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Inicio / COMPILACIÓN SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA / JURISPRUDENCIA / JURISPRUDENCIA : TEMAS MISIONALES DE LA ENTIDAD : CRONOLÓGICO / CORTE CONSTITUCIONAL / REVISIÓN DE TUTELA
2005 | |
Corte Constitucional, S. T- 806 de 2005 - ¿Vulneró institución universitaria los derechos al debido proceso y a la defensa de una estudiante, dado la cancelación de la matrícula en el marco de un proceso disciplinario, a pesar de la tutelante aducir el no agotamiento de todas las instancias establecidas en el reglamento orgánico interno de la universidad? Los caracteres específicos del derecho disciplinario respecto del derecho penal, en el contexto general del derecho sancionatorio. Autonomía universitaria. Negada | |
Corte Constitucional, S. T- 457 de 2005 - ¿Una institución universitaria transgredió los derechos de defensa y al debido proceso de una estudiante a la que le fue seguido un proceso disciplinario, que concluyó con una sanción consistente en la cancelación de su matrícula universitaria? Marco normativo que rige los procesos disciplinarios seguidos por las instituciones universitarias en la investigación y sanción de las infracciones o faltas en que incurran los estudiantes matriculados en un determinado programa académico. La noción de autonomía universitaria. Negada | |
Corte Constitucional, S. T- 437 de 2005 - ¿Al Colegio proferir resolución en la que se cancela matricula a menor de edad, en razón de la conducta violenta realizada por el alumno, se transgreden derechos fundamentales? Constitucionalidad de los manuales de convivencia. Parte del debido proceso es el hecho de que las sanciones sean razonables, proporcionales y necesarias. La educación es un derecho y un deber. Grado de madurez psicológica y sus efectos al momento de interponer una sanción. Concedida | |
Corte Constitucional, S. T- 251 de 2005 - ¿Es o no conforme con la Constitución, que un colegio público expulse, previo el agotamiento formal de un proceso disciplinario, a una alumna de 12 años de edad por haber cometido en sus instalaciones un acto de contenido sexual en compañía de otros compañeros, habiéndole permitido presentar sus exámenes finales? La educación sexual de los menores de edad incumbe a padres y a colegios, así como al Estado inspeccionar y vigilar la eficacia en que esto se imparta. - Se debe aplicar el debido proceso correspondiente en materia disciplinaria del colegio, según los parámetros jurisprudenciales. - En estos casos, la edad del menor y la existencia de una evaluación psicológica practicada al menor, antes de la imposición de la respectiva sanción, constituye un elemento esencial del derecho al debido proceso sancionatorio. Concedida | |
Corte Constitucional, S. T- 26 de 2005 - LIBERTAD RELIGIOSA-Cancelación de matrícula por parte del Sena por inasistencia a clases |