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ACUERDO 7 DE 2017

(Agosto 11)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Por la cual se modifica el presupuesto de inversión para la vigencia fiscal 2017

Resumen de Notas de Vigencia

EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 2.8.1.5.6 del Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público”, el artículo 21 del Decreto 2170 de 2016, y el numeral 27 artículo3 del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1815 del 7 de diciembre de 2016, “Por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2017", en su artículo 1o detalla el presupuesto de Rentas y Recursos de Capital para la vigencia 2017, del cual hace parte el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA;

Que el artículo 2.8.1.5.6 del Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentarlo del Sector Hacienda y Crédito Público”, determina que “ Las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los programas y subprogramas de inversión aprobados por el Congreso, se realizaran mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas modificaciones se harán por resolución o acuerdo de las juntas o Consejos Directivos, o por resolución del representante legal en caso de no existir aquellas. // El Ministro de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, aprobará las operaciones presupuéstales contenidas en las resoluciones o acuerdos una vez se realice el registro de las solicitudes en el Sistema integrado de Información Financiera SIIF Nación. // Si se trata de gastos de inversión, se requerirá además, del concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación

(...)"

Que en el Decreto 2170 del 27 de diciembre de 2016, “Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2017, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos” efectúa la apropiación para atender los gastos de funcionamiento, Inversión.y servicio de la deuda pública del Presupuesto General de la Nación para la vigencia del 1 de enero al 31 de diciembre de 2017 del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA;

Que el citado Decreto 2170 del 27 de diciembre de 2016, “Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2017, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos” en el artículo 21 determina que “se podrán hacer distribuciones en el presupuesto de Ingreso y gastos, sin cambiar su destinación, mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano. //En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional esta distribución se hará por resolución o acuerdo de las juntas o concejos directivos. Si no existen juntas o concejos directivos lo hará el representante legal de estos. //Las operaciones presupuéstales contenidas en los mencionados actos administrativos, se someterán a aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional (...);

Que el SENA cumple la función que le corresponde al Estado en Invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos, ofreciendo y ejecutando la formación profesional Integral para la incorporación de las personas en actividades productivas que contribuyan al crecimiento social, económico y tecnológico del país.

Que se requiere la asignación de los recursos para el mejoramiento y la modernización de los ambientes de aprendizaje, para garantizar transferencia tecnológica para los Centros de Formación Incluyendo nuevas sedes o sedes recibidas en comodato, dotándolos con maquinaria, equipos y muebles. Con la dotación se incorporan nuevas tecnologías en los procesos formativos que garanticen la excelencia en el cumplimiento de la misión y los servicios de alta calidad de la Entidad, aprobación de nuevos registros calificados, renovación de los registros aprobados en el 2010 por parte del MEN, certificación de alta calidad, y la prestación de servicios tecnológicos para las empresas.

ACUERDA:

ARTÍCULO 1o. Contra reditar el presupuesto de Egresos Ley para la vigencia fiscal de 2017 por un valor de SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS VEINTE PESOS ($64.334.727.520) MCTE, en los siguientes Programas, Subprogramas, proyectos, Recursos y valor en pesos:

PROGSUBPPROYRECCONCEPTOVALOR A TRANSLADAR
  C-INVERSIÓN64.334.727.520,00
3603 FORMACIÓN PARA EL TRABAJO64.334.727.520,00
36031300 INTERSUBSECTORIAL TRABAJO Y BIENESTAR SOCIAL64.334.727.520,00
 5AMPLIACIÓN DE COBERTURA EN FORMACIÓN PROFESIONAL PARA MEJORAR LAS
POSIBILIDADES DE EMPLEABILIDAD DE LOS JÓVENES EN DIFERENTES CIUDADES A NIVEL NACIONAL
55.334.727.520,00
 16FONDOS ESPECIALES47.116.286.092,00
 21OTROS RECURSOS DE TESORERÍA
8.218.441.428,00
 1APACITACIÓN A TRABAJADORES Y
DESEMPLEADOS PARA SU DESEMPEÑO EN ACTIVIDADES PRODUCTIVAS, Y ASESORÍA Y ASISTENCIA TÉCNICA EMPRESARIAL, PARA EL DESARROLLO SOCIAL, ECONÓMICO Y
TECNOLÓGICO, A TRAVÉS DE LOS CENTROS DE FORMACIÓN DEL SENA A NIVEL NACIONAL
9.000.000.000,00
 16FONDOS ESPECIALES9.000.000.000,00

Que se requiere atender las siguientes necesidades y/o proyectos de la Dirección General: Pruebe Saber; auditoría de certificación del sistema de gestión ambiental; auditoría de recertificación Sistema de Gestión de Calidad con ICONTEC; alineación estrategia TIC del SENA 2015-201 conforme a directrices de Gobierno en Línea cumplimiento Decreto 1078 de 2015; gastos c operación de la Dirección General y Despachos Regionales (servicios públicos, servicios de aseo cafetería, divulgación actividades SIGA, entre otros).

Que el Departamento Nacional de Planeación con comunicación No. 2017432002656 del 24 c JULIO de 2017 emitió concepto favorable sobre el traslado de recursos por SESENTA Y CUATR MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS VEINTISIETE M QUINIENTOS VEINTE PESOS ($64.334.727.520) MCTE en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la Entidad, para cubrir las necesidades y/o proyectos antes mencionados.

Que por lo anterior se hace necesario trasladar los recursos presupuéstales para efectuar durante vigencia fiscal dichos gastos;

Que previo estudio de viabilidad efectuado por la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo de la Entidad, la Directora General de la entidad propone al Consejo Directivo Nación la modificación presupuestal señalada en el presente Acuerdo.

Que en mérito de lo expuesto,

ARTÍCULO 2o. Con base en el artículo anterior, acreditar el presupuesto de Egresos Ley para la vigencia fiscal de 2017 por valor de SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS VEINTE PESOS ($64.334.727.520) MCTE., en los siguientes Programa, Subprograma, proyecto, Recurso y valor en pesos:

PROGSUBPPROYRECCONCEPTOVALOR A TRASLADAR
  C - INVERSIÓN64.334.727.520,00
36031300 FORMACIÓN PARA EL TRABAJO64.334.727.520,00
36031300 INTERSUBSECTORIAL TRABAJO Y BIENESTAR SOCIAL64.334.727.520,00
 10ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA Y
SERVICIOS DE APOYO A LA
FORMACIÓN
8.702.000.000,00
 16Fondos Especiales8.702.000.000,00
 11MEJORAMIENTO DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL Y DE LAS
CONDICIONES TÉCNICAS Y
TECNOLÓGICAS DE LOS SERVICIOS DEL SENA A NIVEL NACIONAL
55.632.727.520,00
 16
FONDOS ESPECIALES
47.414.286.092,00
 21OTROS RECURSOS DE TESORERÍA8.218.441.428,00

ARTÍCULO 3o. El presente Acuerdo deberá contar con la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, respecto de sus artículos primero y segundo, de conformidad con el artículo 1o del Decreto 4836 del 21 de diciembre de 2011 que modificó el artículo 29 del decreto 4730 de 2005.

ARTÍCULO 4o. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y aprobación de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Para los efectos del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011 publíquese en la página web del SENA.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá a los

GRISELDA JANETH RESTREPO GALLEGO
PRESIDENTE DEL CONSEJO
MINISTRA DE TRABAJO

ELSA AURORA BOHORQUEZ
SECRETARIA DEL CONSEJO (E)

APROBADO
DIRECTOR GENERAL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/ACUERDO_SENA_0007_2017.pdf>

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
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Última actualización: 31 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.604 - 9 de diciembre de 2023)
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