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CIRCULAR 34 DE 2020
(febrero 24)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
PARA: | DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO Y COORDINADORES MISIONALES REGIONALES. |
Asunto: | Habilitación línea de atención por marca y modificación Guía para evaluar y certificar competencias laborales V6. |
Damos alcance a la Circular 01-3-2019-000201 del 4 de diciembre de 2019, con fundamento en el artículo 1o de la Resolución 1-1932 de 2019 "Por la cual se adoptan los modelos de los Certificados que expide el SENA en el proceso de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales y se dictan otras disposiciones", para informar que a partir de la fecha se encuentra habilitada la línea de atención por marca que contempla lo siguiente:
No. | Certificados | Cód. | Criterio |
7 | MARCA | MC | Se otorga para reconocer las competencias que una persona logra en el desempeño de las funciones productivas, contempladas en estándares y/o referentes para la evaluación y certificación, definidos en alianza del SENA con organizaciones de marcas reconocidas a nivel nacional o internacional, en el marco de un convenio, acuerdo o asociación. |
Sin perjuicio de lo anterior, indicamos que esta línea a de atención se encuentra dispuesta además en la Guía para evaluar y certificar competencias laborales versión 6, la cual fue publicada el pasado 6 de diciembre de 2019, en la plataforma COMPROMISO del SENA, en el siguiente enlace: http://compromiso.sena.edu.co/documentos/vista/descarga.php?id=2427, así
"1.3. Líneas de atención
Para la Evaluación y Certificación de Competencias Laborales se han definido tres líneas de atención: por Organizaciones, Demanda Social y Marca.
1.3.3. Por Marca
Esta línea de atención aplica cuando el SENA desarrolle proyectos de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales, mediante convenios, acuerdos o en asociación con organizaciones de marcas reconocidas nacional y/o internacionalmente".
Así mismo, el numeral 2.4.3 Niveles de certificación, de la misma Guía señala, entre otras cosas, lo siguiente:
"(...)
Para acceder a la certificación de Titulación, Estructura Funcional de la Ocupación, Esquema de Certificación, Perfil del Cargo, Cualificación y Marca, los candidatos deben haber obtenido el nivel avanzado en cada una de las Normas de Competencia Laboral o Normas Sectoriales de Competencia Laboral, que los componen", (negrillas fuera de texto original)
Ahora, con el propósito de permitir que los candidatos que obtengan como resultado cualquier nivel de calificación (básico, intermedio y avanzado), puedan obtener el certificado a través de la línea de atención por marca, se modifica el numeral 2.4.3 Niveles de certificación, el cual quedará así:
2.4.3 Niveles de certificación
La Evaluación y Certificación de Competencias Laborales para las áreas reguladas no considera nivel, el resultado que los candidatos deben alcanzar para lograr la certificación corresponde al 100% en las evidencias de desempeño y producto, y mínimo el 90% en la evidencia de conocimiento.
En cuanto a los sectores productivos con áreas denominadas no reguladas, el candidato podrá acceder a los siguientes niveles de certificación establecidos por el SENA:
Tabla 2. Niveles de Certificación
NIVEL | PORCENTAJE REQUERIDO EN CADA EVIDENCIA | ||
CONOCIMIÉÑTO | DESEMPEÑO | PRODUCTO | |
BÁSICO | 30 - 59% | 100% | 100% |
INTERMEDIO | 60 - 89% | 100% | 100% |
AVANZADO | 90 -100% | 100% | 100% |
Un candidato se considera "aún no competente" cuando no cumple el porcentaje mínimo del nivel básico para el caso de las normas no reguladas, para el caso de las normas reguladas el candidato será aún no competente si no cumple el porcentaje mínimo del nivel avanzado. De igual forma el candidato se considera aún no competente cuando no presente alguna de las evidencias solicitadas, siendo necesario analizar si requiere alguna novedad.
Para acceder a la certificación de Titulación, Estructura Funcional de la Ocupación, Esquema de Certificación, Perfil del Cargo y Cualificación, los candidatos deben haber obtenido el nivel avanzado en cada una de las Normas de Competencia Laboral o Normas Sectoriales de Competencia Laboral que los componen.
Atentamente,
ADRIANA MARÍA COLMENARES MONTOYA
Directora (e) Sistema Nacional de Formación para el Trabajo
<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/C_SENA_0034_2020.pdf>