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2022 | |
Corte Constitucional, S. T- 453 de 2022 - La cancelación de la matrícula de estudiantes responsables de actos de bullying puede constituir una sanción desproporcionada. "[R]esulta desproporcionado cancelar el registro de matrícula en el caso de [la tutelante]. Lo anterior, porque existen sanciones menos lesivas que permiten, por un lado, corregir a los estudiantes cuando cometen conductas como las adelantadas en el caso concreto y, por el otro, reparar a las víctimas de dichas conductas. De hecho, los aprendices ya han trabajado en esa vía, como se evidencia en el video sobre el respeto que realizaron, en el reconocimiento de su error, en las disculpas presentadas y en el hecho de que, desde que pasó la situación, eliminaron el grupo de WhatsApp donde compartieron los mensajes objeto de controversia. Además, teniendo en cuenta que la cancelación del registro de matrícula […] afecta la continuidad de su formación académica como expresión del derecho a la educación, la Sala considera que se debe buscar garantizar, en la medida de lo posible, su permanencia en el sistema educativo. La permanencia en el sistema educativo hace parte del núcleo esencial del derecho a la educación, así que cuando se implementen sanciones disciplinarias orientadas a cancelar la matrícula de los estudiantes, estás deben evidenciar un respeto riguroso a las garantías al debido proceso, so pena de vulnerar el derecho fundamental a la educación. […] [E]n el caso concreto no se garantizaron los presupuestos básicos del debido proceso y el derecho de defensa en las actuaciones disciplinarias de las instituciones educativas. Y, por tanto, la expulsión de [la tutelante] sin las debidas garantías generó la consecuente vulneración de su derecho fundamental a la educación. Situación que resulta particularmente grave si se tiene en cuenta la condición de vulnerabilidad en la que se encuentra la accionante, pues, […] desde que se le canceló la matrícula […], se encuentra desempleada y no ha podido estudiar, pues "su familia es de escasos recursos y no tienen para pagar[le] educación privatizada". […] [L]a Sala dejará sin efectos el proceso disciplinario y la Resolución de Cancelación de Matrícula […]. En este sentido, solicitará al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA el reintegro inmediato de la accionante como medida para proteger su derecho a la educación. Además, en garantía del debido proceso y el derecho de defensa, ordenará […] que, en lo sucesivo, se abstenga de desconocer las garantías del debido proceso y de aplicar sanciones desproporcionadas que puedan afectar el derecho fundamental a la educación." |