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Inicio / COMPILACIÓN SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA / NORMATIVA ORGANIZACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA / SALARIOS, REMUNERACIÓN O PAGO EN ESPECIE, RÉGIMEN SALARIAL, HORAS EXTRAS O ADICIONALES, PROHIBICIÓN DE DOBLE SALARIO POR PARTE DEL ESTADO PARA FUNCIONARIOS DEL SENA
LEYES | |
LEY 119 de 1994 - Por la cual se reestructura el Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, se deroga el Decreto 2149 de 1992 y se dictan otras disposiciones; Art. 43 | |
LEY 4 de 1992 - Mediante la cual se señalan las normas, objetivos y criterios que debe observar el Gobierno Nacional para la fijación del régimen salarial y prestacional de los empleados públicos, de los miembros del Congreso Nacional y de la Fuerza Pública y para la fijación de las prestaciones sociales de los Trabajadores Oficiales y se dictan otras disposiciones de conformidad con lo establecido en el artículo 150, numeral 19, literales e) y f) de la Constitución Política |