análisis de sus componentes técnicos.
ARTÍCULO 3o. El servidor público a quien se le confiere la delegación, debe presentar trimestralmente un informe a esta Dirección, sobre el desarrollo de la delegación que se realiza por el presente acto.
ARTÍCULO 4o. Comunicar y enviar copia de la presente resolución al Subdirector del Centro de Formación de Talento Humano en Salud de la Regional Distrito Capital.
ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. 25 Sep. 2008
DARÍO MONTOYA MEJÍA
Director General