RESOLUCIÓN 2858 DE 2024
(noviembre 5)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Por medio de la cual se realiza la modificación a la Resolución 2423 de 2018 y 1-1355 de 2019 del Sena y se aprueban nuevos programas de formación y modalidades.
LA DIRECTORA DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE -SENA-
En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas mediante la Resolución No. 1-00201 de 2024 y,
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 249 de 2004, "Por el cual se modifica la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA-", le asigna al Director General la función de: "Revisar periódicamente y aprobar la oferta de los programas de formación profesional integral, según las necesidades detectadas en el sector externo y aprobar la modificación de los programas en sus contenidos, duración y tipo de certificación", conforme lo señala el artículo 4-, numeral 12 del mencionada Decreto.
Que el Acuerdo 8 de julio 15 de 2008, por el cual se reglamenta la composición, funciones y funcionamiento del Comité Nacional de Formación Profesional, en su artículo segundo señala, "El objeto del Comité Nacional de Formación Profesional Integral es brindar asesoría al Consejo Directivo Nacional y al Director General del SENA, acerca de la orientación de la política de Formación Profesional Integral a partir, entre otros criterios, de la demanda de necesidades de los sectores productivos y social, la articulación de la oferta de formación, la concepción y enfoque de formación, los niveles de cualificación, componentes, duración y requisitos de ingreso a los programas de formación, los tipos de certificación, la aplicación de pedagogías y metodologías innovadoras, buscando mantener la unidad técnica, ampliar la cobertura, garantizar la pertinencia y mejorar la calidad de la formación."
Que mediante Resolución No. 1-00201 de febrero 1 de 2024, por la cual se deroga la Resolución 790 de 2009 y se efectúa la delegación por el Director General al Director(a) de Formación Profesional de aprobar y modificar programas de formación, en sus contenidos, duración y tipo de certificación.
Que mediante la Resolución No. 1-.2198 de 2019, "Por la cual se modifica la clasificación y los niveles de los programas de formación, su denominación y su duración, las modalidades deformación y otras condiciones especiales relacionadas con el acceso a la formación profesional integral, deroga la Resolución 1444 de 2018 y modifica el artículo 2 de la Resolución 2130 de 2013".
Que el SENA debe ofrecer e impartir formación profesional integral a los trabajadores de todas las actividades económicas, y a quienes, sin serlo, requieran dicha formación, para aumentar por ese medio la productividad nacional y promover la expansión y el desarrollo económico y social armónico del país.
Que de conformidad con la Resolución 1749 de 2023, establece las funciones del grupo interno de trabajo denominado "Gestión Curricular de la Formación Profesional", artículo 3 numeral 4: "Elaborar la propuesta de los nuevos programas de formación, sus actualizaciones y gestionar su aprobación ante las instancias competentes, de acuerdo con la normativa vigente."
Que de acuerdo con directrices internas de la entidad y teniendo en cuenta que los programas de educación superior que oferta el Servicio Nacional de Aprendizaje, se estructuran a través de treinta y un (31) redes de conocimiento sectorial, de acuerdo con la Resolución 335 de 2012, el diseño curricular de los programas de formación es único nacional, y conforme a la normatividad vigentes y concordante, así como políticas y directrices internas, el SENA está transitando a la solicitud de registros calificados únicos ante el Ministerio de Educacional Nacional.
Que el Centro de Formación en Actividad Física y Cultura de la Regional Distrito Capital, presentó al Comité Nacional de Formación, la solicitud de aprobar la actualización de un (1) programa de nivel tecnología, en modalidad presencial, denominado Tecnología en Entrenamiento Deportivo por actualización en su duración e integración de competencias claves y transversales, acorde con la Resolución 2198 de 2019, como se relaciona a continuación:
| Sector | Nivel de Formación | Denominación del Programa | Modalidad | Número de Créditos (Horas) Versión anterior | Número de Créditos (Horas) Versión actual |
| Red Actividad Física, Recreación y Deporte. | Tecnología | Entrenamiento Deportivo. | Presencial. | 80 créditos (3.840 horas) | 83 créditos. (3.984 horas). |
Que el Centro de la Innovación, la Agroindustria y la Aviación de la Regional Atlántico, presentó al Comité Nacional de Formación la solicitud de aprobar nuevas modalidades presencial y a distancia de un (1) programa de nivel tecnología, denominado Tecnología en Producción de Eventos Masivos, aprobado en la Resolución 1-00342 del 2022 en modalidad virtual, como se relaciona a continuación:
| Sector | Nivel de Formación | Denominación del Programa | Modalidad | Número de Créditos (Horas) |
| Red de Hotelería y Turismo. | Tecnología | Producción de Eventos Masivos. | Presencial y A Distancia | 83 créditos. (3.984 horas). |
Que el Centro de Tecnologías para la Construcción y la Madera de la Regional Distrito Capital, presentó al Comité Nacional de Formación la solicitud de aprobar la actualización de dos programas: Operario en Mampostería y el Técnico Laboral en Mantenimiento y Reparación de Edificaciones, como se describe a continuación:
| Sector | Nivel de Formación | Denominación del Programa | Duración en Créditos | Modalidad | Producción Curricular | Resolución del programa que se actualiza |
| Construcción | Operario | Mampostería | 27 | Presencial | Actualización | Resolución de 2423 del 27-dic-2018. |
| Construcción | Técnico Laboral | Mantenimiento y Reparación de Edificaciones | 46 | Presencial | Actualización | Resolución 1-1355 de 26-jul-2019. |
El programa de Operario en Mampostería permite la formación de personas en el área de mampostería, que, de acuerdo con el estudio realizado en el año 2019 por la Cámara de Comercio de Bogotá, es uno de los cargos de difícil consecución.
El programa técnico Laboral en Mantenimiento y Reparación de Edificaciones se pretende dar respuesta de una manera actualizada al sector de la construcción en las necesidades puntuales sobre el capital humano requerido en la ocupación de albañiles para desarrollar actividades de mantenimiento y reparación de edificaciones.
Que el Centro de Tecnologías para la Construcción y la Madera de la Regional Distrito Capital, presentó al Comité Nacional de Formación la solicitud de aprobar cuatro (4) nuevos programas: Técnico Laboral en Construcción de Estructuras en Guadua, Técnico Laboral en Instalación y Mantenimiento de Electro Gasodomésticos, Técnico Laboral en Integración de Sistemas Domóticos, Internet de las Cosas y Eficiencia Energética en la Construcción, y el Operario en Construcción Industrializada en Seco, como se describe a continuación:
| Sector | Nivel de Formación | Denominación del Programa | Duración en Créditos | Modalidad | Producción Curricular | Observaciones |
| Construcción | Técnico Laboral | Construcción de Estructuras en Guadua | 45 | Presencial | Nuevo programa | Reemplaza al programa: Construcción, Mantenimiento y Reparación de Estructuras en Guadua |
| Construcción | Técnico Laboral | Instalación y Mantenimiento de Electro Gasodomésticos | 46 | Presencial | Nuevo programa | Reemplaza al programa: Electro gasodomésticos |
| Construcción | Técnico Laboral | Integración de Sistemas Domóticos, Internet de las Cosas y Eficiencia Energética en la Construcción | 46 | Presencial | Nuevo programa | Programa nuevo. |
| Construcción | Operario | Construcción Industrializada en Seco | 27 | Presencial | Nuevo programa | Programa nuevo. |
El programa Técnico Laboral en Construcción de estructuras en Guadua pretende formar técnicos dedicados a la provisión y mejoramiento de vivienda en los centros poblados y el rural disperso en la construcción en guadua.
El programa Técnico Laboral en Instalación y Mantenimiento de Electro Gasodomésticos pretende suplir la demanda del mercado laboral formando personal que se ocupe como instaladores de artefactos electro gasodomésticos debido al incremento de vacantes en esta ocupación a nivel nacional.
El programa Técnico Laboral en Integración de Sistemas Domóticos, Internet de las Cosas y Eficiencia Energética en la Construcción, busca dar respuesta ocupacional en esta área en la medida que la domótica va ganando terreno en el segmento de la construcción y la promoción inmobiliaria.
El programa Operario en Construcción Industrializada en Seco se proyecta como respuesta a la necesidad de personal en las empresas que trabajan con este sistema, en elaboración y montaje de cielos rasos, muros interiores y exteriores, fachadas, entre otras varias aplicaciones.
Que el Centro para el Desarrollo del Hábitat y la Construcción de la Regional Antioquia, presentó al Comité Nacional de Formación la solicitud de aprobar dos programas nuevos en modalidad presencial: Operario en Revestimiento e Impermeabilización de Túneles y el Técnico Laboral en Mantenimiento de Vías Terciarias, como se describe a continuación:
| Sector | Nivel de Formación | Denominación del Programa | Duración en Créditos | Modalidad | Producción Curricular |
| Infraestructura | Operario | Revestimiento e Impermeabilización de Túneles | 27 | Presencial | Nuevo programa |
| Infraestructura | Técnico Laboral | Mantenimiento de Vías Terciarias | 46 | Presencial | Nuevo programa |
El programa Operario en Revestimiento e Impermeabilización de Túneles busca formar personal en este ramo de la actividad, en sintonía con la proyección del Plan Nacional de Desarrollo en cuanto a la construcción de obras de infraestructura, que posibiliten la interconexión vial.
El programa Técnico Laboral en Mantenimiento de Vías Terciarias promueve formar personal para restaurar y rehabilitar vías y obras complementarias de vías terciarias en respuestas a las necesidades del sector y en consonancia con las metas del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026.
Que el Centro Metalmecánico de la Regional Distrito Capital, presentó al Comité Nacional de Formación la solicitud de aprobar un (1) nuevo programa: Técnico Laboral en Metalistería de Plantas Industriales, como se describe a continuación:
Sector | Nivel de Formación | Denominación del Programa | Duración en Créditos | Modalidad | Producción Curricular |
| Mecánica Industrial | Técnico Laboral | Metalistería de Plantas Industriales | 46 | Presencial | Nuevo programa |
El programa Técnico laboral en Metalistería de Plantas Industriales busca dar una formación a nivel técnico a personas que se requieren en el sector en la medida que el nivel de empleabilidad de la ocupación Chapistas, caldereros y afines ha presentado un crecimiento notable en el año 2023.
Que el Comité Nacional de Formación Profesional realizado de manera virtual, los días 14 y 19 de junio de esta anualidad como consta en el Acta No. 49 del 19 de junio de 2024, la cual hace parte integral de este documento, recomendó a la Directora de Formación Profesional aprobar los nuevos programas deformación.
Que el Comité Nacional de Formación Profesional recomendó a la Directora de Formación Profesional no asociar requisitos de ingreso de los programas laborales a grados académicos.
Que en virtud de lo anterior, la Directora de Formación Profesional del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA-,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Aprobar el programa de formación de nivel Tecnología, denominado Tecnología en Entrenamiento Deportivo en modalidad presencial por actualización en su duración e integración de competencias claves y transversales, acorde con la Resolución 2198 de 2019, como aparece relacionado a continuación:
| Sector | Nivel de Formación | Denominación del Programa | Modalidad | Número de Créditos (Horas) |
| Red Actividad Física, Recreación y Deporte. | Tecnología | Entrenamiento Deportivo. | Presencial. | 83 créditos. 3.984 horas. |
ARTÍCULO 2o. Aprobar el programa de formación de nivel tecnología, denominado Tecnología en Producción de Eventos Masivos en modalidad presencial y a distancia, como aparece relacionado a continuación:
| Sector | Nivel de Formación | Denominación del Programa | Modalidad |
| Red de Hotelería y Turismo. | Tecnología. | Producción de Eventos Masivos. | Presencial y a distancia |
ARTÍCULO 3o. Aprobar la actualización de los programas de formación profesional de niveles operario y técnico laboral para la modalidad presencial que aparecen relacionados a continuación:
| Sector | Nivel de Formación | Denominación del Programa | Duración en Créditos | Modalidad | Resolución del programa que se actualiza |
| Construcción | Operario | Mampostería | 27 | Presencial | Resolución de 2423 del 27-dic-2018, artículo 1. |
| Construcción | Técnico Laboral | Mantenimiento y Reparación de Edificaciones | 46 | Presencial | Resolución 1-1355 de 26-jul-2019, artículo 1. |
ARTÍCULO 4o. Aprobar los nuevos programas de formación profesional del nivel operario y técnico laboral en modalidad presencial, que aparecen relacionados a continuación:
| Sector | Nivel de Formación | Denominación del Programa | Duración en Créditos | Modalidad |
| Mecánica Industrial | Técnico Laboral | Metalistería de plantas industriales | 46 | Presencial |
| Infraestructura | Operario | Revestimiento impermeabilización de túneles | 27 | Presencial |
| Infraestructura | Técnico Laboral | Mantenimiento de Vías Terciarias | 46 | Presencial |
| Construcción | Técnico Laboral | Construcción de Estructuras en Guadua | 45 | Presencial |
| Construcción | Técnico Laboral | Instalación y mantenimiento de Electro Gasodomésticos | 46 | Presencial |
| Construcción | Técnico Laboral | Integración de Sistemas Domóticos, Internet de las Cosas y Eficiencia Energética en la Construcción | 46 | Presencial |
| Construcción | Operario | Construcción Industrializada en Seco | 27 | Presencial |
ARTÍCULO 5o. Los nuevos programas de formación de nivel operario y técnico laboral descritos en esta resolución, podrán ser puestos en estado "En Ejecución" en el sistema de gestión académico- administrativo de la entidad, para ser ofertados, una vez cuenten con el desarrollo curricular completo y se hayan resuelto las observaciones del Acta 49 del Comité Nacional de Formación Profesional Integral respecto a no asociar requisitos de ingreso a grados académicos
ARTÍCULO 6o. Los programas de formación de nivel tecnológico descritos en esta resolución, podrán ser puestos en estado "En Ejecución" en el Sistema de Gestión Académico- Administrativo de la Entidad, para ser ofertados, una vez se cuente con las resoluciones de otorgamiento del registro calificado por parte del Ministerio de Educación Nacional.
ARTÍCULO 7o. Comunicar y enviar copia de la presente Resolución a la Secretaría General, Directores de Área, Jefes de Oficina, Directores Regionales y Subdirectores de Centros de Formación Profesional.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D. C., el 01 de NOV de 2024.
CLAUDIA PATRICIA FORERO LONDOÑO
Directora de Formación Profesional