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ACUERDO 12 DE 2009

(diciembre 1)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Por la cual se modifica el Presupuesto de Inversión para la vigencia fiscal 2009

Resumen de Notas de Vigencia

EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en los Artículos 29 del Decreto 4730 de 2005, el artículo 20 del Decreto 4841 de 2008, y el artículo 3 numeral 27 del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1260 del 23 de diciembre de 2008, “Por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y Ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2009', en su artículo 1o detalla el presupuesto de Rentas y Recursos de Capital para la vigencia 2009, del cual hace parte el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA;

Que en el Decreto 4841 del 24 de diciembre de 2008, “Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2009 se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos" del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA;

Que el Decreto 4730 de 2005, “Por el cual se reglamentan normas orgánicas del presupuesto' en su artículo 29 establece: “Las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los subprogramas de inversión aprobados por el Congreso, se realizarán mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas modificaciones se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos, o por resolución del representante legal en caso de no existir aquellas”;

Que el Decreto 4841 del 24 de diciembre de 2008, “Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2009 se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos" en el artículo 20 autoriza al Consejo Directivo Nacional para efectuar distribuciones en el presupuesto de ingresos o gastos sin cambiar su destinación ni cuantía, las cuales requieren para su validez de la aprobación de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;

Que hay cuentas de contratos y convenios de las vigencias 2006 y 2007 que se encuentran dentro del pasivo de la Entidad, porque a la fecha de cierre de la vigencia en la cual se debía efectuar el pago, algunas cuentas no contenían los documentos legales correspondientes para efectuar el giro del valor adeudado y fueron presentadas para pago cuando había vencido la correspondiente reserva de apropiación; otras cuentas no se pagaron porque los contratista no presentaron las cuenta de cobro con los soportes que se requieren para la legalización y pago en los términos de tiempo previstos por el Grupo de Presupuesto al finalizar cada vigencia, y otro por una reclamación del contratista sobre el informe de interventoría posterior al fenecimiento de la reserva de apropiación el cual fue aceptado; quedando estas cuentas pendientes de pago y con la correspondiente reserva de apropiación vencida;

Que hay una cuenta de reajuste salarial de las vigencias 2006 y 2007 de un trabajador oficial, que no han sido canceladas dado que el acto administrativo reconociendo reajustes salariales por Plan de Ascensos por Mérito para los Trabajadores Oficiales, ordena reajustar y pagar valores de vigencias anteriores;

Que por las anteriores razones la Entidad no ha podido efectuar el pago de las cuentas mencionadas;

Que es necesario trasladar los recursos presupuéstales para financiar dichos gastos;

Que el Departamento Nacional de Planeación con comunicación DIFP-17-20092610006446 del 04 de noviembre de 2009, emitió concepto favorable sobre el traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la Entidad para la vigencia 2009, para atender el pago de vigencias expiradas;

Que previo estudio de viabilidad efectuado por la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo de la Entidad, el Director General de la entidad propone al Consejo Directivo Nacional la modificación presupuestal señalada en el presente Acuerdo;

Que en mérito de lo expuesto;

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO. Contracreditar el presupuesto de Egresos Ley para la vigencia fiscal de 2009 por un valor de DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SIETE MIL NOVENTA Y SEIS PESOS ($284.307.096) M/CTE., en los siguientes Programas, Subprogramas, Proyectos, Recurso y valoren pesos:

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ARTICULO SEGUNDO. Con base en el artículo anterior, Acreditar el presupuesto de Egresos Ley para la vigencia fiscal de 2009 por valor de DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SIETE MIL NOVENTA Y SEIS PESOS ($284.307.096) M/CTE., en los siguientes Programas, Subprogramas, Proyectos, Recurso y valor en pesos:

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ARTICULO TERCERO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y aprobación de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 01 DIC 2009

RICARDO ANDRÉS ECHEVERRI LÓPEZ

PRESIDENTE DEL CONSEJO

VICEMINISTRO DE RELACIONES LABORALES

JUAN BAYONA FERREIRA

SECRETARIO DEL CONSEJO

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/ACUERDO_SENA_0012_2009.pdf>

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
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