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RESOLUCIÓN 3199 DE 2009

(noviembre 5)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Por la cual se establece el calendario académico y de labores de los Centros de Formación Profesional del SENA para el año 2010 y para el Plan Especial de Ampliación de Cupos

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA,

En uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial las que le confieren los numerales 4 y 13 del Artículo 4o del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 249 de 2004, por el cual se modificó la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, atribuyó en el numeral 4 de su artículo 4 al Despacho de la Dirección General la facultad de dirigir, coordinar, y controlar las funciones administrativas y dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.

Que el mismo Decreto 249 de 2004, le atribuyó en el numeral 13 del artículo 4o al Despacho de la Dirección General, la función de “Determinar el calendario académico y de labores de los Centros y Programas de Formación Profesional Integral, la duración de las sesiones de formación profesional, la utilización de la jornada laboral de los instructores, así como la duración de la formación de los programas, esto último, previo concepto del Comité de Formación Profesional”.

Que la entidad está implementando un Plan Especial de Ampliación de Cupos por el que abrirá hasta 250 mil nuevos cupos adicionales a los de la oferta regular del SENA, en los niveles técnico, tecnólogo y especialización técnica y tecnológica, con el enfoque de formación por competencias y aprendizaje por proyectos, integrando estrategias presenciales y virtuales, con características flexibles y adecuadas a las condiciones reales del sector productivo y al entorno económico de cada región.

Que es necesario definir los períodos de Formación Profesional Integral en la Entidad y el total de días hábiles para la vigencia académica 2.010.

Que para efectos de planear la adecuada utilización de los recursos disponibles en la entidad, se requiere precisar las fechas de inicio y terminación de los períodos de formación durante el año 2.010.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Establecer el siguiente calendario académico y de labores para los Centros de Formación Profesional del SENA, para la oferta regular y para el Plan Especial de Ampliación de Cupos, correspondiente al año 2010:

Alistamiento de procesos y programas - primer semestre
14 al 19 de enero, inclusive
Primer Trimestre
20 de enero al 10 de abril, inclusive
Segundo Trimestre
12 de abril al 30 de junio, inclusive
Jornada de integración para la comunidad educativa
1 al 3 de julio, inclusive
Evaluación de la gestión y ejecución de la Formación Profesional Integral, primer semestre
6 y 7 de julio, Inclusive
Alistamiento segundo semestre
8 al 10 de julio, inclusive
Tercer Trimestre
12 de julio al 30 de septiembre, inclusive
Cuarto Trimestre
1 de octubre al 13 de diciembre, Inclusive
Evaluación de la gestión y ejecución de la Formación Profesional Integral, segundo semestre
14 al 16 de diciembre, Inclusive
Jornada de integración para la comunidad educativa
17 y 18 de diciembre, inclusive

ARTÍCULO 2o. El número de días hábiles dedicados a actividades directas de Formación en la vigencia 2010, con jornada laboral de lunes a sábado será de doscientos cincuenta y siete (257) días:

Primer Trimestre
Segundo Trimestre
Total primer semestre

Tercer trimestre
Cuarto Trimestre
Total Segundo Semestre

Jornada de integración
Sesenta y seis (66) días
Sesenta y cinco (65) días
Ciento treinta y uno (131) días

Sesenta y siete (67) días
Cincuenta y nueve (59) días
Ciento veintiséis (126) días

Cinco (5) días

PARÁGRAFO: Para efectos de calcular el potencial de horas Instructor de planta, se utilizarán doscientos quince (215) días.

ARTÍCULO 3o. Establecer el siguiente calendario académico y de labores para la atención en el año 2.010 por parte de los Centros de Formación Profesional del SENA de las convocatorias del Plan Especial de Ampliación de Cupos que iniciaron formación en el año 2009:

Alistamiento de procesos y programas primer semestre
14 al 19 de enero, inclusive
II Parte de:
Tercer trimestre -1 convocatoria
Segundo trimestre - II convocatoria
Primer trimestre - III convocatoria
20 de enero al 27 de febrero, inclusive
Cuarto trimestre -1 convocatoria
Tercero trimestre - II convocatoria
Segundo trimestre - III convocatoria
1 de marzo al 22 de mayo, inclusive
Quinto trimestre -1 convocatoria (Nivel tecnólogos)
Cuarto trimestre - II convocatoria
Tercero trimestre - III convocatoria
24 de mayo al 14 de agosto, inclusive
Jornada de integración para la comunidad educativa
1 de julio al 3 de julio, inclusive
Evaluación de la gestión y ejecución de la Formación Profesional Integral, primer semestre
6 y 7 de julio, inclusive
Sexto trimestre -1 convocatoria (nivel tecnólogos)
Quinto trimestre - II convocatoria (nivel tecnólogos)
Cuarto trimestre - III convocatoria
17 de agosto al 23 de octubre, inclusive
1 Parte de:
Sexto trimestre - II convocatoria (nivel tecnólogos)
25 de octubre al 13 de diciembre, inclusive.
Quinto trimestre - III convocatoria (nivel tecnólogos)
Evaluación de la gestión y ejecución de la Formación Profesional Integral, segundo semestre
14 al 16 de diciembre, inclusive
Jornada de integración para la comunidad educativa17 y 18 de diciembre, inclusive

PARAGRAFO. Se incluyen las siguientes fechas del año 2011 para efectos de la planeación y los trámites del sexto trimestre que se extiende hasta ese año en el Plan Especial de Ampliación de cupos:

II Parte de:
Sexto trimestre - II convocatoria (nivel tecnólogos)
Quinto trimestre - III convocatoria (nivel tecnólogos)
17 de enero de 2011 al de 2011, inclusive.
19 de febrero

ARTÍCULO 4o. Para los programas de formación del Plan Especial de Ampliación de Cupos que iniciaron en el año 2009, el número de días hábiles dedicados a actividades directas de Formación, con jornada laboral de lunes a sábado son los siguientes:

Para vigencia 2010: doscientos cincuenta y nueve (259) días:

II Parte de:
Tercer trimestre - I convocatoria
Segundo trimestre - II convocatoria
Primer trimestre - III convocatoria
Treinta y cuatro (34) días
Cuarto trimestre -1 convocatoria
Tercero trimestre - II convocatoria
Segundo trimestre - III convocatoria
Sesenta y seis (66) días
Quinto trimestre -1 convocatoria (Nivel tecnólogos)
Cuarto trimestre - II convocatoria
Tercero trimestre - III convocatoria
Sesenta y dos (62) días
Sexto trimestre -1 convocatoria (nivel tecnólogos)
Quinto trimestre - II convocatoria (nivel tecnólogos)
Cuarto trimestre - III convocatoria
Cincuenta y ocho (58) días
I Parte de:
Sexto trimestre - II convocatoria (nivel tecnólogos)
Quinto trimestre - III convocatoria (nivel tecnólogos)
Treinta y nueve (39) días

Para vigencia 2011: treinta (30) días:

II Parte de:
Sexto trimestre - II convocatoria (nivel tecnólogos)
Quinto trimestre - III convocatoria (nivel tecnólogos)
Treinta (30) días

ARTÍCULO 5o. Durante la semana santa, el Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, suspenderá labores desde el 1 de abril hasta el 3 de abril de 2010, inclusive.

ARTÍCULO 6o. Sin perjuicio de las jornadas de alistamiento, integración para la comunidad educativa y evaluación institucional, los Centros de Formación Profesional Integral deberán prever la ejecución de acciones de formación complementaria con el fin de atender las necesidades específicas que les sean demandadas, preferiblemente en ambientes fuera del Centro, utilizando al máximo la capacidad instalada en éste, para formación titulada.

ARTÍCULO 7o. Las jornadas de alistamiento previas a la formación, deberán realizarse de acuerdo con la metodología establecida para tal fin por la Dirección de Formación Profesional.

ARTÍCULO 8o. Las actividades que se desarrollen durante la jornada de integración para la comunidad educativa, estarán orientadas a la formación integral de los aprendices, a incentivar la integración intra e inter Centros, y deberán contemplarse en el Plan de Bienestar de los Aprendices de los Centros de Formación Profesional Integral, en articulación con el Plan de Bienestar Social para los Funcionarios.

ARTÍCULO 9o. La evaluación de la gestión y la ejecución de la Formación Profesional Integral deberán corresponder a un proceso organizado de revisión y análisis de la información, que garantice la verificación del cumplimiento de las políticas, los lineamientos institucionales y los objetivos propuestos, a partir de lo cual se deben plantear y efectuar los correctivos a que haya lugar. La metodología que se aplique será establecida conjuntamente por las Direcciones de Formación Profesional y de Planeación y Direccionamiento Corporativo, en el marco del Sistema de Gestión de la Calidad.

En el proceso de evaluación de la Gestión de la Formación Profesional Integral, deberá garantizarse la participación de los Aprendices y de los Instructores.

ARTÍCULO 10. Las Direcciones Regionales y la Dirección de Formación Profesional realizarán el seguimiento y control sistemático a la ejecución de la Formación y de las actividades conexas y adicionales que hacen parte integral del Calendario Académico.

ARTÍCULO 11. Los instructores de planta estarán programados el 100% de la jornada laboral, de acuerdo con la normatividad vigente en la entidad.

Las personas contratadas para impartir formación en el Plan de Ampliación de Cupos, serán contratadas de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección General.

ARTÍCULO 12. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., 5 NOV. 2009

DARÍO MONTOYHA MEJÍA

Director General

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Compilación Jurídica del SENA
ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
Última actualización: 
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