RESOLUCIÓN 3204 DE 2008
(noviembre 20)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Por la cual se delegan unas funciones
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA,
En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por los artículos 211 de la Constitución Política, 9 de la Ley 489 de 1998 y 4 - 4 del Decreto 249 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política dispone en el artículo 211 que la Ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades, las funciones que en principio están asignadas a éstas.
Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, precisa que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con esa misma ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.
Que el numeral 4 del artículo 4 del Decreto 249 de 2004, fija como función del Director General, la de dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y técnicas de los proyectos operativos, dictar los actos administrativos, celebrar los contratos necesarios para la gestión administrativa, los convenios de cooperación técnica nacional e internacional, entre otras.
Que por lo anterior, es procedente delegar en el Director Jurídico de la Entidad, la evaluación de las propuestas, suscripción, y todos los actos inherentes a la ejecución y liquidación de los convenios necesarios para el manejo de los temas relacionados con las comunicaciones externas de la entidad, así como los convenios a celebrarse para adelantar las estrategias de relacionamiento corporativo y mercadeo, promoción y servicio al cliente.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Delegar en el Director Jurídico del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, sin consideración a la cuantía, los trámites previos, de suscripción, ejecución y liquidación de los convenios necesarios para el manejo de los temas relacionados con las comunicaciones externas de la entidad, así como los convenios a celebrarse para adelantar las estrategias de relacionamiento corporativo y mercadeo, promoción y servicio al cliente.
Esta delegación incluye la realización de los estudios, trámites y procesos previos a la celebración de los conventos, así como la suscripción, seguimiento y control de los mismos, incluido el reconocimiento de las obligaciones derivadas, la ordenación del gasto, la aprobación de las garantías, la suscripción de las suspensiones, adiciones, prórrogas, terminaciones anticipadas, la imposición de multas o sanciones o la declaratoria de siniestros si a ellos hubiere lugar, la liquidación, y en general, la expedición de todos los actos administrativos inherentes al cumplimiento de la función delegada.
ARTÍCULO 2o. El servidor público en quien recae esta delegación debe rendir un informe de las gestiones realizadas en virtud de esta Resolución, dentro de los plazos y con los requisitos establecidos y que se establezcan para el efecto
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 20 Nov. 2008
DARÍO MONTOYA MEJÍA
Director General